Lo consideran indispensable para evitar fraudes electorales

Demanda para que no haya Fraudes: AIPO invita a personas y organizaciones sociales para que adhieran demanda por inexistencia del Registro Electoral Permanente (REP)

Nota de Aporrea: El contenido de la información y las opiniones son responsabilidad de sus autores

Anticorrupción Interpelación Popular Organizada (AIPO), invita a toda persona que tenga interés por los problemas electorales a Adherirse a la Demanda Ejercida ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la Sala Constitucional, el 18/12/03.

Debe explicarse a los lectores que la demanda de AIPO obedece a la INEXISTENCIA DEL REP COMO REQUISITO INDISPENSABLE PARA QUE HAYA CUALQUIER TIPO DE COMICIOS.

LA NO EXISTENCIA DEL REP no es un invento. No existen las planillas personalizadas con los datos, firma y huella dactilar de cada votante. Lo que hay es simplemente una base de datos que no permite verificar realmente las identidades y por ello estamos expuestos al fraude, al error y a la ilegalidad. Esto debe ser resuelto para que pueda haber comicios transparentes y válidos en Venezuela.

Al final del texto introductorio hay instrucciones sobre cómo hacer el documento para persona natural o jurídica; es decir, cualquier tipo de organización bien constituida, asociación, movimiento, etc.

Los demandantes (AIPO) estuvieron representados en este acto por su Presidenta Fresia Ipinza R* EXPEDIENTE AA50-T-2003-003269, PONENTE EL MAGISTRADO JESÚS EDUARDO CABRERA*, con la asistencia del abogado en ejercicio Gastón Saldivia Dáger, de conformidad con los artículos 2, 7, 26 y 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, “la interpretación de los artículos 63 y 293.7 eiusdem” (Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral).

Se hizo sobre la base de las siguientes consideraciones, afirma AIPO: “Cuando ejercimos la interposición de la presente solicitud, es porque pretendemos ir más allá de una posible interpretación política o circunstancial; nosotros estamos en la búsqueda de desnudar el lenguaje oculto del poder, basándonos en la lucha contra la Captura del Estado: Sistema impuesto por la oligarquía en el siglo XVIII, y los sistemas financieros, como forma de control sobre los poderes políticos y económicos, que instauró los mecanismos del tráfico de influencia, la corrupción y la plusvalía del poder, que sólo han generado el hambre y las insuficiencias de la democracia” (leer en APORREA la demanda en cuestión,18/12/03, primera vez en la historia que ha sido publicada una demanda http://aporrea.org/dameverbo.php?docid=12546 ).

El nuevo Poder Electoral se ejerce por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) como ente rector; no obstante –dice AIPO- para nadie es un secreto, que es ésta una de las instituciones más corruptas y pútridas existentes en el país, haciendo la salvedad de que es en esta institución donde se legitima la distribución de las cuotas de poder para gobernar a Venezuela; es a través de esta institución que la sociedad civil ejerce su derecho al voto mediante elecciones LIBRES, UNIVERSALES, DIRECTAS Y SECRETAS.

Pero, en esta institución -aseguran los demandantes- se han cometido las más variadas formas de violaciones y fraudes a la libertad y a la democracia. “Lo decimos con conocimiento de causa: Han sido innumerables las gestiones que, por ante el hoy Consejo Nacional Electoral (C.N.E), hemos venido ejecutando desde antigua data como veedores comprometidos en el logro de procesos electorales confiables y transparentes, sobre la consideración de que ello es la única forma de construir la patria buena sobre cimientos de institucionalidad democrática y paz social; han sido más de 10 años intentando descifrar la estructura del CNE, resumiendo que es un organismo que nos urge reprogramar y reconducir, impedir los continuos fraudes electorales a que somos sometidos, y por ende, que se continúen burlando de los electores elegibles, no importa cual sea su tendencia, pues en el fondo somos todos seres civilizados.”

Considera AIPO, que “para NO SEGUIR VIVIENDO BAJO LA ESTRUCTURA DE LA CAPTURA DEL ESTADO, LA MENTIRA y LOS INTERESES BASTARDOS, es necesario que de una vez por todas enfrentemos sus deformaciones (del Estado) CON LA VERDAD, porque LA NO EXISTENCIA DEL REP no es un invento, o una omisión obrada por nuestra organización o individualidades, ¡no!”

Los miembros de Anticorrupción e interpelación Popular Organizada afirman que han sido responsables de esto cada uno de los miembros que han formado parte de ese poder electoral año tras año, gracias a sus incompetencias y debilidades pancistas de no favorecer la democracia sino a los maquiavélicos intereses de sectores que nos han sometido a fracaso tras fracaso, en las practicas electorales.

Opinan que “no se puede ser tan autista e irreverente con cada uno de venezolanos que sí hemos creído que la práctica y el derecho al voto es un derecho humano inalienable para la libertad. Es aquí que el razonamiento usado por unas minorías, que son los que han venido manejando los poderes instituidos, (cualquier sea su origen) insiste en continuar aplicando inconvenientemente gazapos que entorpecen la transparencia y el funcionamiento de uno de los derechos inalienables del ser: el ‘derecho al sufragio’, considerando la existencia previa de una correlación de los términos, aplicables para cada uno de los sistemas electorales vigentes y a su vez establecidos en las leyes. No obstante estas minorías, más allá de continuar desconociendo la existencia del Imperio de la Ley, y considerando a la Ley, más como forma, que de fondo; utilizan sus propios códigos, ya que su única preocupación es manejar la distribución del poder, no los procesos electorales o refrendarios como tales.

