Un camino para la paz en Colombia

A raíz de la polémica generada en Colombia por la decisión del presidente Juan Manuel Santos de reconocer que en el país vecino hay un conflicto armado, y más allá de las contradicciones internas que tal decisión ha originado por la fuerte oposición de Álvaro Uribe a tal planteamiento, es menester considerar que es posible abrir un debate en el marco del derecho internacional que busque una salida negociada a ese conflicto que hoy se asume como existente. me parece importante "revivir" este trabajo escrito a comienzos del año 2000.

Este trabajo, escrito en el año 2000, hace referencia al tema en cuestión. Antes, me parece importante contextualizar el mismo. En febrero de 2000 presenté el artículo para ser publicado en una revista de la Universidad Javeriana de Bogotá, sin embargo el mismo fue rechazado. Unos meses después me invitaron a participar de una publicación en el marco de un debate promovido por el Grupo Inter- Civil del proyecto Atlantea de la Universidad de Puerto Rico.

Presenté este artículo y fue aprobada su publicación con el título de "Actores internacionales en el conflicto colombiano. El papel de Venezuela en el camino de la paz" en el libro "Cultura, sociedad y cooperación. Ensayos sobre la sociedad civil del Gran Caribe" coordinado por el Dr. Antonio Gaztambide Geigel de la Universidad de Puerto Rico y el Dr. Rafael Hernández del Centro de investigación y Desarrollo de la Cultura Cubana "Juan Marinello" de Cuba. El mismo fue editado en enero de 2001 y, -por las tardanzas propias de la falta de recursos- recién publicado en marzo de 2003.

Aunque muchas condiciones han cambiado en más de 10 años, los elementos fundamentales que pretende entregar el trabajo están presentes y deben ser debatidos si queremos que la paz sea el futuro para Colombia.

El trabajo se enmarca en un debate sobre el Caribe porque ese era el sentido de la publicación, tal vez, para efectos prácticos, esta parte no tenga mayor relevancia, pero si lo tiene los elementos de carácter teórico que deben considerarse, la experiencia internacional y en particular la centroamericana en la búsqueda y logro de la paz en esa parte de nuestra región.

El estudio particular de la realidad colombiana, a partir de sus actores, de un camino que deben trazar los propios colombianos, arropados en la legalidad internacional aportan puntos de vista que nos pueden y nos deben llevar a una solución negociada del conflicto que hoy el presidente Santos - en una decisión trascendente- reconoce como existente.

Como se dijo anteriormente, quisimos en aquel momento significar que Venezuela podía jugar un papel importante para cooperar a abrir el camino de la paz para Colombia. Hoy, la situación en nuestra región ha cambiado, en vez de "Grupo de Amigos" debería ser Unasur la instancia adecuada para "arropar" al pueblo colombiano en su deseo de vivir armónicamente en su país y relacionarse de esa misma manera con sus vecinos. Unasur ha demostrado ser una organización efectiva, ha tenido una gran capacidad para solucionar conflictos en los pocos años de su existencia y goza de un gran prestigio entre los pueblos gobiernos de la región , incluído -por cierto- el de Colombia.

Si a Unasur se le diera la oportunidad en el marco del derecho internacional, con la anuencia del gobierno colombiano, con el apoyo de las organizaciones sociales, populares y de la sociedad civil y el acuerdo de las organizaciones armadas de Colombia podría abrirse un camino seguro hacia la paz en el país hermano.

Este artículo puede entregar algunos elementos en ese sentido. Se podría haber modificado acorde estas nuevas circunstancias , pero se quiso respetar el original escrito en 2000, que respondía a otro contexto a fin de no alterar la publicación que del mismo se hizo aunque no coincide exactamente con esta versión.

Actores internacionales en el conflicto colombiano

El papel de Venezuela en el camino de la paz 

                                                Sergio Rodríguez Gelfenstein. 

1. Introducción 

Hasta finales de la década de los 90, las relaciones entre Venezuela y Colombia tenían un ámbito bastante amplio que además de su dinámica bilateral trascendía por la pertenencia de ambos países al Pacto Andino; sin embargo, desde el punto de vista geopolítico no se manifestaba la identidad caribeña de ambas naciones. Diversos estudios (Manigat, 1983), (Casanova, 1988), (Romero, 1988), (Carrera, 1988), (Cardozo, 1992) realizados en esos años sobre la geopolítica de las relaciones de Venezuela con el Caribe o de la política exterior de Venezuela en general y en particular con el Caribe, no hacen alusión a la dinámica que los vínculos de estos países vecinos le pueden imprimir a la geopolítica del Caribe.  

Desde la óptica de Colombia hay autores (Botero, 1982) que incluso señalaban en esa época que la actividad colombiana hacia el Caribe no puede siquiera describirse como política, sino que se limita a “iniciativas en el área”. Asimismo expresaba que en ese momento Colombia era “demasiado nueva en ese ‘negocio’” y que en esa medida no se puede ver la actuación de Colombia en el Caribe como “potencia regional” (Botero, 1982:366). Por su parte, Venezuela siempre ha tenido clara su identidad caribeña. Los estudios antes mencionados y una amplia gama de investigaciones hechas desde diversas instituciones dan cuenta de ello (Serbin, 1983). La acción de la política exterior del Estado es consistente en ese sentido a través de prácticamente todo el período que se inaugura con la caída de la dictadura en 1958 (Cardozo, 1992). Sin embargo, Eloy Lanza (1988) plantea que en el marco de la guerra fría la acción de actores como Venezuela y Colombia tiene un papel secundario en el marco de la confrontación de las grandes potencias en el ámbito caribeño; o como Andrés Serbin, que citando a otros autores (Grabendorff, 1984)(Lewis, 1984) les da carácter de “potencias regionales” o “potencias medias” (Serbin, 1993:26). 

En el plano de las relaciones bilaterales, los vínculos entre Venezuela y Colombia ocupan una amplia agenda que incluye tanto la esfera de lo político como lo económico, poniendo el énfasis sin embargo en la problemática del diferendo en el Golfo de Venezuela, manejándose para tratar el tema incluso las categorías de conflicto y/o confrontación (Cardozo, 1992). Los problemas de seguridad nacional y regional son solamente uno de los tantos aspectos de la agenda que no cobró mayor relevancia a través de los años. 

