Venezuela entraría en una “laguna jurídica” peligrosa para la democracia

Sin la Gaceta Electoral con los resultados detallados del 28J

George Owell, militante marxista, decía: "El Poder no es un medio; es un fin.
No se establece una dictadura para salvar la revolución. Se hace la
revolución para establecer una dictadura". Se entiende que era la del
proletariado.

¿Cuál es la realidad política venezolana luego de vencido 30 días de la
Proclamación?

La realidad política venezolana es sólo una. Hasta los momentos, según el
CNE y la Sala Electoral del TSJ, que son parte de la Juridicción Electoral,
Nicolás Maduro quedó reelecto como presidente de la República
Bolivariana de Venezuela, hasta que los actores políticos en la disputa
presidencial 2024, demuestren lo contrario en el marco de las Leyes, la
misma Jurisdicción y la justicia nacional.

Nicolás tiene la credencial que emitió el CNE el 29 de julio donde lo
proclama presidente.

Pero todos los actores políticos, los candidatos, y sobre todo, los votantes,
quieren saber la verdad de los soportes de los resultados, que avalan tal
proclamación. Es un derecho legítimo, constitucional y que garantizaría la
estabilidad política a partir del 10 de enero de 2025, porque realmente se
han generado dudas sobre esos resultados. ¡Esa es la realidad: hay
muchas dudas sobre ese tema!

¿Porqué se dice eso? Desde el mismo 28J en la noche, con la emisión del
primer boletín por parte de Elvis Amoroso, presidente del CNE, comienza la
duda. Donde dijo, que habían logrado transmitir el 80% de las actas de
totalización luego de haber superado un ataque cibernético desde
Macedonia del Norte, y dio unos resultados electorales donde adjudicaba el
triunfo electoral a Nicolás Maduro con 51% de la votación, derrotando a
Edmundo González que obtuvo el 46%, de manera irreversible. Un triunfo
que sería ratificado el viernes 02 de agosto con la emisión del segundo
boletín.

Ahora bien, esos resultados electorales sólo eran posibles darlos, si y solo
si, provenían del proceso de totalización de un conjunto de Actas de
Escrutinios que arrojaron las 30.026 mesas electorales instaladas el 28J,
que lograron transmitirse a la Sala de Totalización nacional instaladas en la
sede principal del CNE, sean de forma virtual, telemática o manual.
¿Qué dice la Ley y el Reglamento de procesos electorales?

Según el Artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y el
Artículo 395 de su Reglamento, esos resultados debieron ser publicados
por "el Consejo Nacional Electoral en la Gaceta Electoral de la República
Bolivariana de Venezuela, dentro de los treinta (30) días siguientes a la
proclamación del candidato electos, Nicolás Maduro. Algo que hasta la
fecha no ha ocurrido a la luz pública a pesar de haber transcurridos más de
los 30 días de lo previsto.

Por tanto, se ha incumplido el Artículo 298 constitucional al no respetarse la
aplicación exacta de La ley Orgánica que regula los procesos electorales,
por la omisión de la publicación de la Gaceta Electoral.

Asimismo, al no publicarlos, se ha generado una "laguna legal" inédita en la
historia política del país, que hacen ver que los resultados electorales
dados por el CNE y ratificados por la Sala Electoral del TSJ, no tienen
respaldos oficiales que los convaliden.

Pudiéramos decir, que los resultados del 28J ha pasado a ser un secreto
de Estado, violándose flagrantemente el derecho del soberano a conocerlos
de forma detallada, que pone en tela de juicio ante la opinión pública
nacional e internacional el respeto de la voluntad popular manifestado por
medio del sufragio (Art. 5, CRBV).

¿Ahora, en qué momento político- electoral estamos?: en laguna jurídica

Desde el 29 de agosto de 2024, el sistema político venezolano ha entrado
en otra fase distinta a la democracia participativa, electiva y pluralista (Art. 6
CRBV), y se ha puesto en peligro al Estado democrático y social de
Derecho y de Justicia (Art. 1, CRBV), que es necesario debatirlo y aclararlo
jurídicamente, políticamente, e incluso, académicamente.

El simple hecho de no publicar los resultados electorales ha generado una
nueva condición jurídica en Venezuela.

La omisión de la publicación de esos resultados electorales detallados sea
en Gaceta Electoral, o en su efecto, en la página Web del CNE, como
estrategia aplicada por los rectores del CNE para evitar dar a conocer de
manera pública los detalles o soportes de los resultados del 28J, ha
conllevado una "laguna jurídica", al no ser contemplada dicha acción en
ninguna normativa electoral.


Incluso, si se quería evitar la incertidumbre y garantizar la paz política y
económica en Venezuela, el Directorio del CNE, que "hasta los momentos",
no dudo tengan los resultados que convalidan el acto de adjudicación y
proclamación de Nicolás Maduro como presidente reelecto para el periodo
2025-2031, pudieron haber realizado un acto formal de entrega de
resultados del 28J a los partidos políticos que participaron en la contienda
de manera digital: en pendrive, CD-Room o impreso.

Ante tal omisión, es evidente que se deja abierta la posibilidad de
interpretarse que dicha proclamación no es el fiel reflejo de la voluntad
popular expresada el 28 de julio.

En tal sentido, de quedar así la situación de la publicación de los
resultados, las elecciones del 28J no serían transparente y la juramentación
y asunción del Presidente de la República reelecto, no representaría
realmente los intereses del Poder constituyente, que es el pueblo soberano,
constituyéndose en un Gobierno sin legitimidad democrática en la elección
popular.

Cómo consecuencia, se pondría en tela de juicio la legitimidad del acceso al
Poder presidencial a partir del 10 de enero de 2025, y su ejercicio con
sujeción al Estado de Derecho.

Peor aún, se pondría en riesgo la libre participación y la transparencia en
las futuras elecciones populares de los altos titulares de los poderes
públicos, donde se usen instrumentos de la democracia como lo es el
sufragio universal y secreto. Una situación que conllevaría a un proceso de
deterioro político de la democracia en Venezuela.

He allí el dilema.
!Que el Dios del Universo y la Naturaleza proteja a nuestra patria!
Correo: agiussepe@gmail.com



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Andrés Giussepe

Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.

 agiussepe@gmail.com

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