Ley habilitante por el derecho a la vida

I

Toda nuestra América está herida, al igual que la Pacha Mama, por el modelo capitalista que se apropia y derrocha todo: lo renovable y lo no renovable.

En los últimos días, los pueblos de la Patria del Padre Bolívar han sufrido las violentas convulsiones de un planeta sin equilibrio biológico, biopsicosocial, bioenergético ni bioeconómico.

El gobierno del camarada Hugo Chávez Frías, ha respondido con un tratamiento revolucionario, primero en el salvamento, rescate y atención de la gente, luego solicitando de una Ley Habilitante para atender cada uno de los desequilibrios que afectan la vida misma.

La Asamblea Nacional con mayoría revolucionaria, consciente y atenta del mandato constitucional y de las razones humanitarias que mueven al camarada Chávez, aprobó la Ley Habilitante por 18 meses delegando funciones en los 9 principales ámbitos que se distinguen en la situación de calamidad generada por las lluvias anormales sobre zonas de pobreza acumulada.

Con lluvias de la misma intensidad, el desastre en Australia y Venezuela no es de la misma magnitud. La cosa es directamente proporcional a la pobreza.

¡Bienvenida la Ley Habilitante!

II

La Ley Habilitante fue promulgada inmediatamente por el camarada Chávez. Es importante conocer, divulgar y defender la esencia de los 9 ámbitos sobre los cuales se legislara:

  • El primer ámbito es para la atención integral de las necesidades humanas vitales y urgentes, provocadas por la pobreza y de las lluvias. “Derrumbes  inundaciones y otros eventos producidos por la problemática ambiental.  Esto tiene varios apartes, este es el primer de los ámbitos, el más urgente”, destacó Chávez.
  • El segundo ámbito cubre Infraestructura, Transporte y Servicio Público.
  • El tercer ámbito tiene que ver con la vivienda y el hábitat.
  • El cuarto ámbito es para la Ordenación Territorial, el Desarrollo Integral y del uso de la Tierra Urbana y Rural.
  • El quinto ámbito cubre el tema financiero y tributario.
  • El sexto ámbito atiende la Seguridad Ciudadana y Jurídica.
  • El séptimo ámbito toca lo relativo a Seguridad y Defensa Integral.
  • El octavo ámbito desarrolla la Cooperación Internacional y
  • El noveno ámbito atenderá todo lo relacionado con el Sistema Socioeconómico de la nación.

¡Viva la Habilitante por la vida!

III

Esta Ley Habilitante ha surgido en la antesala del cambio de diputados y diputadas en la Asamblea Nacional y de la correlación de fuerzas en su seno.

Esto enervó a la oposición apátrida y a sus tutores del norte, en voz de una tipa llamada Ileana Ros-Lehtinen, congresista por el partido republicano, porque a ellos no le importan ni pobres ni damnificados.

La tragedia necesitaba respuestas urgentes y audaces, en el marco constitucional, a favor de los intereses colectivos. En Venezuela no hay tiempo ni voluntad para pedir permiso a la Casa Blanca.

Para cerrar, esta Ley Habilitante durará 18 meses, griten, chillen o pataleen la MUD y los Gringos, porque nuestra Constitución Nacional al tiempo que establece los referendos populares para las leyes, en el Artículo 74, tiene una excepción que protege a la Ley Habilitante por el derecho a la vida:

    “No podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que establezcan o modifiquen impuestos, las de crédito público ni las de amnistía, ni aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales”. 

¡Patria Socialista o Muerte, Venceremos! 


aadarfio@hotmail.com



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Alexis Adarfio Marín


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