Esta situación se comienza a modificar a partir de los 80, y sustancialmente en la última década. Los cambios en la situación internacional y sus efectos en el hemisferio, y en particular en la subregión, catalizan una transformación en el papel que ambos países deben comenzar a jugar en la idea de ir asumiendo una responsabilidad como potencias subregionales en el Caribe. El fin de la guerra fría disminuye el interés de Estados Unidos por el área, lo cual conduce a cambios en la agenda de seguridad de cada uno de los actores de la región. En otro plano el incremento de los procesos globalizadores en la economía obliga a una reactivación de los mecanismos de integración. Venezuela y Colombia además de ser miembros del Pacto Andino se integran junto a México en el Grupo de los Tres (G-3). Venezuela ha utilizado su calidad de país petrolero para ejercer influencia en la región a través del tiempo. En el plano geopolítico ha sido promotor del modelo de democracia representativa por oposición a Cuba en el marco de la confrontación este–oeste; sin embargo, desde 1989, los distintos gobiernos venezolanos han promovido una política de acercamiento y promoción de vínculos económicos con Cuba. Por otra parte, Venezuela se incorporó como observador a Caricom y solicitó su ingreso como miembro pleno a ese organismo (Serbin, 1993). Colombia, una vez “descubierta” su identidad caribeña ha tratado de subsanar su retraso en cuanto al desarrollo de una política hacia el Caribe interesada en diversificar sus mercados, ampliar el marco de sus relaciones políticas y consolidar su presencia caribeña a través del incremento de su presencia multilateral en las islas del Caribe que están bajo su soberanía, pero sobre las cuales Nicaragua mantiene un litigio internacional.  

Es a partir del surgimiento del concepto de Gran Caribe como elemento aglutinador de todas las conceptualizaciones y definiciones sobre el Caribe y de la Asociación de Estados del Caribe (AEC) como estructura política en la cual se agrupan los Estados de la región, que empieza a tener un impacto la presencia de Venezuela y Colombia en este espacio geopolítico, en tanto aceptamos que junto a México son las potencias regionales que concentran la parte más significativa del territorio, población y comercio del área1. 

En el plano bilateral las relaciones de Venezuela con Colombia han seguido teniendo una importancia de primer orden en nuestra agenda de política exterior, sin embargo es válido mencionar que en ellas han predominado los elementos de divergencia más que los de convergencia, causados entre otros aspectos por las relaciones de vecindad que se generan en la extensa frontera común y un elemento que se ha incorporado en los últimos años y sobre el que se quiere ampliar en este trabajo: el crecimiento del accionar de la insurgencia guerrillera en Colombia y su creciente presencia e influencia en el territorio venezolano, trayendo como consecuencia que se haya incrementado la presencia de este tema en la amplia agenda de las relaciones bilaterales.  

Desde marzo de 1990, cuando se firma el Acta de San Pedro Alejandrino mediante la cual se adoptan metodologías para el tratamiento y solución de asuntos pendientes y el nombramiento de la comisión negociadora para tratar cuatro temas señalados como pendientes en el inventario, entre ellos el de las cuencas internacionales (Cobo, 1992), el accionar armado de la insurgencia en Colombia comenzó a afectar directa e indirectamente los posibles acuerdos y las medidas tomadas de forma bilateral para allanar el camino de la cooperación entre ambos países. En un primer momento esta situación condujo a ir incorporando de manera tangencial lo que se considera un asunto interno colombiano. Sin embargo, el ataque armado de los insurgentes colombianos al puesto militar fronterizo venezolano de Cararabo marca un punto de inflexión en el tratamiento de este problema, toda vez que se hacía patente en el territorio soberano de Venezuela el accionar subversivo colombiano2.  

Todo este fenómeno está ocurriendo en momentos en que, pese a las dificultades y los obstáculos, los mercados de los dos países marchaban con buen paso hacia su integración en un mercado ampliado basado en una concepción realista ajustada a las características de ambos, aceptadas por el consenso de las fuerzas políticas y sociales de las dos naciones, acorde a la nueva dinámica de las relaciones internacionales y en el cual el sector privado asumía la responsabilidad de impulsar el proceso (Pardo, 1992). Ambos países se proponían aprovechar la creciente interdependencia surgida en los años precedentes a fin de establecer un mercado común con arancel cero y una zona aduanera con una escala reducida a tres niveles arancelarios. También tenían la meta de facilitar el financiamiento del comercio mediante la libre circulación de capitales, bajo el concepto de capital bancario y mediante la formación de empresas binacionales (Giacalone, 1999). Asimismo, era tarea de primer orden el desarrollo de la integración fronteriza a lo largo de la línea divisoria terrestre de 2000 Km., donde habitan 7 millones de habitantes (Pardo en Giacalone, 1999). En este ámbito vale mencionar que el gobierno venezolano asumió la iniciativa de facilitar conversaciones entre el gobierno y la guerrilla colombiana (Cardona en Giacalone, 1999).  

Se puede afirmar que al estudiar ambas economías se llega a la convicción de que existe una amplia complementariedad en tanto que Venezuela posee una gran dotación de factores, tecnología y recursos naturales y Colombia produce bienes con un mayor grado de elaboración y valor agregado (Pardo de Serrano et al. en Giacalone, 1999). Es digno de mencionar que el comercio binacional se mantuvo inmune a las perturbaciones macroeconómicas y políticas generadas en ambos países en la década de los 90, las cuales incluyeron devaluaciones financieras, crisis del sistema bancario venezolano en 1994, grandes fluctuaciones en el PIB de Venezuela sobre todo hasta 1996, problemas generados por la entrada ilegal de fondos para el financiamiento de la campaña electoral del Presidente Samper, y la destitución del Presidente Pérez al habérsele acusado de corrupción administrativa, todo lo cual no impidió que los flujos comerciales mantuvieran su magnitud a lo largo de este período (Fernández Riva, 1997).  

Desde el punto de vista político es legítimo plantearse en qué medida este conflicto implica una alteración del proceso democrático y de la gobernabilidad democrática en Colombia, y si el mismo pudiese tener influencia en la región. Carlos Sojo (1998), al hacer una reflexión en este sentido para estudiar el caso centroamericano, plantea que la democracia supone un soporte a la integración, así como ésta favorece el proceso democrático, lo cual le atribuye una relación de complementariedad entre las dos categorías; sin embargo al introducir la variable gobernabilidad, aceptándola como “ejercicio del poder político en determinado régimen” (Sojo, 1998:87), señala que no existe una relación de dependencia entre gobernabilidad y democracia, pueden existir situaciones de gobernabilidad en regímenes autoritarios.  

