Ley Adulto Mayor nace en Anzoátegui

Hace seis años un Adulto Mayor fue golpeado en Anzoátegui, en indefensión Física y Legal. Se tocaron varias puertas y Lenín Oliveros (Dip. ANC) fue buena tierra, convoca Pueblo Legislador naciendo asi la Primera ley del Adulto Mayor. Luego pasa a debate en ANC y continua en AN y hoy tenemos la "Ley Orgánica para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas Adultas Mayores" publicada en Gaceta Oficial N° 6.641 extraordinaria de fecha 13/09/2021.

1.- Ley

1.1.- Golpeando un Adulto Mayor

Hechos ocurridos en Valle Guanape, el 8/1/2017 códigos BP01-P-2017-001015, MP-27970-2017, de Barcelona Anzoátegui, con LESIONES GRAVES. Luego de un año y medio se realiza la audiencia preliminar "la víctima" dice: "que este caso debe ser EMBLEMÁTICO, se debe respetar la DIGNIDAD HUMANA y MÁS NUNCA SE LEVANTE LA MANO A UN ADULTO MAYOR, razón por no aceptar las medidas alternativas. El juez, determina "solo alejamiento", observando que: a saber el imputado no fue detenido ni quedó en régimen de presentación.

Luego de un mes y medio la Fiscal presenta al Juez la solicitud de enjuiciamiento. Y solo a los tres días siguientes, se observa un nuevo hecho, como el imputado es "guapo y apoyao" la Fiscal se comunica con él y solicita a la Juez vía urgente: revocar las medidas, a favor del imputado por conducta violenta hacia la Víctima y temeraria contra este Fiscal, quedando asi justificada su Actitud Contumaz. Es importante destacar que la Defensoría del Pueblo ha sido de gran apoyo. Hoy luego de más de cinco años el caso quedó estancado, no encontrando justicia se pasó en forma pública a la Corte Penal Internacional (CPI) https://www.aporrea.org/ddhh/a311627.html


1.2.- Asamblea Nacional Constituyente (ANC)

Se toca la puerta a Lenin Oliveros (Dip ANC) y este convoca al Pueblo legislador en una amplia consulta. Se realizan 97 asambleas, participan pueblo y 17 abogados en dos años. Nace así la primera Ley Adulto Mayor, con 106 artículos que Lenin conserva el original manuscrita con lápiz mongol en papel reciclable a buen resguardo. Luego pasa a debate a ANC no logrando consenso para su promulgación.

1.3.- Asamblea Nacional (AN)

Continúa el debate en AN y procedimientos correspondientes naciendo "Ley Orgánica para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas Adultas Mayores" publicada en gaceta oficial N° 6.641 extraordinaria de fecha 13/09/2021. Destacando:

Art 1°: Esta Ley tiene como objeto garantizar el respeto a la DIGNIDAD HUMANA de las personas Adultas Mayores y el pleno ejercicio de sus derechos y garantías, el cumplimimiento de sus deberes y responsabilidades, reconociendo su autonomía y libre desenvolvimiento de la personalidad, a través de la atención integral que deben brindarle el Estado, las familias y la sociedad para asegurar el buen vivir, bienestar, calidad de vida, seguridad y envejecimiento saludable, activo, digno y feliz.

Art 42: En caso de la comisión de un HECHO PUNIBLE CONTRA LA VIDA O INTEGRIDAD PERSONAL DE UNA PERSONA ADULTA MAYOR por parte de quien en razón de su empleo, oficio, profesión o encargo, se encuentre al cuidado de la misma, se le aplicarán las sanciones correspondientes tipificadas en las leyes penales y serán elevadas en un tercio de la pena.

2.- Aplicación de la Ley


2.1.- Lo inmediato


Censo Nacional: Que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) conjuntamente con Fiscalía y Tribunales dirijan el Censo Nacional, para determinar la situación de Justicia de los Adultos Mayores, con un proyecto piloto que bien podría iniciar en el Estado Anzoátegui y luego aplicar el "Plan Cayapa"

Dibulgación ley: Se solicita al Pdte. Nicolás Maduro, Imprimir un millón de leyes de Adulto Mayor. Luego con ley en mano, el equipo de Lenin Oliveros, más la Defensoría del Pueblo, Casa del Abuelo y demás instituciones, deben recorrer los 21 municipios, donde ya tienen creado la estructura municipal, para la divulgación de la presente ley. Además resolverán problemas presentados in sitio y serán portavoces de las solicitudes del pueblo para canalizarlas con los diversos entes correspondientes. Una herramienta a utilizar será 1x10 del Buen Gobierno.

Lo Político: Los Adultos Mayores, es una fuerza política que son determinantes en elecciones. En lo operativo: Se reconoce que la oficina de Lenin Oliveros y su equipo ATIENDE EL PUEBLO (Adulto Mayor y en General) de forma efectiva y permanente. En el edificio de la Gran Parada primer piso los siete días de la semana.

Estructura Estadal Adultos Mayores: En Documento Oficial de la Nueva Época de la Revolución Bolivariana, los integrantes del Movimiento Social de Personas Adultas Mayores en Anzoátegui (Julio/2022), se asignan 10 ciudadanos y ciudadanas en diversos cargos. Dos de ellos: Lenin Oliveros CI (En Archivo Aporrea) y Elisenys Alvares CI (En Archivo Aporrea).

Recursos: Existen 42 Movimientos Sociales, se les debe asignar los recursos. En el caso del equipo de Lenin, no tiene recursos económicos ni logísticos, trabajan en una oficina en condiciones paupérrimas, sin baño ni agua e igual atiende al pueblo. Es bueno que el Gobernador como primera autoridad Estadal, recorra las estructuras de los movimientos sociales, se cerciore de su calidad de vida y las mejore.

2.2.- Mediano Plazo

Político: Compartir la experiencia del Estado Anzoátegui, de este proyecto piloto, con los Estados restantes para el abordaje Nacional.

Legal: A nivel Nacional: Crear el Reglamento de la Ley. Reformar el Código Penal acorde a la presente ley. Nivel Estadal: Ley Adulto Mayor. Nivel Municipal: Ordenanzas.

Aqui se deben recoger los vacíos de la ley: a) La ley Lenin Oliveros es la base para este trabajo b) Se debe ampliar el art 42 de infracción y sanciones, no solo se debe aplicar personas al cuidado del Adulto Mayor, sino a toda persona que agreda a un Adulto Mayor elevar la pena en un tercio, para que MÁS NUNCA SE LE LEVANTE LA MANO A UN ADULTO MAYOR c) La Defensoría del Pueblo Anzoátegui, recoge una situación especial con los Adultos Mayores que ahorraron y tiene casa en alquiler para su subsistencia y esta se las quitan.

Sistema Justicia: Reconocemos el avance legal a las mujeres donde en la actualidad están blindadas, tienen un sistema de justicia completo (Ley, Fiscales y Jueces) para dar respuesta oportuna y eficaz a la mujer. Los Niños y Niñas y Adolescentes van por ese camino. Los Adultos Mayores también debemos apuntar en esa dirección de forma urgente.

Conclusión

Hacer respetar de forma efectiva LA DIGNIDAD HUMANA DEL ADULTO MAYOR Y QUE MÁS NUNCA SE LE LEVANTE LA MANO en Sistema de Justicia Nacional o Internacional.

 



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Reinaldo Antonio Manriquez Cerda

Ingeniero Mecánico. Ingeniero Social: la energía que mueve al mundo no es el petroleo, sino los Pueblos. Instagram: manriquezreinaldo

 manriquezreinaldo@hotmail.com

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