21-06-25.-La justicia española ha dado por concluida la investigación penal contra Raúl Gorrín, propietario del canal venezolano Globovisión, al no encontrar pruebas suficientes que respalden las acusaciones en su contra por supuesto blanqueo de capitales relacionado con la empresa estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa).
Según un auto firmado por la magistrada María Tardón, de la Audiencia Nacional, al que tuvo acceso la agencia EFE, la causa ha sido archivada tras más de cinco años de indagaciones sin que se lograran evidencias concluyentes. “No se ha llegado a corroborar, más allá de las invocadas sospechas de encontrarnos ante operativas sospechosas de blanqueo de capitales (…), que los que al investigado se atribuyen puedan tener como origen el producto ilícito de la comisión de algún hecho delictivo”, explicó la jueza.
La decisión fue tomada a solicitud del propio Gorrín, a pesar de que la Fiscalía Anticorrupción se opuso al cierre del expediente y solicitó la práctica de nuevas diligencias para esclarecer completamente los hechos.
Gorrín había sido imputado en 2019, después de que un informe policial español lo vinculara con una presunta operación irregular mediante la cual la firma venezolana Rantor Capital otorgó una línea de crédito a Pdvsa. Posteriormente, en diciembre de 2014, ese derecho de cobro fue transferido a la empresa Eaton Global Services, que, de acuerdo con las pesquisas, estaría bajo el control de Gorrín.
El informe sostiene que “el destinatario de 600 millones de dólares recibidos de la petrolera como parte de la supuesta línea de crédito” fue Gorrín, y que esos fondos se habrían justificado ante entidades financieras mediante “contratos falsos”, en complicidad con los también investigados José Vicente Amparan Croquer y Hugo André Ramalho Gois.
En su defensa ante la justicia española, Gorrín presentó una resolución de un juzgado de Caracas fechada en 2020, la cual, a solicitud del Ministerio Público, decretaba el sobreseimiento de la causa penal en Venezuela vinculada con la mencionada línea de crédito y ordenaba la devolución de los préstamos.
La Fiscalía española, en su escrito de oposición, había solicitado que se realizara una comisión rogatoria a Venezuela para verificar la autenticidad del documento presentado y recabar más información sobre el proceso penal abierto contra el empresario en ese país.
No obstante, la jueza Tardón rechazó esta petición, considerando que el documento había sido “debidamente testimoniado y bastanteado con la Apostilla de la Convención de La Haya”. A juicio de la magistrada, no era necesaria ninguna otra actuación judicial en Venezuela.
En virtud de todo lo anterior, la jueza concluyó que procede el sobreseimiento de la causa, pues “no solo es acertado sino claramente una obligación” cerrar el caso, con el fin de no prolongar injustificadamente un proceso penal “una vez constatada suficientemente la inexistencia de indicios racionales de criminalidad”.