Al estudiar el caso colombiano utilizando el modelo propuesto por Sojo3, podríamos afirmar que se trata de un país con una democracia consolidada con bajo nivel de gobernabilidad, toda vez que ésta se dificulta por la “fuerte presencia de las fuerzas armadas como órgano de presión política” (Sojo, 1998:89), en la cual la guerra además obstaculiza los intercambios políticos. Otra idea al respecto es la que propone Francine Jácome (1998) al mencionar que en Colombia la estabilidad política se construyó sobre la base de un consenso sustentado en acuerdos de elite que condujeron a la limitación de la participación y representación, a la aplicación de políticas clientelares y a la construcción de una institucionalidad basada en el bipartidismo, todo lo cual devino en una creciente presencia de elementos autoritarios y a restricciones en la participación política, limitando al pueblo a votar pero no a elegir (Couffignal en Jácome, 1998). En este caso, a partir de la década de los ochenta, esta restricción sumada a la aplicación de políticas de ajuste condujo a problemas de gobernabilidad que obligó a las elites a procesos de reforma, la más importante de las cuales fue la Asamblea Nacional Constituyente que elaboró la Constitución aprobada en 1991. Los problemas de gobernabilidad en Colombia reflejaron un agotamiento del modelo, todo lo cual devino en que a pesar de la aprobación de la nueva Constitución y la reinserción de algunas de las organizaciones guerrilleras en la sociedad, al pasar unos años aquellas que continuaron alzadas en armas (FARC y ELN), retomaran con mayor fuerza el desarrollo de la guerra hasta generar verdaderos problemas de gobernabilidad en una parte importante del territorio nacional, comenzando a afectar a los países vecinos, sobre todo en las regiones fronterizas.

Después de esta breve exposición del marco de unas relaciones que tienen expresión a través de una amplia agenda entre los dos países, cabría preguntarse si afecta o no el desarrollo del conflicto interno colombiano las relaciones bilaterales con Venezuela y en un contexto más amplio es válido examinar cuán limitada podría verse la integración bilateral y su influencia en el proceso de construcción de mecanismos de integración subregional de los cuales forman parte ambos países. El estudio de esta situación nos va a mostrar cuán necesario es tomar decisiones en este sentido, lo cual implica el involucramiento más activo de aquellos actores insertos en esta dinámica. En el caso del gobierno venezolano esta necesidad se transforma en obligación, dados los elementos antes expuestos, considerando además su excelente nivel de relaciones con los actores colombianos insertos en esta problemática, en particular el gobierno y las fuerzas insurgentes, lo cual le permite actuar en el marco del Derecho Internacional cumpliendo responsabilidades de diferente tipo en ese sentido, toda vez que desde el momento en que el impacto del conflicto supera las fronteras nacionales involucrando a otros Estados en el mismo, se podría afirmar que si estudiamos este caso en el marco del paradigma de la turbulencia los actores participantes se transforman en actores internacionales.  
 

2. El debate teórico 

Para hacer una referencia a los nuevos actores internacionales en el marco de la turbulencia, necesariamente tendremos que introducir el tema a partir de un breve análisis teórico de este paradigma, y en ese sentido conocer la propuesta de James Rosenau es punto de partida obligado para ello. Este autor junto a Mary Durfee (1995) señalan que si examináramos los últimos 50 años de la historia del mundo, podríamos observar como la guerra fría no sólo no estimuló el cambio, sino que lo enmascaró. Consideran que el sustrato racional, que es el que permite ver el mundo político como poseedor de una transformación turbulenta, es tan profundo que garantiza el marco para un nuevo paradigma: el paradigma posinternacional o paradigma de la turbulencia. 

Rosenau define como turbulencia aquella situación en la que: "... los parámetros principales que normalmente unen y sostienen las continuidades de la vida internacional... son sobrepasados por altos grados de complejidad y dinamismo; esto es, cuando el número, densidad, interdependencias y volatilidad de los actores que ocupan el escenario global experimentan una expansión sustancial... " (1994:12-13). ¿Cuáles son estos parámetros de los que habla Rosenau y cómo se han transformado? En primer lugar, un parámetro organizacional centrado en el individuo y su creciente capacidad de análisis y fuerza emocional, así como el cambio que se ha producido en torno a sus habilidades y capacidades. 

Por otro lado el parámetro orientacional, el cual concierne a las relaciones de autoridad y consiste en las orientaciones, prácticas y patrones de dirección continuos y recurrentes de los ciudadanos en relación con sus colectividades. En todo el mundo, en organizaciones públicas y privadas, las fuentes de autoridad han cambiado de una forma tradicional a un nuevo criterio de legitimidad. Hoy en día, el criterio fundamental de legitimidad es el desempeño. Puede observarse una reubicación de las lealtades en grupos subnacionales o supranacionales. Rosenau (1994) habla de la existencia de una crisis global de la autoridad y un debilitamiento del concepto de soberanía. 

Finalmente el parámetro estructural, es el que nos interesa a efectos de los objetivos de este trabajo, es relativo a la estructura de la política mundial. Por más de tres siglos había estado fundada en un sistema anárquico de Estados-nacionales soberanos, los cuales no tenían que responder a ninguna otra autoridad superior a ellos y que manejaban sus conflictos por acomodo o guerra. Hoy la estructura de la política mundial se ha bifurcado, de manera que existe lo que Rosenau llama dos mundos: el Estado-céntrico y el Multi-céntrico. 

A diferencia del mundo Estado-céntrico, donde la mayoría de las interacciones envuelven eventos que no calzan recíproca y bilateralmente entre los Estados-centros, el mundo multicéntrico cubre secuencias de acción que además de precipitar reacciones de una parte en cuanto a sus objetivos inmediatos, también estimulan nuevas acciones de los múltiples centros, como redes que atrapan y cruzan los dos mundos de la política. 

Algunas características del mundo Estado-céntrico tales como la existencia de menos de 200 actores internacionales, la seguridad como problema fundamental, la preservación territorial como objetivo principal, el interés por la defensa de la soberanía, y la presencia de la ley, de alianzas formales y de una agenda limitada contrastan con el mundo multicéntrico determinado por la presencia de miles de actores que funcionan con autonomía en un sistema donde el mercado se valora como una categoría de seguridad y en el cual se establece la cooperación de acuerdo con coaliciones temporales, alianzas asimétricas y un control difuso.

Las fuentes de la turbulencia son las siguientes:

·  Proliferación de actores. Por una parte se debe a la revolución demográfica (6 mil millones de habitantes en comparación con los 2.5 mil millones que existían al finalizar la Segunda Guerra Mundial). Por otra parte, está relacionada con la existencia de más grupos, organizaciones, colectividades transnacionales y subnacionales.

· Impacto dinámico de las tecnologías. Las tecnologías de la comunicación, transporte, la ingeniería genética, la producción basada en la biotecnología, hacen el mundo más pequeño, cercado e interdependiente.

· Globalización de las economías nacionales. El capital, la producción, el trabajo, los mercados, han sido globalizados al punto que los empresarios, trabajadores y consumidores están ahora inmersos en redes de la economía mundial, transponiendo la jurisdicción nacional.

· Advenimiento de las características de la interdependencia. Se manifiesta en hechos tales como los problemas ecológicos, las crisis recurrentes, el narcotráfico, el flujo de refugiados, entre otros.

