Mi apreciación sobre la creación de la Universidad Cristiana

De verdad no quería opinar, porque tengo Familiares, Amigos, Colegas Profesores Universitarios, Estudiantes, que creen y practican la religión cristiana y aunque no coincida con su creencia sobre todo al ver como un grupo supremacista puso una Biblia sobre un whipala en señal de colonialismo en Bolivia, respeto la visión de mis conocidos Cristianos Evangélicos y puedo además apostar mi vida de que son excelentes seres humanos, practicantes del respeto, la solidaridad y la justicia social, algo que me hace tener más puntos en común que diferencias o como dijera Fidel “Soy Cristiano en lo Social” .

Ahora bien, en correspondencia con la creación de una universidad para los hermanos cristianos, me surgen un conjunto de interrogantes que sin ninguna mala intención ni mezquindad, asumo que dicha medida es una decisión innecesaria ante la polémica que en este momento se está armando dentro y fuera de esta religión en tal sentido, ¿es necesario crear una universidad que ya existe?, ¿realmente esta decisión responde a una propuesta del gremio de Pastores evangélicos o solo un grupo de ellos?, ¿es una medida recomendada por mundanos para captar votos? ¿responde esto a las necesidades financieras y productivas de la nación?

En este orden de ideas, déjenme aclarar que este escrito no representa molestia alguna o rechazo a la creación de una universidad para cristianos evangélicos, sobre todo ante la existencia de universidades con estructuras católicas durante varias décadas en nuestro país el cual, es importante recordar que antes de la Constitución Bolivariana eran beneficiadas de financiamiento y respeto, haciendo invisible a las demás religiones entre ellas la evangélica, en ese sentido, ante la responsabilidad que debe tener el estado en garantizar que “Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos.” Como lo resuelve el articulo 59 de nuestra carta magna, se hace necesario hacer un llamado a la sindéresis presidencial y no a la subjetividad política.

En Correspondencia, no se trata de invocar el numeral #1 del Artículo 21 de la CRBV el cual establece “No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.” Y pedir como indemnización que a los que creemos en el IFA nos hagan una universidad para licenciar babalaos tratando de tener a todos contentos.

Si analizamos el Artículo 102 de la CRBV claramente nos explica que “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria.” Ahora bien ¿Cómo responde el carácter democrático cuando la praxis religiosa enaltece lo dogmático y no lo científico? Ojo esta pregunta no busca restar el valor de la espiritualidad, sino que por el contrario, los sentimientos, la fe y el amor no se pueden cuantificar o interpretar de manera exacta.

En virtud de lo expuesto, este artículo constitucional, también refiere que “El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.” Si bien la hermenéutica (porque no creo que una universidad de carácter ontológico se caracterice por el paradigma positivista) puede considerarse desde su etimología como la interpretación de los dioses y las sagradas escrituras como la biblia ¿sería el único método de carácter científico en dicha universidad?, ¿Qué pasaría si dentro de un paradigma crítico y/o a través de la implementación de un método fenomenológico descubre el estudiante que no quiere ser Bautista sino pentecostal?

Confieso que no se nada de esta religión y que todos mis planteamientos son desde la subjetividad, aunque pareciera que los que le recomendaron al Presidente de mi país fundar esta universidad gozan de la misma o mayor ignorancia sobre la materia, en tal sentido, es también necesario hacer mención que el articulo 102 de la CRB expresa, que “La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática” en atención a lo expuesto, ¿yo como santero pudiera ser admitido en esa universidad? O por el contrario ¿es solo para cristianos? Otra duda que me queda es que ante la diversidad de la religión cristiana (Protestantes, Bautistas, Metodistas, Adventistas, etc.) ¿se dividirá esto en Escuelas o Facultades o los meterán a todos en el mismo saco?

Entrando directamente al contexto universitario desde lo jurídico, el Articulo 1 de la Ley de Universidades expresa “La Universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre.” Ante la existencia de diversas iglesias cristianas evangélicas ¿cuál será el criterio o por el contrario será un conocimiento de carácter fragmentado? De la misma manera, el Articulo 4 afirma “La enseñanza universitaria se inspirará en un definido espíritu de democracia, de justicia social y de solidaridad humana, y estará abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, las cuales se expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica.” ¿serán admitidos mundanos, católicos, santeros y ateos a cursar estudios como Pastores Evangélicos?

Ahora bien, es comprensible que ante el desconocimiento de la política universitaria y la vision de la coyuntura política, se le recomiende al presidente de la república que haga este tipo de comentarios, pero ¿Cuál es la opinión de los Rectores de la otras universidades sobre todos los que creen en la ciencia más que en la subjetividad religiosa y que además forman parte del Consejo Nacional de Universidades?

En ese sentido, el Artículo 10 de la Ley de Universidades refiere: “Ley de Educación, el Ejecutivo Nacional, oída la opinión del Consejo Nacional de Universidades, podrá crear Universidades Nacionales Experimentales con el fin de ensayar nuevas orientaciones y estructuras en Educación Superior.” Por otra parte, ¿el representante del Ministerios de Educación Universitaria en el consejo directivo de esa universidad pertenecerá a una corriente cristiana o se tendrá en dicho espacio de discusión a representantes católicos, babalaos, Ateos?

Por último, quiero pedir disculpa si en algún momento estas líneas pudieron hacer sentir aludido a cualquier lector o lectora, quien me conoce sabe que veo más al ser humano por lo que es y no por su creencia política, religiosa o filosófica, lo que escribí no tiene nada que ver con discriminación alguna en lo religioso, político o social, sino una crítica al actual modelo universitario que forma a sujetos sociales en el siglo XXI con un Pensum y una Ley de Universidades del Siglo XX el cual, es totalmente dicotómica a la Ley Orgánica de Educación y a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por ello, entiéndase que no es una crítica ni a la religión, ni a los religiosos o al Presidente de la República en lo personal, sino a la poca atendida y entendida, necesidad de cambio en el sistema universitario.


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Marcel Doubront

Profesor UNESR Bolívar

 marceldoubront@gmail.com

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