SENTENCIA DE LA SALA ELECTORAL N° 50, DE FECHA 13 DE JUNIO 2013.
El INPREABOGADO constituye una organización de interés colectivo que tiene como objeto la procura del bienestar social y económico de los abogados y sus familiares, aspecto este que se materializará mediante diversas acciones, tales como:
1.- La implantación de mecanismos que permitan afrontar las consecuencias que pudieran afectar a sus integrantes o familiares a causa de muerte, enfermedad o incapacidad del abogado afiliado;
2.- La promoción del ahorro;
3.- Facilitar la adquisición de viviendas propias;
4.- Incentivos económicos que permitan el desarrollo de actividades que representen un aumento de la calidad de vida del abogado y sus familiares, entro otras, tal como lo prevé el artículo 77 de la Ley de Abogados y lo reitera el artículo 79 de su Reglamento.
El Consejo Directivo del INPREABOGADO es el órgano a quien corresponde la gestión de los intereses de sus afiliados, asegurando la consecución de los fines encomendados al Instituto por la Ley de Abogados y su Reglamento, por lo que la participación directa de dichos afiliados en la elección de los integrantes del cuerpo directivo encuentra plena justificación en el contenido de los artículos 62 y 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que prevén el derecho a la participación en los asuntos públicos así como el derecho al sufragio mediante elecciones universales, directas, libres y secretas.
La situación de desamparo en que se encuentra el abogado venezolano, gracias a una ausencia de gerencia social del Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), está llegando a su fin. El Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia conjunta de las salas Electoral y Constitucional, ordena realizar las elecciones del Consejo Directivo del INPREABOGADO, bajo la supervisión del Consejo Nacional Electoral, quien ha sido encargado para llevar este proceso con desaplicación de artículos de la Ley de Abogados y del Reglamento, por resultar estos anti constitucionales.
La Sentencia indicada ordena realizar las elecciones al Directorio de la institución de previsión social del abogado venezolano, bajo la responsabilidad del Consejo Nacional Electoral, quién deberá designar una comisión electoral de funcionarios de su seno; de tal manera que pueda realizarse un proceso transparente y confiable.
Así las cosas, surge una luz al final del túnel, que permita mejorar las condiciones de seguridad social, de un gremio por demás desasistido, y se haga justicia con los abogados finalmente. Que los Abogados venezolanos puedan contar en un futuro próximo, con un Instituto que cuente con una Dirección que tenga como compromiso el procurar para sus agremiados y sus familiares mejorar la calidad de vida; y asegurarles métodos idóneos de protección social frente a las eventualidades.
Ante esta situación, el llamado al gremio de abogados revolucionarios, con principios éticos y morales, es para que unamos esfuerzos y de manera monolítica enfrentemos esta nueva batalla, para poder hacerle frente a la derecha enquistada por más de veinte (20) años en el INPREABOGADO, quienes no tendrán ningún reparo para utilizar grandes recursos, para mantenerse con esa parcela de poder, y continuar realizando una nefasta gestión para los abogad@s.
Debemos tener presente el mandato expreso de nuestro Comandante Eterno y Líder del Proceso Revolucionario Hugo Chávez, quien el 8 de Diciembre pasado, en su última alocución nos dijo que teníamos que tener ante esta circunstancia de nuevas dificultades -del tamaño que fueren- la respuesta de todos y de todas los patriotas, los revolucionarios, los que sentimos a la Patria hasta en las vísceras como diría Augusto Mijares, es unidad, lucha, batalla y victoria.
UNÁMONOS Y SEREMOS INVENCIBLES!!!!!
Simón Bolívar
Abogado Chavista
Josemendoza.abogado@gmail.com