· Debilidad de los Estados y reestructuración de las lealtades. Como el Estado se ha debilitados las lealtades se han transferido a los grupos intra e internacionales, a veces para afrontar las características antes mencionadas como globales, a veces para ocupar nichos de mercado internacionales, en otras ocasiones en grupos religiosos.

· Subgrupismo. Las lealtades se están reorientando hacia los subgrupos, al surgir profundas afinidades de personas que se desarrollan muy juntas y con características muy semejantes: políticas, sociales, culturales, económicas.

· Proliferación de la pobreza. Profundizada por las diferencias entre el mundo desarrollado y el subdesarrollado. La cuasi-soberanía de los países subdesarrollados es exacerbada por el mundo multicéntrico, el cual es hospitalario a su dinámica fragmentada y por ello contribuye a sus procesos de proliferación de subgrupos. 

Las rápidas y complejas transformaciones que han tenido lugar en las últimas décadas imponen nuevos retos para los formuladores de políticas. En este contexto, el papel de la seguridad sigue siendo de vital importancia, en especial cuando se acepta que la misma está sujeta a los cambiantes patrones del juego interactivo entre las fuerzas globalizadoras y localizantes. En palabras de Rosenau, esta dinámica "... se compone de todas las tensiones entre las presiones descentralizadoras en torno a las preocupaciones económicas y políticas locales por una parte, y los impulsos centralizadores en torno a las perspectivas económicas y políticas globales, por la otra" (Rosenau, 1995: 22). 

En la intención de crear esquemas y términos explicativos capaces de definir las nuevas realidades, Rosenau se refiere a esta dinámica como "fragmegración", en el entendido de que la misma expresa la interacción de la fragmentación y la integración (tomando siempre como punto de referencia al Estado). Así definida la fragmegración en lo relativo a los aspectos sociales y económicos, implica que tales aspectos oscilan entre los procesos globalizadores y localizantes, mientras que en el plano político se refiere a los procesos centralizadores y descentralizadores. 

Uno de los puntos más resaltantes en el trabajo de Rosenau es el que concierne a las fronteras cambiantes, puesto que al aceptar el hecho de que las dinámicas fragmegrativas abarcan distintos campos (político, social y económico), se acepta el hecho de que los vínculos de territorialidad y Estado se encuentran cada vez más fragmentados, reduciendo así las competencias de este último. A pesar de tal afirmación, Rosenau reconoce la capacidad adaptativa que han demostrado los Estados ante la nueva dinámica. 

En este mismo orden de ideas, se analizan por separado los ámbitos y bases que sustentan la fragmegración. En el plano económico, el más rápido y cambiante, se evidencia sin lugar a dudas la permeabilidad de las fronteras frente al crecimiento de los mercados internacionales y todos sus distintos componentes, los cuales pueden tener mayor preeminencia que las cuestiones políticas. Como ejemplo de la anterior afirmación cabe destacar el papel de las corporaciones transnacionales, entidades que también redimensionan su rol para adaptarse a las realidades que impone la fragmegración. 

En lo que respecta al ámbito social, se reconoce primero la importancia que la información y las nuevas tecnologías tienen en el proceso social, lo cual ejerce notable influencia en el surgimiento de nuevas organizaciones sociales que se desenvuelven en los distintos y variados campos de actividad, atendiendo "necesidades transnacionales" cuyas respuestas no pueden ser encontradas en los gobiernos nacionales. 

Por último el aspecto político -tal vez el más controvertido-, se mueve en medio de dos fuerzas: aquellas que favorecen al sistema democrático de gobierno y la disminución de la capacidad del Estado para hacer frente a los retos del mundo interdependiente y mantener la "lealtad incondicional a los ciudadanos". 

Los tres aspectos mencionados anteriormente permiten comprender la complejidad inherente a la dinámica fragmegrativa, en especial lo relacionado al concepto y práctica de la territorialidad, analizada desde una perspectiva que explica los cambios en función del estímulo de la formación de “nuevas fronteras”. 

En cualquier caso, la tarea de los analistas es tratar de definir completamente el orden existente y procurar dar respuesta a las demandas por una “teorización” sobre lo que puede significar o no el “triunfo de la globalización”. En tal sentido, es necesario destacar que algunos autores sostienen que “mientras la competencia entre las dinámicas globalizadoras y localizantes seguramente estará marcada por olas que fluctúen en ambas direcciones, la tendencia implícita es que la primera prevalecerá sobre la segunda” (Rosenau, 1995: 39), en el entendido de que las variables económicas cobran un mayor peso que las sociales y las políticas. 

Como respuesta a la propia dinámica fragmegrativa, Rosenau plantea que a medida que se generalicen las tendencias globalizadoras existirá mayor consenso frente a ellas y, por lo tanto, disminuirá el efecto de las reacciones localistas. Al respecto, agrega que debido a las variaciones en las situaciones en las que ambas tendencias coexisten el proceso es descrito como “fragmegración desigual”. 

 

3. La experiencia de la paz en Centroamérica en la solución de conflictos 

La Organización de Naciones Unidas (ONU) en su papel de garante de la paz mundial y sustentada en el derecho internacional público, le toca jugar un papel “catalizador” en la solución de conflictos internacionales como instrumento y como escenario. Su consolidación y fortalecimiento pasa por redefinir y ampliar sus funciones dentro del sistema internacional. En este sentido, la ONU puede utilizar instrumentos como la mediación, la verificación y ejecución de acuerdos, la diplomacia del desarrollo, la coordinación y contracción de compromisos, y programas de cooperación. 

Por otra parte, y según el diplomático Manuel Montobbio (1990), la emergencia en América Latina como sujeto del derecho internacional contribuye a su transformación. Como ejemplo resalta la solidaridad latinoamericana con Argentina a propósito de la guerra de las Malvinas y el abandono de la Doctrina Monroe por los Estados Unidos, y “los esfuerzos de coordinación de posiciones comunes frente a la crisis de la deuda y su negociación, como los primeros signos de una nueva dinámica en la proyección exterior de América Latina, tendente a la búsqueda de soluciones latinoamericanas a problemas latinoamericanos” (Montobbio, 1990). Es a partir del marco de la crisis centroamericana, a propósito de la lucha armada y los distintos intentos por resolverla, que se da un “salto cualitativo en la dimensión relativa de las políticas exteriores latinoamericanas” (Montobbio, 1990). Estos intentos se inician con la declaración franco-mexicana de agosto de 1981, en la cual se reconoce al Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FMLN) como beligerante y que intenta mediar en el conflicto salvadoreño, y a la declaración firmada el 8 de enero de 1983 por México, Colombia, Venezuela y Panamá, en la cual se propone el diálogo y la vía político-diplomática, a través de la multilateralización del conflicto, como mecanismos para disminuir las tensiones fronterizas entre Honduras y Nicaragua. 

