La otra Ley Antibloqueo

Una vez que la Asamblea Nacional Constituyente, debatió en sus Comisiones respectivas, la propuesta de Ley presentada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, ésta fue presentada en Plenaria para la consideración de los presentes, quienes hicieron el quorum de ley. La propuesta, fue leída en voz alta, como pudo constatar el pueblo venezolano por radio y tv, y sometida su aprobación a criterio de las y los constituyentes que asistieron a la Sesión plenaria, y se aprobó por unanimidad. Completamente absurdo, la actitud de algunos constituyentistas que –irresponsablemente-dejaron de asistir a la plenaria y luego, en búsqueda de protagonismo mediático, pretenden presentar sus votos contrarios a la Ley, en especial, cuando no lo hicieron en su debida oportunidad, rehuyendo el debate. Lo concreto, es que la Ley Antibloqueo para el Desarrollo nacional y la Garantía de los Derechos Humanos, hoy es Ley Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela. Aquí, es importante desmentir que dicha Ley implicaba una derogación de la Constitución de la República, como afirmaron desde el Frente Imperialista (Fedecámaras, AD, Copei, VP, PJ, PCV, ARP, entre otros). Una Ley Constitucional, como cualquier otra Ley, está por debajo, en rango, de la Constitución que es la Ley Suprema. Con el simple conocimiento de esa verdad, de perogrullo, se desmiente por sí misma toda la argumentación esgrimida por los agentes del imperialismo. Ese deseo, de algunos factores que integran el Frente Imperialista Contra la Ley Antibloqueo de pretender privatizar a PDVSA, la propia Constitución Bolivariana, lo desmiente de manera concluyente: "Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A." (Art. 303, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela). Y, esa norma de rango Constitucional, solo puede ser derogada mediante un golpe de Estado, como lo intentaron el 12 de abril de 2002 con la aprobación del Acta de constitución del Gobierno de Transición Democrática y Unidad Nacional, que disolvió todos los poderes públicos y la propia Constitución Bolivariana de 1999, o mediante la aprobación irrita e inconstitucional, de un Estatuto de Transición, aprobada por la Asamblea Nacional presidida por Juan Guaido, por fortuna en desacato, así declarada por el máximo Tribunal de la República, condición que inutiliza todos sus actos legislativos; o mediante la aprobación de una nueva Constitución, emanada del Poder Constituyente. No puede, una simple Ley, aún de rango constitucional, colocarse por encima de la Ley Marco de la República, la Ley de leyes. Si algo ha quedado en evidencia, es que quienes en 1999, convocaron a los venezolanos y venezolanas a rechazar, votando en contra de la aprobación de la Constitución Bolivariana, todavía –pasados 20 años- mantienen intacto su rechazo a esa extraordinaria Carta Magna. La única, que en toda la historia de la República, ha sido aprobada en referendo popular mayoritariamente.

Importante recomendar, a nuestros lectores y lectoras, la lectura de la Sentencia N° 808 de fecha 2 de septiembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara nula de toda nulidad, carente de validez, existencia y eficacia la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 2.165 con Rango y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación de Oro, así como las Conexas y Auxiliares a Esta; sancionada por la mayoría de los diputados que integran la Asamblea Nacional en desacato, el 9 de agosto de 2016, mediante la cual, esa Asamblea Nacional que hoy preside la oposición, pretendió abrirle un boquete al mandato Constitucional de protección a PDVSA. Pretendió hacer, lo que hoy acusan al Presidente Maduro de pretender hacer, ergo privatizar PDVSA. Y curiosamente, el único actor que salió en la defensa de los bienes nacionales, fue el mismísimo Presidente Maduro quien, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, introdujo una Solicitud de Invalidez del mencionado acto legislativo, emanado de una Asamblea Nacional, en total desacato. La Sala Constitucional, en su referida Sentencia fue clara en cuanto a que: "…la Constitución es suprema en tanto es producto de la autodeterminación de un pueblo, que se la ha dado a sí mismo sin intervención de elementos externos y sin imposiciones internas. Así, la Constitución viene a ser, necesariamente, la norma fundamental a la cual se encuentran vinculadas las múltiples formas que adquieren las relaciones humanas en una sociedad y tiempo determinados."

