Caja de resonancia

La oposición ahora grita: ¡Te queremos Diosdado!

Desde antes de finalizar el año viejo venían salivando cual perros de presa, se les veía frotándose las manos ante la inminente llegada del 10-E, fecha propicia según sus dilectos expertos en derecho constitucional, opinadores mediáticos y tarifados de siempre, para declarar la falta absoluta del presidente reelecto, reelecto y ratificado por la voluntad popular el pasado 07-O, para de esta manera cumplir con su sueño dorado de salir de Chávez.

A pocas horas de que la soberana Asamblea Nacional, luego de recibir, debatir y considerar la comunicación del Vicepresidente ejecutivo de la república Nicolás Maduro Moros, en la que en nombre del presidente Chávez, agradece el permiso concedido por unanimidad el día 09 de diciembre de 2012 de acuerdo a la previsto el art 235 de la CRBV, y que luego de someterse a una importante intervención quirúrgica, el equipo médico que vela por el restablecimiento de su salud, recomienda extender el proceso de recuperación post quirúrgica más allá del 10 de enero del año en curso, por lo cual no podrá comparecer en esa fecha ante la Asamblea Nacional, constituyendo tal circunstancia un irrebatible motivo sobrevenido, en razón de lo cual invoca al artículo 231 de la CRBV, a objeto de formalizar en fecha posterior, la juramentación correspondiente ante el Tribunal Supremo de justicia, decidió ratificar el mencionado permiso hasta tanto la causa o motivo sobrevenido haya desaparecido, le tocó hablar al Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Sala Constitucional, el cual en ponencia conjunta se pronunció en torno a una solicitud de demanda de interpretación constitucional acerca del contenido y alcance del artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para que en dicha sala “se interprete el alcance y contenido de la letra del artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cuanto a si, la formalidad de la Juramentación prevista para el 10 de enero de 2012 [rectius: 2013]constituye o no una formalidad sine qua non para [que] un Presidente Reelecto, continúe ejerciendo sus funciones [y] [a]simismo, solicit[a] se interprete si tal formalidad puede ser suspendida y/o fijada para una fecha posterior” , interpuesta por la ciudadana Marelys D’arpino en fecha 21-12-12.

Lea aquí el fallo completo:

http://www.aporrea.org/actualidad/n221139.html

Resulta que para los fariseos de la dirigencia opositora tal fallo, como no satisface sus deseos de salir del presidente, entonces lo califican de inconstitucional, colocando al Vicepresidente y todo el tren ejecutivo, a partir del famoso 10-E en usurpación de funciones, debido a un supuesto “vacío de poder”. Tales reacciones evidencian nuevamente el profundo desprecio de estos venezolanos por las instituciones del estado, llevándolos una vez más al filo de la delgada línea del juego democrático, desconociendo la autoridad de máximo tribunal de la república y creando condiciones indeseables para la población como lo es la asquerosa práctica del acaparamiento de alimentos.

En la república hay y habrá estabilidad política garantizada por sus instituciones, el poder ejecutivo en pleno tiene un mandato del líder de la revolución,  y hoy el pueblo mayoritario chavista, bolivariano y revolucionario tomara el juramento en la calle, resguardando su retorno, una vez que las circunstancias así se lo permitan.

QUE VIVA CHAVEZ!

Independencia y patria socialista,

Viviremos y venceremos!

evyferrer@gmail.com

www.evyferrer.wordpress.com

 

 



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Evy Ferrer

Escritor y músico. www.evyferrer.wordpress.com

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