El 7 de junio de 1986 se presenta la versión final del Acta de Paz para poner fin a las tensiones fronterizas entre Honduras y Nicaragua con la firma de los cinco países centroamericanos como el resultado de un largo “proceso de concertación, negociación y diálogo en el seno de Contadora y entre el grupo y los centroamericanos como lo fue la reunión de Jefes de Estado en Cancún en julio de 1983, el Acta de Contadora para la Paz y la Cooperación en Centroamérica en junio de 1984, y el Acta Revisada de Contadora en septiembre de 1984” (Montobbio, 1990). En la Cumbre de Presidentes Centroamericanos en mayo de 1986, conocida como Esquipulas I, se analizan las propuestas del Acta de Contadora. Sus resultados condujeron al “proceso de Esquipulas”, que con la aprobación del Plan de Esquipulas II (Plan Arias) en agosto de 1987, marcará “el punto de inflexión y la canalización definitiva de la solución de la crisis a través del diálogo y la negociación” (Montobbio, 1990). Esquipulas II establece la regionalización del conflicto y a la vez sienta las bases para que a través de la vía del diálogo pueda concebirse una solución real en cada conflicto nacional. En Nicaragua, El Salvador y Guatemala el proceso presenta características propias, resultado del equilibrio de fuerzas entre los actores en conflicto. En este sentido, la Organización de Naciones Unidas ha jugado un papel fundamental en lo referente al proceso de negociación, ejecución y verificación. El Grupo de Amigos también ha contribuido, a través de la neutralidad, confianza y capacidad de presión, en la consecución y consolidación de los procesos en El Salvador y Guatemala. En cuanto a los Estados Unidos, su presencia en El Salvador con la fórmula 4 + 1 y en Guatemala a través del Grupo de Amigos, caracteriza su política exterior hacia la consolidación de la paz en la región. España y Noruega, así como otros países latinoamericanos y europeos, también contribuyeron a la solución de la crisis en el proceso guatemalteco ( Montobbio, 1990) 

En el caso de Guatemala, el gobierno de este país, la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca y las Naciones Unidas, firmaron un acuerdo de paz en la ciudad de Guatemala el 29 de diciembre de 1996, el cual está sometido a la verificación internacional y que obliga a las partes a su cabal cumplimiento. En su preámbulo, el mismo señala que la aplicación de los acuerdos se verá facilitada por la creación de un mecanismo de acompañamiento y por la verificación internacional, cuyo propósito es dar, en su conjunto, mayor certeza, flexibilidad y confianza en el proceso de implementación. 

Según el artículo 40 del acuerdo sobre el definitivo cese al fuego “las Naciones Unidas desplegará sus efectivos y equipos para efectuar la verificación del cese al fuego en los lugares establecidos por las partes en los anexos del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego”. En este sentido, el acuerdo establece en su artículo 41 que “para los efectos de la verificación, durante el período de cese al fuego, habrá representantes de Naciones Unidas en las unidades militares del Ejército de Guatemala y en los puntos de concentración de la URNG”. 

Dentro de las obligaciones contraídas por la unidad guerrillera y el gobierno de Guatemala, el acuerdo establece en su artículo 46 que “la URNG proporcionará a Naciones Unidas información detallada sobre el número de efectivos, listado de personal, inventario de armas, explosivos, minas y toda la información necesaria sobre la existencia de campos minados, municiones y demás equipo militar, tanto en mano como depositado. Asimismo el Ejército de Guatemala proporcionará la información actualizada sobre el número de efectivos que movilizarán los comandos militares del Ejército de Guatemala. Por igual, en el siguiente artículo “las Partes se comprometen a entregar a la Autoridad de Verificación, dentro del plazo establecido de común acuerdo con ellas, toda información complementaria o adicional requerida por dicha Autoridad”. 

En cuanto al inicio del desplazamiento, en el artículo 50, “las Partes comunicarán a la Autoridad de Verificación de Naciones Unidas, el programa completo de desplazamientos de sus respectivas fuerzas (composición, ruta a seguir, inicio del desplazamiento y toda otra información que permita dar cumplimiento a la verificación). 

De acuerdo con la verificación internacional los artículos 196 y 197 establecen que “las partes coinciden en que la verificación internacional es un factor imprescindible para dar mayor certeza al cumplimiento de los acuerdos firmados y fortalecer la confianza en la consolidación de la paz”, y “solicitan al Secretario General de las Naciones Unidas el establecimiento de una Misión de Verificación de los acuerdos incluidos en el Acuerdo de Paz Firme y Duradera”. 

Este acuerdo representa “de hecho”, la transformación del derecho internacional público y de las relaciones internacionales en cuanto a que los Estados no son los únicos actores en el sistema internacional. 
 

4. El caso colombiano 

4.1 Generalidades 

Desde el punto de vista bélico, el conflicto colombiano ha llegado a una situación que en términos militares podría denominarse de Equilibrio Estratégico. Esto significa que ninguno de los dos contendores tiene una ventaja estratégica que le permita definir la guerra a su favor. 

La experiencia de los conflictos armados y su resolución definitiva en América Latina ha dependido de cómo se ha manifestado esta correlación de fuerzas estratégicas en cada caso. En Cuba 1959 y Nicaragua 1979, las fuerzas guerrilleras obtuvieron una ventaja estratégica de tal magnitud que las estructuras políticas que se construyeron posterior al conflicto partieron de esa situación. En ambos casos los dictadores huyeron intempestivamente y el sistema político imperante se desmoronó de forma absoluta. En El Salvador y sobre todo en Guatemala, finalizando la década de los 80 y comenzando la de los 90, el equilibrio estratégico se hizo patente para ambos bandos, lo cual los condujo a procesos de negociación que conllevaron al final de la guerra y a construir sistemas políticos que tuvieron en cuenta a todas las fuerzas participantes en el conflicto. En las confrontaciones armadas de la década de los 60 y 70 en Venezuela, Argentina, Brasil, Uruguay y Bolivia, las fuerzas subversivas jamás llegaron al equilibrio estratégico, fueron derrotadas militarmente y en esa medida los sistemas que pretendieron cambiar no sufrieron modificaciones, manteniéndose a grandes rasgos las características que presentaban al iniciarse el conflicto. 

En el caso de Colombia, como mencionamos anteriormente, el conflicto se encuentra en una situación de equilibrio estratégico. En esa medida ninguno de los contendientes puede derrotar militarmente al otro, lo cual amenaza prolongar indefinidamente la guerra. Pero si aceptamos la definición de Clausewitz en torno a que “la guerra es la continuación de la política por otros medios”, debemos aceptar que la guerra no es solamente un fenómeno militar, en esa medida, además de la confrontación en el plano bélico, los contendientes se ven obligados a recurrir a instrumentos políticos y diplomáticos. Esta es una característica particular de las confrontaciones armadas en el último cuarto de siglo. Hay innumerables pruebas que permitirían confirmar este planteamiento. Al utilizar la “diplomacia” y establecer relaciones y realizar acciones allende las fronteras nacionales que limitan el conflicto, estas fuerzas se transforman en actores internacionales. Los nuevos tiempos nos muestran que el Estado ha dejado de ser actor único y todopoderoso de las relaciones internacionales.  

