Constitucionalistas apoyamos sentencia del TSJ sobre permiso a Chávez

La decisión del Tribunal Supremo de Justicia a través de su Sala Constitucional ha interpretado correctamente el propósito de la Carta Magna venezolana, al tutelar el bien jurídico principal recogido en su artículo 5, vale decir, la soberanía que reside intransferiblemente en el pueblo.

No podía ser de otra manera si se tiene en cuenta que la sacrosanta voluntad soberana que reeligió a Hugo Chávez jamás podía ser violentada por formalidades no esenciales como la juramentación del 10 de enero contemplada en el artículo 231 constitucional. Así  lo hemos manifestado pacífica y reiteradamente a través de diversos medios de comunicación mediante reseñas jurídicas tales como “Sentencia del TSJ da tiempo a Hugo Chávez para sanar su enfermedad" (Ver video) http://youtu.be/RFHumt2LxIE

En consecuencia, el propio artículo 231 del Texto Fundamental advierte sobre el motivo sobre venido, en este caso la enfermedad de Chávez lo obliga a juramentarse en fecha obviamente posterior ante el TSJ. No obstante ha quedado ratificado por la máxima intérprete, Sala Constitucional, que opera un principio de continuidad administrativa, es decir, se ha escogido al mismo presidente, el mismo ciudadano venezolano y ello significa que todas sus decisiones, decretos, designaciones de ministros permanecen vigentes hasta que el mismo los revoque.

Progresivamente el pueblo venezolano va aislando a quienes con opiniones leguleyas pretenden falsificar la Constitución Bolivariana y obtener mediante la desestabilización lo que en las urnas electorales no alcanzaron: la dirección política del Estado Venezolano. El sagrado principio constitucional de la Tutela Judicial Efectiva establece que cualquier persona puede ventilar (consignar solicitud formal) ante el órgano judicial sus inquietudes y solicitudes, de modo que si hubiere insatisfacción o duda por el reciente dictamen tribunalicio, basta con aplicar la  Constitución y dirigirse a la Sala Constitucional.

No hay falta absoluta del Presidente de la República, tampoco la hay temporal según el comentado fallo, por lo cual temas como precisar límite de tiempo en el permiso otorgado o lo conveniente de que el TSJ designe una Junta Médica para evaluar a Chávez, son asuntos planteables dentro del marco jurídico del Estado y por ende las instituciones y los ciudadanos sabremos responder.

Por ahora, como lo dijera ese líder histórico llamado Hugo Chávez Venezuela sigue en marcha; la paz, la democracia, y la sana convivencia son valores que todos debemos promover incansablemente, chavistas y antichavistas caben en nuestra sociedad, por ello hagamos un frente común contra los trasnochados que buscan retornar a paros, guarimbas y otras locuras del pasado disociado. Que siga el proceso de inclusión social. Defendamos los avances.

Constitucionalista. Profesor de estudios políticos e internacionales (UCV).

jesussilva2001@cantv.net



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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