El Frente Imperialista contra la Ley Antibloqueo, construyó una campaña negativista contra la Ley. No realizó una sola contrapropuesta, y se enfocó en la creación del miedo a la Ley, hablar mal del PSUV e incluso del propio Presidente Maduro, a quien calificaron como "traidor" del legado del Comandante Chávez, reeditando aquella campaña electoral presidencial de 2013: "Maduro no es como Chávez". Se articularon todos en una campaña de calumnias, mentiras, infamias, injurias, ofensas personales, difamaciones, incluso, denostaciones e intromisiones en la vida privada del Jefe de Estado. El imperialismo, aprovechó la oportunidad que abrió el Presidente Maduro, con motivo de la Ley, para presentar a la opinión pública venezolana un liderazgo bolivariano, integrado por personajes nocivos y pasado oscuro, que –supuestamente- amenaza y coloca en riesgo la credibilidad y vigencia a las instituciones democráticas, la estabilidad de las finanzas públicas y el futuro de la población. En el claro objetivo de restar, minar la reputación de los proponentes de la Ley, generar dudas y crear desconfianza entre los futuros votantes en las elecciones convocadas para el venidero 06 de diciembre de los corrientes. Sí, el debate de la propuesta de Ley Antibloqueo, desde el Frente Imperialista se convirtió en un vulgar debate pre-electoral. Poco le importaron las urgencias de este pueblo, al cual le van a pedir su voto el venidero 6D. Penurias, por cierto, creadas y solicitadas por esos mismos del Frente Imperialista. Sanciones imperialistas y bloqueo financiero, que solicitaron y reivindicaron, con esmerado placer; muy propio del criminal que disfruta de la muerte de su adversario, solo que, en este caso, se trata de 30 millones de venezolanos y venezolanas, quienes han sufrido en carne propia, las adversidades generadas por el Frente Imperialista, y que aún pretenden que persistan. De allí, su desacuerdo con la aprobación de dicha Ley. "¿Política? Yo no hago política. Me repugna", exclamaba Hitler. Quizás por eso, su herencia para la historia consistió en una Europa devastada por la guerra y un genocidio para la historia. El asesinato masivo de seres humanos, lo reivindican como una proeza. ¿Alguna diferencia entre Hitler y Trump?

Juan Guaidó, líder del Frente Imperialista, se pronuncia después de aprobada la Ley Antibloqueo y repite lo dicho por el prófugo de la Justicia venezolana, Rafael Ramírez, tuitea Guaidó: "Una operación del dictador para seguir saqueando al país y raspar la olla, dictada por un ente fraudulento como la Constituyente, no puede llamarse ley". Si Ramírez, saqueó a PDVSA, Guaidó saqueó a Venezuela entera, sus cuentas y empresas en el exterior, comenzando por CITGO. El PCV, le acompaña ahora en su cruzada contra Venezuela, y el secretario general del Partido Comunista de Venezuela, Oscar Figuera, se pronuncia en otro medio de la derecha nacional, Unión Radio, cuestionando el supuesto artículo 14, que habla –según Figuera- de un supuesto régimen de confidencialidad lo que significaría para éste, que: "el Ejecutivo y sus ministros puedan hacer lo que consideren y nadie podrá denunciarlos y quien lo haga estarán sujetos a sanciones penales". ¡Vaya barbaridad! ¿En qué país has vivido estos últimos 20 años de tu vida, Figuera? Pero, qué dice el artículo 14 del texto –original- aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente, léamos: "Responsabilidad Individual: Artículo 14. Todo acto público acarrea responsabilidad individual. Cualquier desviación en la aplicación de los propósitos de tutela constitucional y protección de los derechos de la República y su población, que pueda constituir delito, acarrea responsabilidad civil, administrativa y penal conforme a la legislación nacional aplicable…" Por lo que se lee, obviamente, ese artículo 14 no tiene nada que ver con las preocupaciones del secretario general del PCV, desconocemos cuál –supuesta- ley antibloqueo, leería para sustentar sus posiciones contrarias a la Ley debatida por los y las Constituyentes. Pero, si algo es cierto y verídico, es que esa no es la Ley debatida por la Asamblea Nacional Constituyente. Quizás, se trate de otra ley que les aportó su nuevo líder del Frente Imperialista, Juan Guaidó, para que opinaran. Elaborada por su jefe de propaganda, Alberto Federico Ravell, y fue sobre esa otra ley que opinó el PCV. Obviamente, cayeron por inocentes y Guaidó, los envolvió en traición a la Patria, su delito predilecto. Nuestro sentido pésame, las traiciones las cobra muy caras el pueblo venezolano, con intereses muy altos incluidos y durante años y años…

Caracas, 10-10-2020



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Henry Escalante


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