En esa medida y en defensa de lo que cada Estado ha considerado sus intereses nacionales, varios de ellos han establecido vínculos con fuerzas guerrilleras subversivas, sin para ello tomar en cuenta la opinión del gobierno del país donde se desarrolla el conflicto. Es el caso de Panamá y Costa Rica y su relación con el FSLN previo a 1979 o México y Francia con el FMLN en 1981. Más recientemente son conocidos los vínculos de Estados Unidos con las fuerzas guerrilleras opuestas a Saddam Hussein o su apoyo a la “contra” nicaragüense, gobiernos con los cuales Estados Unidos siempre ha tenido relaciones diplomáticas. Se sabe que varios países occidentales apoyaron a los talibanes afganos cuando eran oposición armada al gobierno de ese país. Asimismo Pakistán apoya a las fuerzas irregulares musulmanas que operan en la Cachemira India. A partir de estos antecedentes, no veo cuál es el escándalo que se ha creado porque el gobierno venezolano mantiene relaciones con la guerrilla colombiana y se propone intensificar sus vínculos con un actor que está presente en forma creciente en nuestro país. Hay que decir, en todo caso, que estos vínculos se iniciaron de forma discreta durante el gobierno de Rafael Caldera, pero incluso se afirma que las relaciones entre el gobierno de Venezuela y la guerrilla colombiana se remontan mucho más atrás, al gobierno del general Pérez Jiménez. Ha habido declaraciones que afirman que el gobierno de Venezuela apoyó durante doce años a la guerrilla colombiana como una estrategia de política exterior para mantener ocupado al “enemigo real”, entendiendo como tal a las Fuerzas Armadas de Colombia. Así lo afirmaron el general Alberto Müller Rojas, quien fue General de División (R) y gobernador del Territorio Federal Amazonas; y el General de Brigada (R) Humberto Vivas González, quien fue miembro del Estado Mayor General de Pérez Jiménez, en una entrevista realizada por un canal de la televisión venezolana. 

  4.2 Los actores en Colombia 

    4.2.1 Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) 

Las FARC se consideran a sí mismas un “interlocutor válido, como fuerza político-militar formalizada y establecida y como entidad necesaria para el avance de la pacificación y la democracia en Colombia” [FARC web site, 1999]. 

Para las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia su reconocimiento es un tema “pendiente, urgente e ineludible en el proceso colombiano” (FARC, 1999). Ellos argumentan que de acuerdo a "las condiciones fijadas por las convenciones de Ginebra, en particular por el protocolo adicional I, para considerar 'legítimos combatientes' a los incorporados en las fuerzas armadas de una parte política insurgente, son los siguientes: a) Que lleven un uniforme conocido por el adversario, b) que lleven abiertamente las armas, c) que estén a la dependencia de un comando responsable, d) que respeten las leyes y costumbres de la guerra" (FARC, 1999). A partir de esta premisa, defienden su derecho a ser reconocidas como “legítimos combatientes" por el Estado colombiano y por el derecho internacional. Esta posición la fundamentan en el hecho de que “las FARC-EP lucen uniformados, portan sus armas visiblemente (sobre todo en combate), la fuerza depende de un mando (Estado Mayor Central, Estados Mayores de Bloques y Frentes, etc.) y sin lugar a duda el contingente guerrillero sabe de la guerra y de las normas éticas en su desarrollo, lo que ha demostrado, como caso bien conocido, al tomar prisioneros a soldados del Ejército colombiano en combate, darles trato de acuerdo a la Convención de Ginebra para esos casos y otorgarles la libertad” [FARC, 1999). 

Las FARC también argumentan a su favor “la creación de una zona desmilitarizada para desarrollar las conversaciones gobierno-guerrilla, representadas en sus respectivas comisiones de diálogo”, a donde han asistido “lo más representativo de toda Colombia y destacados representantes políticos, legislativos, intelectuales y periodísticos de América Latina y otras partes del mundo” (FARC, 1999). Igualmente, sostienen que históricamente “altos funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos quisieron sostener una conversación no pública con representantes de las FARC-EP la que se materializó en Costa Rica” (FARC, 1999). Las FARC también hacen mención a una carta redactada por juristas y especialistas internacionales dirigida al Comandante en Jefe de las FARC-EP, Manuel Marulanda, y al Presidente de la República, Andrés Pastrana, en donde se insta a “reconocer a las Fuerzas Armadas Revolucionarias el estado de fuerza beligerante” como un “tema crucial para el futuro de los diálogos, negociaciones o acuerdos en torno del conflicto social y armado, sus consecuencias y proyecciones” (FARC, 1999). Asimismo, la carta explica “que el despeje militar en los municipios donde se han efectuado las negociaciones guerrilla-gobierno durante 1999 y el reconocimiento de las FARC-EP como "fuerza de interlocución política con el gobierno, implica el reconocimiento a la organización insurgente ‘a la luz del derecho internacional público’, la condición de fuerza beligerante" (FARC, 1999). 

    4.2.2 El Gobierno de Colombia 

En respuesta a un cuestionario en un debate de un comité del Senado de Colombia, el Ministro de Defensa Luis Fernando Ramírez, el procurador general Jaime Bernal y algunos mandos militares, en representación del Gobierno de Colombia, negaron “que las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia y el Ejército Liberación Nacional reúnan las condiciones para obtener status de beligerancia”. Según “todos los altos cargos consultados”, las FARC y el ELN “no reúnen las condiciones exigidas por el Derecho Internacional Humanitario para que les sea otorgado el status de beligerancia” (El Nacional, 29-9-1999). 

Para el comandante de las Fuerzas Militares, General Fernando Tapias, “no se puede otorgar (el status de beligerancia) a las agrupaciones que asesinan, secuestran y atentan permanentemente contra la población civil y que violan los derechos humanos” (El Nacional, 29-9-99). Mientras que para el ministro Luis Fernando Ramírez “las guerrillas no ejercen jurisdicción sobre algún territorio ni conducen las hostilidades según el derecho humanitario" (El Nacional, 29-9-99). Por su parte, el procurador Bernal señala que los insurgentes colombianos "no tienen un territorio propio y no ejercen dominio sobre alguna región por lo que no se puede reconocer beligerancia al no reunir los requisitos” (El Nacional, 29-9-99). Igualmente sostiene que los insurgentes "están violando los derechos humanos y no tienen dominio sobre un terreno, sino que en el territorio que hoy ocupan las FARC hay soberanía del Estado colombiano” (El Nacional, 29-9-99).  

