El nuevo Contrato Social

Este nuevo tiempo marca el camino a un cambio; un cambio que no viene dado por circunstancias extrañas, sino reales, incipientes, producto de un inmenso desgaste. El analista brasileño Boaventura de Sousa Santos, en un texto titulado “Los retos de la democracia” (2004), expone un criterio bien ajustado a la realidad de ese cambio que se ha avizorado en Latinoamérica en los nuevos tiempos. El criterio está basado en que en los sistemas democráticos los mueve el equilibrio entre la inclusión y la exclusión.

El contrato social al cual se hace acreedor el ciudadano de hoy, es un contrato que para establecer su base legítima estimula acciones de exclusión que garantice la subsistencia de un aparato político-social desde donde el colectivo tenga respuesta a sus necesidades.

En este aspecto, Sousa Santos nos describe los criterios de exclusión que hacen posible una inclusión en la realidad latinoamericana: 1.- El contrato sólo incluye individuos y asociaciones; 2.- Ciudadanía territorialmente fundada. Sólo los ciudadanos son parte del Contrato; y 3.- Comercio público de los intereses. Sólo los intereses que pueda expresar la sociedad civil son objeto de contrato. El contrato social, en definición de Sousa Santos, es la metáfora fundadora de la racionalidad social y política de la modernidad occidental.

Es de este modo que el contrato social moderno se sustenta en la lógica inclusión/exclusión, donde los “…excluidos de un momento surgen en la siguiente como candidatos a la inclusión y, acaso, son incluidos en un momento ulterior. Pero debido a la lógica operativa del Contrato, los nuevos incluidos sólo lo serán en el detrimento de nuevos o viejos excluidos…” (2004, 3)

A todas estas, la inclusión, como objetivo del nuevo contrato social, sólo es posible bajo condiciones de un liderazgo político; ese contrato que definía tanto la relación mutua de los individuos, concebidos como sujetos morales libres como la relación de éstos con el gobierno y por este proceso estructura una sociedad bien conformada, hoy se encuentra ante una realidad más compleja; las ideas se presentan formuladas de modo sistemático, manteniendo la influencia de de los pensadores protestantes que en el pasado buscaron un principio democrático con el que oponerse a la teoría autoritaria del derecho divino de los reyes, que era el resultado de trasladar al campo político su concepto de autonomía moral del individuo.

Finalmente, la teoría de un pacto social, o contrato social, entre los individuos de una sociedad fue inseparable de la doctrina del derecho natural. Las principales teorías relativas al contrato social, que en el pasado tuvieron como exponentes a pensadores como los ingleses Thomas Hobbes y John Locke y el filósofo francés Jean-Jacques Rousseau, en la actualidad tiene como exponente al colectivo mismo. La ideologización de la participación ciudadana hoy toma el control del interés social, y es la que tiene la última palabra en la adjudicación de un nuevo orden de inclusión donde el hombre esté por encima de las circunstancias.



*.-ramonazocar@yahoo.com


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Ramón Azócar

Doctor en Ciencias de la Educación/Politólogo/ Planificador. Docente Universitario, Conferencista y Asesor en Políticas Públicas y Planificación (Consejo Legislativo del Estado Portuguesa, Alcaldías de Guanare, Ospino y San Genaro de Boconoito).

 azocarramon1968@gmail.com

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