• Muy buenas tardes, distinguidos representantes de los medios de comunicación social en Washington, D.C.
• Me complace estar aquí para compartir información de interés con ustedes, acompañado por el Excelentísimo Embajador de la República Bolivariana de Venezuela en los Estados Unidos, Bernardo Álvarez; el Ministro Consejero para Asuntos Petroleros, Fadi Kabboul; el Presidente de PDV IFT, filial de PDVSA, Jorge Baralt; el Asesor Jurídico de PDVSA, Orestes Parilli; y el Consultor Jurídico Externo de PDVSA, Tom Wilner, de la prestigiosa firma de abogados Shearman Sterling.
• Luego de los importantes mensajes que acaba de ofrecerles el señor Embajador Álvarez, permítanme presentarles un resumen del tema que hoy nos ocupa: El Caso INTESA – SAIC, cuyos detalles consideramos de sumo interés para la opinión pública de los Estados Unidos, país con el que Venezuela ha tenido, tiene y seguirá teniendo sólidas relaciones comerciales, fundamentalmente en el área energética.
• Hemos venido a hablar con ustedes, cara a cara, por respeto y consideración al pueblo estadounidense, el cual tiene derecho de conocer la verdad sobre asuntos que le conciernen directamente, con miras al mantenimiento y fortalecimiento de sus relaciones con Venezuela, país de vital importancia para la seguridad energética de los Estados Unidos.
• En 1996, PDVSA tomó la decisión de externalizar sus servicios de tecnología de información. En tal sentido, estableció una asociación comercial con SAIC y en conjunto crearon una compañía venezolana llamada INTESA para proveer a PDVSA los servicios de tecnología de información requeridos.
• SAIC -a través de una subsidiaria registrada fuera de los Estados Unidos, llamada “SAIC Bermuda”- invirtió US$ 1.200 en la empresa conjunta, mientras que PDVSA aportó todo el financiamiento requerido para la operación de INTESA, así como todos los equipos, espacios de oficinas, personal y US$ 800. El negocio fue sustentado por un convenio de servicios a cinco años que podía ser renovado por conformidad de las partes. El convenio le concedió a SAIC tanto la gerencia administrativa de INTESA como el control de su junta directiva.
• Conforme al contrato, PDVSA se obligaba a hacer unos pagos mensuales por adelantado, los cuales de hecho cubrían los costos operacionales de INTESA, bajo la modalidad “cost-plus”, lo que significa que a los costos por servicios a ser prestados se le agregaba un monto adicional que promediaba 11% anual.
• SAIC se benefició bastante de este negocio, puesto que ganó más de US$ 40 millones en dividendos sobre su inversión de US$ 1.200, y facturó adicionalmente US$ 53 millones por servicios subcontratados.
• En contraste, el negocio no fue económicamente beneficioso para PDVSA. En julio de 2000, un informe de Auditoría Interna de PDVSA cuestionó el costo adicional del convenio de servicios. El presidente de PDVSA, en ese momento, creó un comité interno para evaluar el convenio y recomendar cambios. PDVSA contrató al Gartner Group, una empresa consultora de tecnología de información reconocida internacionalmente, para examinar y calcular el valor del convenio. Ambos, el comité interno y Gartner Group, recomendaron a PDVSA no renovar el convenio a menos que se cambiaran sus términos significativamente.
• Luego de una serie de intentos de renegociar el convenio de servicios, y después de que SAIC rechazara cambiar los términos operativos, PDVSA informó a SAIC, conforme a las previsiones del contrato, que no renovaría el convenio luego de su expiración. Esta decisión fue notificada en Junio de 2002, después de que el Dr. Alí Rodríguez Araque asumiera la presidencia de PDVSA, pero la decisión sencillamente ponía en práctica las recomendaciones ofrecidas por administraciones previas de PDVSA. Esta fue una decisión exclusivamente de negocios y no política.
• OPIC concluyó que la decisión de no renovar el convenio de servicios “extinguía definitivamente la viabilidad de la empresa conjunta” y, por lo tanto, el valor de la inversión de SAIC. Sin embargo, la decisión de no renovar el contrato de servicios no fue un acto arbitrario, ni contrario a derecho, sino que se basó única y exclusivamente en razones comerciales, y fue adoptada de acuerdo con los términos contractuales.
• Aparentemente OPIC determinó que PDVSA tomó esa decisión por instrucciones del gobierno y por razones políticas. Eso es simplemente falso. PDVSA tomó esa decisión por razones estrictamente comerciales basada en sus propios estudios internos y la recomendación de una empresa de consultoría externa, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato.
• Increíblemente, la decisión de OPIC ni siquiera menciona las recomendaciones de los estudios del Gartner Group y del comité interno, los cuales fueron solicitados por una pasada administración de PDVSA.
Bajo la administración de SAIC, INTESA detuvo sus operaciones y, por lo tanto, interrumpió las operaciones de PDVSA
• INTESA y SAIC estaban obligadas a continuar prestando sus servicios durante un período de transición. En ese lapso, SAIC y PDVSA tenían la opción, aunque no la obligación, de comprar la participación del otro en INTESA.
• PDVSA llegó a negociar la compra de la participación de SAIC en INTESA. Aunque el convenio de asociación establecía los términos de la compra, SAIC insistió en condiciones adicionales. Exigía recibir el pago por adelantado de dividendos que corresponderían al año 2002. También pidió que los dividendos por adelantado estuvieran sujetos a incremento si el balance auditado del año mostraba que dichos dividendos debían ser mayores, pero que no debían disminuirse si el balance auditado mostraba que dichos dividendos debían ser menores. Asimismo, SAIC exigió que le fuera extendida una exención total de responsabilidades de cualquier naturaleza, incluidas las penales, y que incluyera a sus directores, gerentes y representantes en general. Por supuesto, PDVSA rechazó en todo momento estas precondiciones absurdas e inaceptables, por lo que se decidió esperar la realización de la auditoría anual.