Indudablemente que existen factores que sugieren la creciente fuerza política que tienen las FARC en Colombia. Estos factores incluyen la tan publicitada liberación de soldados secuestrados a través de una negociación por lo demás compleja entre las FARC, la Church National Conciliation y la Cruz Roja Internacional. Tampoco es posible negar el control que esta fuerza ejerce sobre territorios al sur del país, lo cual es reflejado en el alto número de municipalidades (622 de 1071) en las que mantienen una fuerte presencia ( Ríos y García Peña, 1997). 

Según Ricardo Vargas Meza en su ensayo “The FARC, The War And The Crisis Of The State” (1998), a pesar del poder político y militar de las FARC, el gobierno de Colombia ha preferido utilizar una estrategia de guerra limitada para debilitar el poder regional de las FARC. Según Vargas Meza, las fuerzas del gobierno de Colombia “han adoptado una estrategia que persigue la aniquilación total de los insurgentes” (Vargas, 1998), lo cual ha servido para hacer un uso de la violencia indiscriminada por parte de estos grupos y paramilitares teniendo un efecto contrario al crecer el apoyo de las regiones por los insurgentes. 

  4.3 El camino de la paz en Colombia 

Para Hernando Barreto Ardila “la única solución es la paz”, entendiéndose esta como un planteamiento de “ética dialógica o dialogante” que entiende a la paz como “el presupuesto para la realización de los demás derechos fundamentales”. En este sentido Barreto Ardila (s/i) señala que para llegar a la paz en Colombia se necesita primeramente “un proceso de educación: se requiere tomar una actitud de la persona ante la sociedad (Barreto Ardila, s/i). 

Vargas Meza (1998) plantea que “mientras la guerra no sea reconocida como la expresión de la crisis estructural de la sociedad colombiana y la casi inexistencia de la legitimidad del Estado colombiano, será imposible tomar en serio cualquier paso hacia la reestructuración institucional en el ámbito regional y nacional que pueda de alguna forma servir de marco para la resolución del conflicto armado” [Ricardo Vargas Meza: The FARC, The War And The Crisis Of The State]. 

Para el diplomático Manuel Montobbio (1990), la situación exige el planteamiento de “nuevas dinámicas, retos y tendencias que constituyen el contexto en el que debe plantearse la evolución y construcción del orden internacional en América Latina”. Para ello propone “consolidar progresivamente un concepto de paz positiva ligada a la viabilidad política y socioeconómica, frente al concepto de paz negativa identificado con la mera ausencia de enfrentamiento armado”.

Por igual, Manuel Montobbio propone, a través de la experiencia centroamericana y con relación a los instrumentos diplomáticos: 

- La mediación. La cual fue realizada en Nicaragua, con la contribución del Cardenal Obando, en el marco de Esquipulas, en el proceso salvadoreño con la mediación de Alvaro de Soto, y en el caso guatemalteco, bajo la moderación de Naciones Unidas, que bajo un “nuevo marco negociador” permitió la firma del acuerdo de paz. La contribución del Grupo de Países Amigos a la labor de Naciones Unidas también ha sido un factor importante. 

- La verificación y ejecución de acuerdos, los cuales fueron ejecutados por las diversas misiones creadas a tal efecto en Centroamérica: Grupo de observadores de Naciones Unidas en Centroamérica (ONUCA), para la verificación electoral en Nicaragua junto a la OEA; Misión de Observadores de Naciones Unidas en el Salvador (ONUSAL), para la verificación y ejecución de los acuerdos de paz en El Salvador; Misión de Verificación de los Derechos Humanos en Guatemala (MINUGUA), para la verificación de la aplicabilidad inmediata del Acuerdo de Derechos Humanos.  

- La diplomacia del desarrollo. En este sentido, “la Organización de Naciones Unidas ha contribuido decisivamente a promover la lectura de la crisis como de desarrollo y viabilidad entre la comunidad internacional, así como a la promoción de los esfuerzos de cooperación para su solución”. Este aporte se ha realizado, por una parte, a través de “la coordinación y contracción de compromisos por los donantes, tanto a través del Plan de Acción Inmediata, primero, y posteriormente del PEC (Plan Económico de Cooperación con Centroamérica), como del diseño global de los problemas, estrategias y prioridades de desarrollo de la región, así como la cualificación global de tales necesidades y su desglose en programas y proyectos; como de la organización de mesas de donantes para definir, apoyar y coordinar los esfuerzos de reconstrucción y pacificación nacional”. Por otra parte, se han realizado programas de cooperación de sus agencias (PNUD, ACNUR, PRODERE), que situaron a Centroamérica entre sus prioridades globales. 
 

5. El Derecho Internacional 

Por supuesto que el Derecho Internacional no reconoce desde el punto de vista jurídico este tipo de relaciones y eso se entiende porque el mismo no ha avanzado en la medida de las transformaciones del sistema internacional en los últimos años, particularmente desde el fin de la guerra fría, es así que sigue reconociendo al Estado como único actor internacional. Esta situación obedece al hecho de que a diferencia de la “responsabilidad individual” que existe en una sociedad, las responsabilidades en la “comunidad internacional” son únicamente colectivas, y en este sentido sólo el Estado, técnicamente, puede ser sujeto de la acción coercitiva. 

A medida que la “globalización” vaya transformando la “comunidad internacional” en “sociedad” podremos ver entonces cambios en el Derecho Internacional Público. En teoría, es una cuestión de “código” y en este sentido, el mismo es reflejo de una realidad y no podrá anteponerse a esta. Si bien es cierto que el “código” ha quedado rezagado ante la dinámica global mundial, podemos observar como en la práctica actores, que en Derecho Internacional no son tal, pueden anteponerse a toda teoría y convertirse en sujetos de derecho. La profusión de actores en el escenario mundial ha puesto en crisis el propio concepto de lo internacional, en tanto éste indica las relaciones entre naciones. Hoy, cuando instituciones como el Banco Mundial, empresas transnacionales, ONGs, Greenpeace, Amnesty International, para ejemplificar con algunas de ellas o instancias supra-nacionales como la ONU, la Unión Europea, la OTAN, tienen presencia y poder de decisión sin que formalmente puedan ser catalogadas como relaciones internacionales las que ellas establecen entre sí o con otros actores incluyendo los propios Estados Nacionales. Esto obliga a los Estados a diversificar las acciones de sus cancillerías, a los teóricos de las relaciones internacionales y a los especialistas del Derecho Internacional a ampliar sus puntos de vista para colocar la ciencia a la altura del desarrollo de la praxis y para estar en capacidad de dar respuestas a los fenómenos de los nuevos tiempos que han irrumpido avasalladoramente en el mundo del fin de siglo.  

