7 (siete) propuestas para la nueva Ley Orgánica del Trabajo

En estos días en que se vienen discutiendo por todo el país propuestas para la aprobación por parte de nuestro Presidente Hugo Rafael Chávez Frías el 1° de mayo (día del trabajador) por vía de habilitante una nueva y revolucionaria Ley Orgánica del Trabajo, desde el Consejo de Trabajadores "Fabricio Ojeda" de la Asamblea Nacional y el colectivo de lucha de la plancha 7 (siete) queremos aportar en varias entregas el resultado de las luchas que venimos dando desde hace varios años, y que nos motivan a presentarles estas primeras 7 (siete) Propuestas para la discusión (7x3=21) hacia el 2021.

1.- Son Sujetos de Derecho ante esta Ley todos los Trabajadores y Trabajadoras, sin excepción alguna, incluyendo a todos los sectores excluidos o disminuidos en sus legítimos derechos humanos por la anterior legislación, como aprendices, conserjes, choferes, domésticos, informales, motorizados, transportistas, vigilantes, trabajadores del campo y del mar, trabajadores por cuenta propia, trabajadores del conocimiento (servicios por internet).

2.- Los trabajadores y trabajadoras bajo regímenes por turnos, tales como los de vigilancia y seguridad, servicios de comidas rápidas, estacionamientos, no podrán laborar bajo ningún concepto turnos que excedan las jornadas de trabajo legal establecidas en la presente ley y su reglamento.

3.- Se suprimen de la legislación laboral las figuras de período de prueba, de contratados, de trabajadores de confianza, prohibiendo con fuertes sanciones cualquier práctica de tercerización y/o precarización laboral.

4.- Todos los derechos laborales serán adquiridos desde el mismo momento del inicio de la relación laboral o prestación del servicio, pasando de manera inmediata a ingresar a la nómina de personal fijo.

5.- Los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, de todos los poderes públicos se regirán por la nueva Ley Orgánica del Trabajo en todo lo que les sea mas favorable que sus actuales regímenes de estatutos funcionariales.

6.- Se reestablece la retroactividad en el cálculo de las prestaciones sociales, volviendo al pago de la prestación de antigüedad de acuerdo al último salario integral devengado y a todo el período de tiempo trabajado desde el inicio de la relación laboral, depositando desde el primer mes los 5 días de salario por mes en los Fondos de Prestación de Antigüedad obligatorios para los sectores públicos y privados, estableciendo el pago de 60 días por año y proporcional, al finalizar la relación de trabajo. Derechos que nos fueron conculcados por la odiosa "trimaldita" donde la oprobiosa fedecámaras, la traidora CeTeVieron las intenciones y los gobiernos adeco-copeyanos de la cuarta república (hoy representados en la MUDa vendepatrias), y en algunos de nuestros compañeros de trabajo opositores y patronales que por ahora siguen siendo miembros de las directivas de nuestros actuales sindicatos.

7 (siete).- La nueva LOT contendrá un Título que establecerá los derechos políticos de los trabajadores y trabajadores y su participación protagónica y directa en todas las fases de planificación de los modelos de gestión en sus centros de trabajo, dando fiel cumplimiento a la construcción del nuevo modelo económico establecido en las leyes del Poder Popula, asegurando la contraloría popular desde los Consejos de Trabajadoras y Trabajadores, cuyos voceros y voceras gozarán de protección laboral especial, y cuyas funciones serán establecidas en una Ley Marco de los Consejos del Poder Popular, y estarán desarrollados en la Ley Especial de Consejos de Trabajadoras y Trabajadoras introducida el año pasado por iniciativa popular ante la Asamblea Nacional.

Continuaremos aportando ideas y propuestas para la nueva LOT (7x3=21) hacia el 2021 y más allá.

rosogrimau@gmail.com


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