Análisis abierto

Tribunales Municipales en competencia Penal

 La pirámide jurídica en Venezuela vuelve a reestructurase en lo que respecta a materia Penal; creándose así, nuevas características para el avance y la eficacia en nuestro Sistema Judicial Venezolano. Recordando que el Órgano con facultad para conocer y resolver los conflictos y/o delitos penales en nuestro Nación son los respectivos Tribunales de Primera Instancia en función de Control, Juicio o Ejecución de Sentencia, según el Código Orgánico Procesal Penal en proceso de derogación. Los Tribunales de Justicia, aclarando que no se confunda estos con los "Tribunales Supremos de Justicias", son herencias profundamente adquiridas de algunos países de Europa como Francia y Alemania, sin embargo, su propósito elementalmente es hacer Justicia; a pesar de que su condición de estructuración y funcionamiento los han hecho ser un Órgano perfectible; es decir, que puede ser perfeccionado en todo tiempo y espacio debido a múltiples razones como la ignorancia legislativa de quienes la manejan, y más, cuando estos se encuentran apartados de la realidad o simplemente se transforma de una solución a un problema.

En Venezuela los Tribunales en materia Penal se han diseñado de tal manera para controlar su Sistema colapsándolas, ya que la competencia jurisdiccional por circuitos sólo establece la existencia de los Tribunales de Primera Instancia; no obstante, las decisiones adoptadas por estos puede ser revocadas o ratificadas ante la Corte de Apelación (exceptuando el Tribunal Superior por lógica materia), cuyos Tribunales conocerán y resolverán los litigios penales; sobre estas, únicamente se recurrirán a través de las Salas de Casación respectivamente del Tribunal Supremo de Justicia. Hay un nivel nucleado en Circuitos Judiciales, que no poseen las características de las Circunscripciones Judiciales, ya que estas últimas cubren una Entidad Federal; desde ese núcleo incorrectamente primario se puede lograr observar la ineficacia y el colapso de tales Tribunales de Primera Instancia, ya que saturan a los Tribunales cuando se le proporcionan las múltiples Causas que le son asignadas.

Queridos lectores analíticos, en un Circuito Judicial pueden existir varios Tribunales, es decir, en un Estado se puede constituir varios Circuitos y una Circunscripción Judicial donde sólo funcionará la Corte de Apelación, éste último tendrá que conocer las causas e incidencias decididas por los Tribunales de Primera Instancia y demás atribuciones que le confiera las leyes respectivas como su Código, todo ello para darle cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que por cierto la Revolución tiene una deuda legislativa en relación a ésta Ley que es incompatible con el proceso histórico que vive nuestra Nación y a la vez con nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La acumulación de causas que tienen en la actualidad estos Tribunales de Primera Instancia es considerablemente alarmante, debido a que cada Circuito Judicial ostenta de 3 a 12 Tribunales en función de Control relativamente, en la cual cubren varios municipios. Por ejemplo, el Estado Falcón tiene 3 Circuitos Judiciales: en Coro, donde cubre los municipios del occidente-central y la sierra; Punto Fijo, abarca toda la Península y el Circuito Judicial de Tucacas el cual abriga parte de la Costa oriental del Estado; el Circuito Judicial de Coro abriga la cantidad de 14 municipios, los cuales son atendidos por 5 Tribunales en función de Control, por lo lógico la saturación germinará de manera natural. No obstante, nuestro nuevo Código Orgánico Procesal Penal en período de adaptación, crea de forma estratégica los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Función de Control establecidas en el Artículo 65 del COPP, no sólo para combatir la impunidad, sino también, para poder encargarse de atender con mayor firmeza y dureza a aquellos delitos de acción pública, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de privación de libertad en sus respectivos municipios, originándose así un descongestionamiento para los Circuitos Judiciales, aportando mayor celeridad a los proceso judiciales y eficacia al Sistema Judicial Venezolano, donde estos Tribunales Municipales podrán también tener la aplicabilidad de sancionar a través del trabajo comunitario y optar por mecanismos alternativos para la resolución de conflictos, todo ello en la búsqueda de generar un nuevo modelo de Justicia eficaz y oportuna orientada a la transformación del Sistema Judicial y Penal cumpliendo con el tercer vértice estratégico para combatir la inseguridad en el País. 


(*) Abgdo.

Twitter: @carlosg2021


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Carlos Gutierrez


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