¿Estamos ante una convalidación de la Inflación por parte de la Superintendencia de Precios Justos? (Parte II)

Venimos infiriendo que “cuando la Superintendencia-de Costo, Ganancia y Precios Justos-asimila a costes justos las compras en alzas, y tolera una máxima tasa de ganancia de 30%-impide la resolución del problema de la inflación, la usura y la especulación.”

Lo cierto es que el sistema de comercio burgués está tan blindado contra casi todas las posibles regulaciones que pudiera emprender el Estado protector del consumidor que sabe muy bien sortear casi todos los mecanismos y medidas regulatorias contra la usura y la especulación arbitrarias que le son características al sistema capitalista.

Este sistema se ampara en la Contabilidad alcahueta y en sus contables de oficio a quienes el Estado costea casi 100% de sus estudios y los autoriza para ejercer libremente en favor exclusivo de estos especuladores de oficio y en contra del resto de la población consumidora.

La libertad de comercio, amparada constitucionalmente, termina legalizando la especulación comercial y el ejercicio de los trabajadores encargados de registrar al pelo los movimientos presupuestarios que les resulten unilateralmente más beneficiosos a sus patronos.

Por eso, afirmamos que el Estado se halla atado a esas prácticas comerciales y fabriles contra el trabajador, contra los consumidores en general. Por esta razón, los ensayos socialistas precedentes cortaron por lo sano y decidieron en corto plazo la expropiación masiva de los principales medios de producción, monopolizaron la producción de bienes básicos y masivos y también la distribución o el mercadeo de toda la oferta privada.

Nosotros venimos sugiriendo que, mientras siga rigiendo libertad para la fabricación privada de mercancías, por lo menos, su distribución y comercialización debe ser controlada y realizada directamente por el Estado.

Experiencias como las soviéticas y la cubana hablan por sí mismas, pero no se trata de expropiar la oferta ni los inventarios comerciales para su venta regulada, tal como hemos estado observando.

De lo que se trata es de la obligación que tendrían los fabricantes privados de ceder toda la intermediación comercial de su producción al Estado para que sea este quien dirija, controle y garantice la fijación justa de los precios de venta al consumidor final, o para que intermediarios no burocráticos al servicio contractual del Estado operen con precios justos fijados por el Estado y no en beneficio abierto del intermediario, como ocurre en la actualidad.

La población consumidora y estafada por esta fiebre o guerra económica no puede esperar que sean los analistas de la Superintendencia quienes estén diariamente recorriendo el país y corrigiendo precios tras precios sin que el fenómeno merme sustancialmente. No merma porque no se está llegan al meollo del asunto.

Es verdaderamente preocupante que se tolere y convalide que un comerciante siga obteniendo ganancias absolutas sobre la base de una tasa de ganancia = 30%, para los casos de compras nuevas de la misma cantidad de mercancías a un precio mayor impuesto por su proveedor. Cuando una compañía tabacalera sita en Venezuela-Maracay-que fijaba los precios de sus productos, aumento éstos, sus intermediarios querían seguir ganado la misa tasa , pero esa compañía los obligó a un margen menor de ganancia porque sencillamente esos intermediarios estaban realizando la misma labor para el mismo volumen de venta como valores de uso y como recibían cierta holgura para pagar, ellos prácticamente vendían primero el tabaco y luego lo pagaban.

Como lo dijimos en la Primera Parte: el consumidor está aportándole a su especulador el capital con el cual este paga y se financia las alzas de precio de sus inventarios que él asimila como capital suyo por el que, paradójicamente, el consumidor no sólo paga el encarecimiento del precio de costo, sino que paga la sobreganancia de su especulador en vuelta en una tasa fija referencial de 30%.


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Manuel C. Martínez


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