Nota de rechazo ante el secuestro de familiares de la abogada y dirigente María Alejandra Díaz

Como ciudadano venezolano comprometido con la defensa de los derechos humanos, la justicia y la democracia en Venezuela, manifiesto mi profundo rechazo y preocupación ante las denuncias relacionadas con el secuestro de varios familiares de la abogada y dirigente del Frente Democrático Popular, María Alejandra Díaz. Este acto constituye una grave violación de los derechos humanos y un ataque directo a los principios fundamentales del derecho nacional e internacional.

  1. Violaciones al ordenamiento jurídico nacional

El artículo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que "el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos". Este hecho representa una violación flagrante de este principio, al utilizar métodos coercitivos para forzar la entrega de un ciudadano mediante el secuestro de terceros, lo cual es un acto que no tiene cabida en un Estado que se proclama de derecho y justicia.

Asimismo, el artículo 46 consagra que toda persona tiene derecho a no ser sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes, y que "todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley."

Es necesario recordar que la responsabilidad penal por torturas y malos tratos no prescribe. Este tipo de actos contra los familiares de María Alejandra Díaz no solo constituye un trato inhumano hacia ellos, sino también una forma de tortura psicológica dirigida contra la dirigente y su círculo cercano, entre ellos sus compañeros de lucha política, entre los cuales me encuentro en este momento por la defensa de la Constitución y la democracia participativa en nuestro país.

  1. Violaciones al derecho internacional de los derechos humanos

El uso de medidas coercitivas como el secuestro de familiares contraviene múltiples instrumentos internacionales suscritos y ratificados por Venezuela, entre ellos:

  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948): El artículo 3 establece que "todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". Actos como estos violan flagrantemente este derecho.

  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966): En su artículo 9 garantiza que "nadie podrá ser sometida a detención o prisión arbitraria".

  • La Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969): El artículo 7 protege la libertad y seguridad personal, mientras que el artículo 5 prohíbe la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.

  • La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984): Venezuela es signataria de este instrumento que prohíbe cualquier acto de tortura, ya sea físico o psicológico, como lo es la presión a través del daño a familiares cercanos.

  • Persecución política y derechos políticos violados

María Alejandra Díaz, como dirigente política de izquierda, actualmente, no alineada con el Gobierno de Nicolás Maduro, está protegida por el derecho fundamental a la participación política consagrada en el artículo 62 de la Constitución venezolana, que garantiza que "todos los ciudadanos" tienen derecho a participar libremente en los asuntos públicos".

Las acciones dirigidas a limitar o castigar su posición política no solo vulneran este derecho, sino que perpetúan un clima de persecución que debilita aún más la democracia venezolana.

Además, este tipo de acciones contraviene los principios de pluralismo político y tolerancia establecidos en el artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana, que busca garantizar la protección de los derechos políticos como fundamento esencial de toda democracia.

4. Exigencias y llamado a la acción

Exijo de manera categórica:

  • El cese del hostigamiento a los familiares de María Alejandra Díaz, asegurando su integridad física y psicológica.

  • El cese de toda forma de persecución, acoso e intimidación contra la dirigente y su entorno de lucha política.

  • Que se respeta su libertad política, su integridad personal y su derecho a ejercer su liderazgo dentro de un marco democrático.

  • Que las instituciones nacionales e internacionales, incluyendo la Fiscalía General de la República, la Defensoría del Pueblo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las Naciones Unidas, intervenga para garantizar la justicia y detener estas acciones contrarias a los derechos humanos.

Como ciudadano venezolano, hago un llamado a la comunidad internacional, a los organismos de derechos humanos y a la sociedad civil para que se pronuncien y exijan el respeto a los derechos fundamentales de quienes, como María Alejandra Díaz, enfrentan este tipo de persecución. Este tipo de prácticas son inaceptables en cualquier sociedad que aspire a la justicia, la igualdad y la paz.

En solidaridad,


ANDRÉS R. GIUSSEPE A.
Venezolano comprometido con la defensa de los derechos humanos y la democracia



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Andrés Giussepe

Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.

 agiussepe@gmail.com

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