Expectativa contra la tutela del derecho

En Nuestra Venezuela actual, totalmente politizada entre aquellos que añoran la época de la IV República y quienes apoyamos la Revolución Bolivariana. Se cruzan frontalmente las valoraciones conceptuales de los Derechos del pueblo plasmados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Tomemos por ejemplo el Derecho de la Educación. Consagrado en nuestra Carta Magna. Y es entonces cuando un opositor, con vehemencia asegura que eso es un Derecho para todos. Y no deja de tener razón. Los Derechos expresados en nuestra Constitución amparan a todos los venezolanos. El punto debe centrarse en el momento histórico. Cuando los Derechos Constitucionales fueron ubicado en el campo de la expectativa. Y cuando fueron efectivamente tutelados

En la IV República los Derechos Constitucionales fueron indiscutiblemente en el Campo de la Expectativa del Derecho. Entendiéndose como tal "La esperanza de adquisición de un Derecho. Un saludo a la bandera. En contraposición al Derecho Tutelado, que se traduce como la protección jurídica efectiva de los Derechos Constitucionales. Veamos como dije anteriormente el Derecho de la Educación. Hoy tutelado por la Revolución Bolivariana.

En los primeros 16 años de Revolución, la matrícula en educación inicial, que incluye niños de entre cero y seis años de edad, pasó de 45 a 77%; la primaria, que incluye niños de seis a 12 años, se incrementó de 86 a 96%; la secundaria, que abarca a jóvenes de entre 12 y 18 años, subió de 48 a 76%. Observen los valores porcentuales.

El sector Universitario presenta, 300.000 bachilleres que ingresarán este año a universidades públicas de todo el país –entre ellas, las 30 creadas por el Estado en los últimos años– lo que representa un hecho histórico, puesto que por primera vez tantos jóvenes se incorporan a estudios de pregrado en Venezuela. Hoy no existen los comités de Bachilleres sin cupo, muy numerosos en época de la IV República. Y en Revolución somos el quinto país del mundo con mayor matrícula universitaria.

Estas dos referencias comparativas, de políticas públicas de periodos diferentes. Entre lo que fue el bipartidismo o Puntofijismos y la Revolución Bolivariana. Ilustra claramente lo que es una diferencia entre la EXPECTATIVA y la TUTELA de los Derecho Constitucionales. Los números estadísticos demuestran fehacientemente, lo que es la Expectativa de un Derecho, de la Tutela efectiva de los mismos. No existía en la IV República una real protección de los Derechos Constitucionales. Estos eran un saludo a la Bandera.

Camaradas en Revolución, los avances son perfectamente cuantificables. Son medidos, llevan registros tangibles que exponen la realidad concreta de las Políticas Publica, que determinan la protección y la tutela efectiva de los Derechos expresados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Como Revolucionario debemos hacer nuestra, un Principio del Matemático Ingles Lord Kelvin "Cuando usted pueda medir aquello de lo que esta hablando y lo expresa en número, sabe algo de eso; pero cuando no puede medirlo, cuando no puede expresarlo en número, sus conocimientos son escuetos, nada satisfactorio" He aquí una de las tantas diferencia entre un Revolucionario y un Escuálido. Sabemos lo que hablamos, sabemos lo que defendemos, sabemos el legado de Chávez y sabemos lo que apalanca la Revolución

elianoacosta@gmail.com

 

 



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Eliano Jesús Acosta Cuartin

Abogado. Especialista en Derecho Procesal Penal. Asesor en Prevención, Control y Pérdida. Fraudes Corporativos, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo del Sector Petróleo

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