Así, la práctica internacional, particularmente en nuestro continente, nos muestra algunos ejemplos en este sentido. La firma del acuerdo de paz en Guatemala es un referente de cómo un actor, la guerrilla, pudo ser sujeto de derecho “a pesar del Derecho Internacional”. La firma de este acuerdo internacional se realizó entre el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, dos actores que hoy están sujetos a la verificación nacional e internacional (sobre todo de las organizaciones mundiales de derechos humanos como Amnistía Internacional) y cuyo acuerdo fue co-firmado por los países “amigos” y por las Naciones Unidas a través de su Secretario General. Ejemplos como este marcan definitivamente el inicio de la transformación o desuso del Derecho Internacional Público, para dar cabida a una realidad quizás un poco más abstracta, que solo puede ser explicada, hasta ahora, a través de casos específicos 

No hay duda que el Derecho Internacional Público es el resultado de la histórica práctica de las relaciones entre Estados, los cuales han aceptado estas normas como mecanismo regulador de sus mutuas relaciones. Dos convenciones internacionales han sido realizadas para diseñar la norma que rige las relaciones internacionales, la Convención de Viena de 1969, que entró en efecto el 27 de enero de 1980, contiene las reglas sobre los tratados suscritos entre los Estados; y la Convención de Viena de 1986, sobre la ley de Tratados entre Estados y organizaciones internacionales o entre organizaciones internacionales, que aun no entra en efecto, la cual agrega normas sobre tratados con organizaciones internacionales como legítimos actores dentro del sistema internacional ( Pelayo, s/i). 

De acuerdo con su forma genérica, el término “tratado” ha sido usualmente utilizado para referirse a todos los instrumentos referidos a la ley internacional celebrada entre actores o entidades internacionales y así lo confirma la Convención de Viena en sus dos ediciones. En la Convención de Viena de 1969, se define como tratado “un acuerdo internacional celebrado entre Estados en forma escrita y gobernado por la ley internacional”. La Convención de Viena de 1986 extiende el término para incluir los acuerdos internacionales que involucran a organizaciones internacionales como actores. Allí también se define el “Acto Formal de Confirmación”, el cual es utilizado como el equivalente a la “ratificación” y se realiza cuando una organización internacional “expresa su voluntad de declararse obligante a un tratado” (Vienna Convention on the Law of Treaties between States and International Organizations or between International Organizations, 1986). 

El criterio que responde a la definición genérica de tratado es el siguiente:

1. Debe ser un instrumento de carácter obligante: las partes contratantes deben adquirir derechos y deberes.

2. Debe ser celebrado entre Estados y organizaciones internacionales con poder de realización de tratado.

3. Debe ser gobernado por la ley internacional.

4. Debe ser realizado por escrito. 

La profesora de la Universidad de Baja California, María Candelaria Pelayo (s/i), define los tratados como “contratos en el sentido de que mediante el consentimiento manifestado por los Estados se da vida a un vehículo jurídico y se crean derechos y obligaciones entre las partes regidos por el derecho internacional” (Pelayo, s/i). En este sentido el derecho de los tratados “ha pasado de ser mero derecho consuetudinario a ser derecho codificado a partir de la celebración de las Convenciones de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados y la de 1986 sobre Tratados Celebrados entre Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y Estados” (Pelayo, s/i). 

De manera específica, el término “tratado” no sigue un criterio consistente. Usualmente está reservado para materias de gran importancia que requieren acuerdos solemnes que llevan la rúbrica de las partes selladas y necesitan de la ratificación. El término “tratado” como instrumento internacional ha caído en desuso en las últimas décadas para dar paso a otros términos como acuerdos, convenciones, capítulos, protocolos, declaraciones, memorándum de entendimiento, modus vivendi, e intercambio de notas. En especial, el término “acuerdo” abarca una grandísima parte de los instrumentos internacionales. 

El término “acuerdo” es utilizado de manera particular mucho menos formal y más específico que el “tratado”. El “acuerdo” se utiliza mucho para aspectos técnicos o administrativos que son firmados por representantes de los distintos gobiernos o departamentos y no son sujetos a rectificación. Este término se desarrolló lentamente a principios de siglo, pero actualmente la gran mayoría de instrumentos internacionales son definidos como tal. 

La convención de Viena establece el tratado como un “acuerdo celebrado por escrito, regido por el derecho internacional, cualquiera que sea su denominación particular”, lo cual deja sin sentido las viejas discusiones referentes a si existe diferencia entre tratado, convenio, convención, pacto. “Desde 1980, cuando cobra vigencia la convención, se entienden como sinónimos todos estos términos u otros que pudieran utilizarse y se atiende más al contenido para calificar a un tratado como tal” (Pelayo, s/i). 
 

6. Conclusiones  

El conflicto armado y su resolución están “detenido” en el marco de un “Equilibrio Estratégico”. Si bien es cierto que según el derecho internacional las FARC pudieran ser reconocidas como “legítimos combatientes” y obtener status beligerante, la desinformación en torno a su planteamiento y la asociación que de ellas se ha hecho con organizaciones de tipo delictivo han actuado en detrimento de su reconocimiento como legítimo actor internacional, tanto por el gobierno colombiano como por la comunidad internacional. 

Resolver el conflicto por medio de la “aniquilación total del enemigo”, como parece ser la filosofía expuesta por el Gobierno de Colombia, y su presunta vinculación con grupos paramilitares para la consecución de tal fin, representa una amenaza flagrante a los Derechos Humanos de la población civil que radica en el escenario de conflicto. 

La posición de Venezuela en pro de agotar cualquier medio para la resolución del conflicto por medios pacíficos, pasando si es necesario por el reconocimiento internacional y nacional de la beligerancia de los grupos insurgentes colombianos, debe ser constante y determinante. En este sentido es tarea de primer orden agrupar a todos los países, afectados o no (Grupo de Amigos), a asumir la misma posición en pro de consolidar un proceso pacífico en la resolución del conflicto. 

La negociación y la diplomacia como instrumento político para la consecución de la paz en Colombia en el marco del derecho internacional público y de la experiencia centroamericana, es la alternativa más viable. 

Desconocemos el curso que tomen las conversaciones de paz y la forma que adquieran las mismas. En particular para el pueblo venezolano y su gobierno el conflicto colombiano les afecta directamente. El proceso de reconocimiento de las FARC y del ELN dentro y fuera de Colombia es inevitable y necesario para que las partes puedan asumir deberes y derechos contractuales que garanticen internacionalmente la consecución y posterior cumplimiento de la ley y lo que es más importante, darle al pueblo colombiano una paz permanente y duradera. 
 
 

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Caracas, 1°  de febrero de 2000

sergioro07@hotmail.com 






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Sergio Rodriguez Gelfenstein

Consultor y Analista Internacional, graduado en Relaciones Internacionales de la Universidad Central de Venezuela

 sergioro07@hotmail.com

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