• En Diciembre de 2002, comenzó el paro-sabotaje en contra de la industria petrolera venezolana. INTESA, bajo la dirección de SAIC, alentó a sus empleados a abandonar sus puestos de trabajo, lo cual interrumpió el funcionamiento de los sistemas informáticos de PDVSA y ocasionó la pérdida de capacidad operacional de la corporación.
• Cuando los trabajadores de INTESA abandonaron sus puestos de trabajo, PDVSA se vio obligada a tratar de restablecer sus operaciones de informática con un equipo de voluntarios. Tiempo después, PDVSA recuperó su normalidad operativa a fin de cumplir con los compromisos de suministro de hidrocarburos en el mercado venezolano e internacional. Por cierto, un reporte emitido en ese entonces por el Departamento de Energía de los Estados Unidos, destaca el impacto del paro-sabotaje petrolero venezolano en el sistema de refinación estadounidense y en el consecuente incremento en los precios de la gasolina en este país.
• La decisión de OPIC enfatiza el hecho de que PDVSA suspendió el acceso remoto a los sistemas. Esta fue una medida de seguridad indispensable por la magnitud de la crisis y de los riesgos inherentes a ella. El acceso remoto se suspendió no sólo para los trabajadores de INTESA sino para todo aquél que contaba con este privilegio, pues mientras PDVSA trataba de restaurar sus operaciones manualmente, ocurrían interrupciones vía acceso remoto. Era absolutamente esencial suspender el acceso remoto para recuperar el control de las operaciones. Cualquier experto en seguridad estaría de acuerdo con esto. De nuevo, es increíble que OPIC ni siquiera mencionara estas medidas de seguridad esenciales.
• Permítanme resaltar que en vista de que SAIC incumplió sus obligaciones contractuales, PDVSA hubiese podido justificar totalmente, en el marco de la ley, su rechazo a negociar con SAIC o de realizar cualquier eventual pago. Sin embargo, PDVSA no tomó ese camino.
• A pesar del descarado abandono de SAIC de sus obligaciones, PDVSA continuó tratando de negociar la disolución responsable de INTESA, en conformidad con los términos establecidos en el convenio de asociación. PDVSA dejó claro en todos estos esfuerzos que pagaría a SAIC su parte del valor de la empresa conjunta, según lo determinara una auditoría independiente, de acuerdo con el contrato.
• SAIC ha rechazado incluso reunirse con PDVSA. También ha rechazado permanentemente realizar una auditoría independiente de los libros de INTESA. Tal auditoría es particularmente importante porque los auditores externos regulares de INTESA rechazaron certificar la validez de sus estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal 2002. PDVSA, por supuesto, no puede efectuar un pago basada en suposiciones y estados financieros no auditados.
SAIC ha intentado obtener una solución política rápida al ir a OPIC
• SAIC ha introducido un reclamo ante OPIC alegando que PDVSA y el Gobierno de Venezuela han confiscado su inversión en INTESA, lo cual es falso.
• OPIC falló a favor de SAIC, en un proceso en el que PDVSA ni siquiera tuvo acceso al contenido de la reclamación de SAIC. La decisión de OPIC simplemente ha ignorado los hechos presentados por PDVSA y ha aceptado como verdaderos todos los alegatos de SAIC. Aún más, su alcance no ha sido establecido; PDVSA desconoce el monto de la indemnización que le ha sido otorgada a SAIC.
• Es pertinente mencionar que la persona encargada en OPIC de valorar el mérito de la reclamación, llegar a conclusiones y elaborar el memorándum de determinación, estuvo laborando en una empresa que ha tenido vínculos comerciales con SAIC.
• A lo largo de todo el proceso, OPIC ha tratado de presionar a PDVSA para realizar un pago a SAIC a fin de acabar con esta disputa y evitar cualquier controversia que pudiera ocurrir como resultado de una determinación de OPIC. Sin embargo, nosotros sencillamente no podemos ceder a tal coacción. PDVSA tiene una reputación pública que preservar y no puede pagar dinero que legalmente no debe.
PDVSA trata de lograr una solución legal para refutar la decisión de OPIC
• El convenio entre SAIC y PDVSA establece que cualquier disputa entre las partes debe ser resuelta a través de arbitraje. SAIC se ha rehusado a participar en arbitraje y, en lugar de ello, ha buscado una solución rápida en OPIC, donde sólo una de las partes ha estado en posibilidad de sostener su caso. Ese no es el foro apropiado para resolver disputas comerciales, ni lo previsto en el contrato.
• De acuerdo con los términos del convenio, PDVSA ha buscado ir al arbitraje bajo las reglas de la Cámara de Comercio Internacional. En el proceso de arbitraje todas los asuntos que han originado la disputa, incluyendo las cantidades de dinero que pudieran deberse las partes, serán decididas.
• Cualquier reclamo que SAIC pudiera tener sería resuelto por el proceso de arbitraje internacional independiente. PDVSA está dispuesta a regirse por las decisiones de este proceso de arbitraje y por sus compromisos originales con SAIC. Nosotros confiamos en el resultado.
• Al mismo tiempo, reafirmamos nuestro compromiso con el respeto y estímulo de las inversiones foráneas en Venezuela, así como de las relaciones comerciales con los Estados Unidos, fundamentalmente en el área energética.
Muchas gracias.