María Leona pa´ la Asamblea

Y el Derecho de Igualdad entre mujeres y hombres

“La mujer, por fin, ocupa el lugar de igualdad que le corresponde en la sociedad. 

Así tendrá que ser el socialismo de mis sueños"

María León Gibory  

Introducción

 La inclusión de los derechos de las mujeres y la no discriminación por razón de género ha tenido un tratamiento especial en las últimas décadas a nivel global. Siendo los convenios internacionales como La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer -aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979-, entre otros, los que han otorgado un soporte para el cambio de las políticas y las legislaciones nacionales. Esos convenios han servido de referentes, pues son considerados estándares internacionales a través de los cuales puede ser evaluado un país con respecto a la protección y promoción de los derechos humanos.  

La Igualdad como Derecho Humano 

La noción moderna de igualdad, surgida en el siglo XVIII, se refería originalmente a los derechos y la dignidad de las personas. Sin embargo, para la época, no todas las personas se consideraban aptas para ser “ciudadanos” titulares de derechos. Más recientemente, junto con la progresiva expansión de la ciudadanía y del sufragio, en especial a las mujeres, la igualdad ha consistido en un convenio mediante el cual se otorga el mismo valor a los y las integrantes de una sociedad sin distinción de sexo, etnia, ideología, religión, entre otros.  

En concordancia con este nuevo criterio, la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y su Comité han construido el concepto de igualdad como un Derecho Humano conformado por tres principios: el principio de no discriminación, el principio de responsabilidad estatal y el principio de igualdad de resultados o igualdad substantiva. Dentro del principio de la igualdad sustantiva se incluye tanto la igualdad de iure -la que se encuentra en las leyes- como la igualdad de facto -la realidad-. La primera es el medio para lograr la igualdad de facto a la vez que ambas son necesarias para lograr la igualdad de resultados. Afirma Alda Facio (Cuba, 2009) en su publicación “Igualdad en la CEDAW: 30 años de desarrollo de un derecho clave para las mujeres”, que si bien la igualdad de facto se da independientemente de que haya una igualdad de iure, lo cierto es que ambas formas son obligatorias para la existencia del Derecho Humano a la igualdad. Enuncia como obligatorio que haya una igualdad de iure que evite la desigualdad y la discriminación en el orden social. 

La igualdad de iure en Venezuela presenta un déficit central -a pesar de los grandes avances ocurridos en los últimos 10 años-, puesto que se necesita de forma expedita la creación de nuevas leyes promovedoras de igualdad de oportunidades para hombres y mujeres. Al igual que imperiosa es la reforma de algunas leyes ya existentes, las cuales fueron creadas sin tomar en cuenta las diferencias reales -de facto- que se hallaban entre mujeres y hombres en esta realidad social. Estas Leyes fueron promulgadas antes de la República Bolivariana de Venezuela desde una visión masculina o androcentrista, en donde se le dio un tratamiento idéntico a hombres y mujeres con lo masculino como modelo.  

Por otro lado, la igualdad de facto en Venezuela presenta indicadores preocupantes, pese al avance significativo a la vanguardia de América latina y el mundo, reconocidos por las Naciones Unidas. De acuerdo con el Observatorio Bolivariano de Género (2008), sólo el 49.7% de las mujeres en edad de trabajar tienen una actividad económica remunerada frente a un 80% de los hombres, siendo el trabajo un derecho humano. Otro dato resaltante que emana este observatorio está en el grupo de los y las jóvenes entre 15 y 29 años, en donde la mortalidad de los hombres quintuplica la de las mujeres, todo ello por los mandatos que genera el patriarcado -hay que ser macho, correr riesgos, tener pistola, correr en los automóviles y golpearse con el que se pase-. Asimismo, de acuerdo con este mismo ente en los Tribunales Especiales para combatir la Violencia contra la Mujer del Ministerio Público indican que, por violencia de género se encuentran 101.750 casos atendidos por los 49 tribunales a nivel nacional en el período de la aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia en abril del 2007, hasta abril del 2009.

Papel imperioso de María León para la consecución de la Igualdad real y efectiva en Venezuela

 

Viendo esta realidad, por el deseo masivo de contar con una Venezuela con justicia social y tomando en cuenta la oportunidad que las mujeres venezolanas y hombres venezolanos tenemos con esta nueva consulta popular, se hace preciso apoyar a los y las candidatas que cuenten con conciencia de género. Es imprescindible, por tanto, que en la conformación de la nueva Asamblea Nacional se encuentren mujeres y hombres con una perspectiva de género blindada y probada. Ejemplo de ello la candidata a diputada -voto lista- por el Estado Aragua María León quien fuere Ministra del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género, Presidenta de la Fundación Misión Madres del Barrio “Josefa Joaquina Sánchez, Presidenta del Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), Ministra de Estado para Asuntos de la Mujer, Integrante del Comité de Postulación para el nuevo Defensor o Defensora, Fiscal o Fiscala y Contralor o Contralora General de la República Bolivariana de Venezuela y Concejala del Distrito Federal, entre otros.  

El contar con una representante como ella en la Asamblea Nacional garantizaría el avance de la normativa necesaria para la consecución de los Derechos de los Humanos y de las Humanas establecidos en el prenombrado convenio y en diversos pactos internacionales, así como los derechos expresados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Dentro de las propuestas de trabajo de esta soldada de la patria se encuentran unos proyectos impostergables y dignos de impulsar como lo son la reforma del Código Penal y la nueva Ley del Trabajo. Asimismo, María León asume el reto de promover en la asamblea la Ley sobre las amas de casa y la Ley de Igualdad de Género, entre otras. A través de esta guerrera, ejemplo para el mundo, contaremos, sin lugar a dudas, con una representante que va a velar por los intereses de los hombres y en especial por los de las mujeres. Se garantizará así el tener una voz que luche porque se impulsen leyes que promuevan la igualdad de género, así como la verificación de que las leyes que se aprueben no estén basadas en el estándar masculino, sino que éstas sean elaboradas tomando en cuenta diversas perspectivas, visibilizando la experiencia de vida de las mujeres, considerando las razones biológicas, la construcción social del género y las discriminaciones que han sufrido las mujeres venezolanas en el pasado. 

¡Pueblo Aragüeño “a la batalla” este 26 para garantizar que María Leona, María Pueblo forme parte de nuestra nueva Asamblea Nacional! 

CONCIENCIA DE ETNIA, CONCIENCIA DE GÉNERO, CONCIENCIA DE CLASE, CONCIENCIA DE PATRIA. 

Marián Torres Calabrese

Magíster en Bienestar Social

Especialista en Género

mariantorresc@gmail.com



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