Cogestión obrera en PDVSA

Sustituir la vieja forma de designar los dos representantes laborales en la Directiva de Pdvsa es un reclamo de la Venezuela trabajadora. Esos representantes deben ser, preferiblemente, ajenos a las directivas de los sindicatos, aunque elegidos directamente por la base; deben formar parte, además, de las diversas instancias de decisión, acompañados de las respectivas contralorías obreras en las localidades correspondientes. Como la nueva Pdvsa es ahora de los trabajadores, de todos los venezolanos como dice el “slogan”, es hora de unir la acción a la prédica para que ésta deje de ser una frase hueca, un canto a la demagogia barata y abundante que proliferó en la IV. La permanencia en esas directivas ha de ser, eso sí, condicionada por por un reglamento ad hoc, para que no se repitan las funestas prácticas de los Eleazar Pinto, los Carlos Ortega, Rafael Rosales, Nelson Núñez, Antonio Ríos, todos ellos enriquecidos bajo la sombra de turbios negocios petroleros, como todavía ocurre, e indemnes ante la ley gracias a la negligencia del Ministerio Público, de la Contraloría, de las instancias tribunalicias, al encubrimiento cómplice y a la ominosa impunidad. Y ¿dónde deben funcionar esos delegados obreros? Donde quiera que exista una factoría de PDVSA, donde quiera que se realicen negocios con nuestro crudo y sus productos. Así, en cada una de las instancias donde se pactan arreglos de despachos de crudo y productos petroleros, en las refinerías, en pequiven, en las petroquímicas, en Citgo, debe estar el ojo vigilante del pueblo, del trabajador petrolero venezolano. Hay que minimizar las posibilidades de enriquecimiento ilícito, de ponerle freno a la corruptela que campea por sus fueros en la industria petrolera.

¿Qué es la cogestión obrera? Es la gestión compartida por parte del trabajador y el patrono de las empresas económicas, públicas, mixtas o privadas. Este fenómeno hay que analizarlo, tanto desde el punto de vista teórico, como desde el plano del Derecho Constitucional, la Ciencia Política y la Filosofía del Derecho, ubicándonos en el contexto de la realidad venezolana, En la inteligencia de que hay que estar conscientes de que la cogestión tiene sus diferencias con las cooperativas. Y es que, a diferencia de las empresas privadas capitalistas o de las empresas estatales, las cooperativas son abiertas, cualquier persona puede asociarse a ellas, no se requieren grandes aportaciones para hacerse miembro.

La cogestión obrera es una vieja práctica en importantes empresas de algunos países industrializados, con el carácter ineludiblemente vinculante de sus decisiones

El propósito, el objetivo fundamental, ha de ser “ganar, ganar”. Que ganen los trabajadores, que gane la empresa. No es concebible un Consejo Empresarial de una empresa X, integrado por directivos de la empresa y por trabajadores, que beneficie a una sola de las partes. Planteamos un símil de los Círculos de Calidad japoneses, o alemanes, cuyas decisiones son obligantes tanto para la empresa como para los trabajadores, que benefician a aquella en su rentabilidad, al mismo tiempo que redunda en beneficio del ingreso de los trabajadores, en la elevación de su calidad de vida.

Una experiencia cogestionaria reciente en Venezuela es la realizada en la empresa estatal CVG-ALCASA, de la cual dijo su presidente y promotor, Carlos Lanz (2005): “…en el proceso de cogestión de esta empresa, se busca que sea revolucionario y no reformista, como es el propio de la cogestión dentro del marco del capitalismo y burocratismo tradicional. Allí los trabajadores y empleados eligieron democráticamente a los nuevos gerentes, inspirados en una filosofía de cambio de las relaciones de producción capitalista, especialmente la división social del trabajo…”; de manera que para eliminar el burocratismo se planteó y se lleva a cabo: i) la transparencia informativa y el libre acceso a los documentos de la empresa; ii) la implicación de los trabajadores en la formulación y planificación de las políticas de la empresa; iii) la delegación de funciones para aplanar las estructuras gerenciales; iv) participación de la comunidad de Alcasa (empleados y obreros) en los debates y consultas sobre ingresos y gastos, naturaleza de las inversiones y áreas prioritarias (presupuesto participativo).

Esa es una verdadera práctica cogestionaria. Para que sea exitosa se requiere una dosis muy importante de conciencia obrera, de lo que se quiere, de lo que se busca, y obrar en consecuencia. La carencia de estos principios dio al traste, lamentablemente, con este ensayo.

Anteriormente hubo un intento frustrado. En los 80, con la asesoría entre otros del Dr. Maza Zavala, la CTV propuso la cogestión obrera en el Manifiesto de Porlamar.

La cogestión laboral está expresada en la Constitución Bolivariana a partir de su exposición de motivos, cuando explica el por qué del establecimiento del Estado Social de Derecho y de Justicia previsto en su artículo 2. Allí se establecen los principios de solidaridad social y de bien común que conducen al establecimiento de un Estado Social, el cual está sometido al imperio de la Constitución y de la ley.

Como expresa Chacín Fuenmayor (2007), este Estado Social de Derecho, de acuerdo al Constituyente, deberá nutrirse de lo expresado por los ciudadanos mediante los mecanismos de participación política y social.

Además, en los artículos 62, 63, 70, 112 y otros de la Constitución, se prevén los derechos de los ciudadanos a participar libremente en los asuntos públicos a través del sufragio, y a través de la formación, ejecución y control de la gestión pública, así como los medios de participación política y también los de participación social y económica, quedando establecida la posibilidad de los ciudadanos de participar en instancias de cogestión, autogestión, cooperativas, etc. Es el fundamento de la llamada contraloría social y también el fundamento de la cogestión obrera, especialmente en el ámbito de las empresas estatales, de las cuales la principal es PDVSA.

(02.01.2010)

cepo39@gmail.com


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César Prieto Oberto

Profesor. Economista. Miembro de Número de la Academia de Ciencias Económicas del Estado Zulia. Candidato a Dr. en Ciencia Política.

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