*Fresia Ipinza se ha destacado en la lucha contra la usura y los abusos de la banca con los créditos indexados y el Magistrado Jesús Eduardo Cabrera ha sido ganancioso en las demandas ejercidas a tal respecto.

 

TEXTO PARA EL DOCUMENTO DE ADHESIÓN PARA PERSONAS NATURALES

Ciudadano presidente y demás miembros

Magistrados de la Sala Constitucional del

Tribunal Supremo de Justicia.

Presente.

Causa Signada 03-3269

En horas de despacho del día de hoy xxx (en letra), (x) en numero, de Enero del 2004, comparece por ente la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la ciudadana o el ciudadano (nombres y apellidos como los contiene en la Cédula de identidad) venezolana o venezolano, mayor de edad, sin ningún tipo de impedimento legal, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- xxxxxx

De profesión xxxxx, ocurro respetuosamente ante ustedes en mi calidad de electora o elector, para exponer mi decisión de ADHERIRME voluntariamente a la Solicitud de Interpretación Constitucional, signada bajo el Nº 03-3269, interpuesta por la Asociación Civil Anticorrupción Interpelación Popular Organizada (AIPO).

Motivo la presente adhesión debido a que estoy en pleno conocimiento de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no posee un sistema apto e idóneo para la verificación de las firmas ( rúbricas) y la Impresión dactilares ( Huellas). Asi mismo avalo en pleno el contenido expresado en la solicitud de“la interpretación de los artículos 63 y 293.7 eiusdem” (Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral) de conformidad con los artículos 2, 7, 26 y 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Es todo, se terminó, se leyó y conforme firman                           

El Secretario.                                                                                                               La Exponente o El Exponente (más la CI)

 

TEXTO PARA EL DOCUMENTO ADHESIÓN PARA PERSONAS JURÍDICAS

Ciudadano presidente y demás miembros

Magistrados de la Sala Constitucional del

Tribunal Supremo de Justicia.

Causa Signada 03-3269

Presidente y demás Magistrados de la Sala Constitucional

del Tribunal Supremo de Justicia.

Presente.-

En horas de despacho del día de hoy xxx (en letra), (x) en numero, de Enero del 2004, comparece por ente la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nosotros los Ciudadanos, miembros de la Organización tal, asociación civil inscrita, el (día) de (Mes) de (año), por ante la Oficina Subalterna de Registro del xxxx Circuito del Municipio xxxx, bajo el nº xx, tomo xx, protocolo xxx, representada en este acto por su Presidente(a) (en caso de que este suficientemente facultado para ejercer el acto), venezolano o venezolana, jurídicamente capaz, de este domicilio, titular de la cédula de identidad xxxx, (ojo, en caso de ser varios miembros que se quieran adherir, llene así) nombre y apellido de cada uno, y luego la Cédulas de identidad en el mismo orden en que se encuentran los nombres, Jurídicamente capaces, de este domicilio, De profesión (s) xxxxx, ocurro (ocurrimos) respetuosamente ante ustedes en mi calidad de electora o elector, (en caso de ser varios en nuestra calidad de electores para exponer mi decisión de ADHERIRME voluntariamente a la Solicitud de Interpretación Constitucional, signada bajo el Nº 03-3269, interpuesta por la Asociación Civil Anticorrupción Interpelación Popular Organizada (AIPO).

Motivo la presente adhesión debido a que estoy en pleno conocimiento de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no posee un sistema apto e idóneo para la verificación de las firmas (rúbricas) y la Impresión dactilares (Huellas). Asi mismo avalo en pleno el contenido expresado en la solicitud de“la interpretación de los artículos 63 y 293.7 eiusdem” (Mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral) de conformidad con los artículos 2, 7, 26 y 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Es todo, se terminó, se leyó y conforme firman                                                     

El Secretario                                                                                                                                      Los Exponentes (más la CI)

 

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA ADHESIÓN UNA VEZ ELABORADOS Y FIRMADOS LOS DOCUMENTOS RESPECTIVOS:

1. Ciudadanos que se van a adherir en Caracas:

- Llevar el documento al T.S.J., 5° Piso, Sala Constitucional, entre las 9 a.m. y 2 p.m., de martes a jueves (Días de Despacho).

- Tendrán que asistir todas las personas que sean nombradas en los documentos para firmar la adhesión en el T.S.J.

2. Ciudadanos del Interior:

- Inicialmente, pueden adherirse a través de la página Web del Tribunal Supremo de Justicia ( www.tsj.org.ve ) Sala Constitucional, indicando el N° del Expediente.

- Antes del tercer día deberán presentarse los firmantes para estampar su firma en el TSJ o su adhesión quedará nula.

PARA ACLARAR DUDAS O RECIBIR INDICACIONES COMUNICARSE CON AIPO A TRAVÉS DEL SIGUIENTE CORREO: intocables_5@hotmail.com



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