Propuestas para la ley habilitante

La solicitud del presidente de la República a la Asamblea Nacional para que se
le autorice, por medio de Ley Habilitante, el dictado de decretos con valor,
rango y fuerza de ley de la República por en el término legal que así de
establezca, es una oportunidad extraordinaria para que se active el PUEBLO
LEGISLADOR, por los diversos canales públicos, comunitarios y sociales, con
propuestas concretas para ser conocidas y consideradas por el comandante Chávez
y su equipo de asesores, con el objeto de ser aprobadas durante la vigencia de
esta autorización legislativa establecida en la Constitución vigente.

Dos son temas relacionados sobre los cuales estimo importante llamar la atención
sobre las leyes que deberían ser sometidas a estudio y decisión presidencial.

La Primera de ellas se refiere a la necesidad de aprovechar al máximo la
disponibilidad y uso del inmenso capital humano y técnico de que dispone la
Administración Pública Nacional, de los Estados y Municipios y de la
Administración Pública Descentralizada de esos tres niveles de gobierno, con el
objeto de todos los funcionarias y los funcionarias puedan ser transferido,
reasignados y reubicados, según las necesidades de servicio, de manera
permanente, mediante acto motivado recurrible (en un solo efecto) en sede
administrativa, con el objeto de aprovechar al máximo posible las capacidades y
experiencias de los recursos humanos del servicio publico, que en este proceso
de transición esta distorsionado por una acumulación excesiva y un deficiente
aprovechamiento de tales recursos en áreas del viejo aparato administrativo
estatal, mientras en otras áreas se evidencia insuficiencia de personal
calificado, lo cual pretende solucionarse mediante contrataciones por tiempo
determinado, lo cual acrecienta el costo financiero de los servidores públicos y
genera tensiones permanente en los organismos públicos.

Se trata de asumir una nueva concepción sobre la Función Pública a partir de la
parte primera del artículo 145 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela que a la letra dispone:” Los funcionarios públicos y las funcionarias
públicas están al servicio del Estado..”; por lo que, su destino de servicio no
debe ser únicamente el órgano de su ingreso, sino que podría modificarse en
tanto existan razones fundadas y debidamente motivadas para que su valiosos
servicios pudieran ser prestados en otras áreas de la Administración Pública;
cambio sustancial en nuestra normativa laboral pública que no solo favorecería
el aprovechamiento eficiente y eficaz de los valiosos recursos humanos de la
Administración Pública sino que racionalizaría su creciente costo financiero y
la daría oportunidad de desarrollo personal y laboral a quienes se sienten
atrapados en destinos laborales insatisfactorios o, inadecuados.


En segundo lugar, es esencial resolver el delicado problema de las áreas de
Seguridad y Defensa existentes en la Administración Civil, en la que resulta
necesario modificar la vieja estructura y condiciones de ingreso, permanencia,
ascenso y terminación de servicios, con el fin de reorganizar la ubicación de
valiosos recursos humanos de alta calificación profesional y experiencia laboral
que, a causa de las estrecheces e inflexibilidades de la normativa laboral
pública general o, de leyes y reglamentos especiales, generan hipertrofias
disfuncionales en el Servicio Público, las cuales deben ser corregidas, no solo
en beneficio de la Administración Pública sino, incluso, en favor de los mismos
funcionarios y funcionarias que se sienten estancados en su desarrollo laboral,
pudiendo hacer un aporte significativo al desarrollo del país en otro servicio,
cónsono con sus expectativas laborales

En ese sentido, pareciera conveniente la utilización de la legislación
excepcional prevista en la Ley Habilitante crear una normativa especial
unificada de todas las áreas civiles relacionadas con Seguridad y Defensa,
(Relaciones Interiores, Relaciones Exteriores, por ejemplo), con el fin de
revisar las estructuras, modificar las condiciones de ascenso, permanencia y
retiro de los servidores y las servidoras públicas que laboran en esas áreas,
que garanticen aprovechamiento más eficiente de tales recursos, tomando en
cuenta las nuevas realidades de un país condicionado por los intentos
subversivos de sectores políticos internos y, las operaciones de
desestabilización promovida por el gobierno de los Estados Unidos y sus aliados,
quienes pretenden derrocar el proceso revolucionario bolivariano y socialista
que dirige el comandante Hugo Chávez Frías y, frente a lo cual, resulta
imprescindible contar con un servicio público en el área civil de la Seguridad y
Defensa Nacional, consciente y comprometido plenamente, con la defensa de las
instituciones republicanas, el sistema democrático adoptado por el pueblo
soberano de la República Bolivariana de Venezuela y las autoridades electas por
la voluntad popular, para lo cual deben ser aprovechados adecuadamente los
recursos humanos disponibles e incorporar los que resulten necesarios para
defender las instituciones democráticas y republicanas, emanadas de la voluntad
soberana del pueblo de la República Bolivariana de Venezuela.

yoelpmarcano@yahoo.com


Esta nota ha sido leída aproximadamente 2209 veces.



Yoel Pérez Marcano


Visite el perfil de Yoel Pérez Marcano para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Yoel Pérez Marcano

Yoel Pérez Marcano

Más artículos de este autor