La señal de Rctv para una televisión para los niños, la niñas y adolescentes

La decisión gubernamental de no renovar la concesión a RCTV para el aprovechamiento del espectro electromagnético con fines de transmisiones televisivas a partir del 28 de mayo es motivo para que surjan múltiples y diferentes proposiciones para el uso de esa señal.
Si observamos y analizamos todos los canales de televisión que funcionan en Venezuela incluyendo los administrados por el gobierno, aparte de los transmitidos a través de las compañías de cable, podemos llegar a una conclusión que no requiere de mucho esfuerzo: No hay televisión para los niños, las niñas y los adolescentes que habitan en el territorio nacional y la programación dirigida a este público es escasa y de calidad cuestionable. En otras palabras, la TV venezolana está diseñada para un público adulto, que requiere de una reglamentación para proteger la dignidad de los más pequeños y más pequeñas de la sociedad. Los niños, las niñas y los adolescentes son un cero a la izquierda: Ni siquiera tienen poder para participar en la toma de decisiones de las programaciones que necesitan para su crecimiento y desarrollo integral.

Los niños, las niñas y los adolescentes son sujetos de derecho. Desde la promulgación de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente (LOPNA, 1998) este contingente poblacional tiene derecho a la información, a la recreación y a la educación que puede ejercerse mediante los medios de comunicación, en virtud de su tradicional triple función (informar, educar y recrear).

Esta ley es el fundamento legal para proponer un canal exclusivo para los niños, las niñas y los adolescentes venezolanos. El parágrafo primero del artículo 68 dice que “El Estado, la sociedad y los padres, representantes o responsables tienen la obligación de asegurar que los niños y adolescentes reciban información veraz, plural y adecuada a su desarrollo”.

El artículo 69 establece que “El Estado debe garantizar a todos los niños y adolescentes educación dirigida a prepararlos y formarlos para recibir, buscar, utilizar y seleccionar apropiadamente la información adecuada a su desarrollo”. En su parágrafo segundo se lee: “El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar a todos los niños, adolescentes y sus familias programas sobre educación crítica para los medios de comunicación”.

El artículo 70 se refiere a la adecuación de los mensajes de los medios de comunicación a las necesidades de los niños y adolescentes, en los siguientes términos:”Los medios de comunicación de cobertura nacional, estadal y local tienen la obligación de difundir mensajes dirigidos exclusivamente a los niños y adolescentes, que atiendan a sus necesidades informativas, entre ellas: las educativas, culturales, científicas, artísticas, recreacionales y deportivas. Asimismo, deben promover la difusión de los derechos, garantías y deberes de los niños y adolescentes”.

En vista de la inexistencia de un canal exclusivo para niños, niñas y adolescentes, la LOPNA ha previsto la garantía de mensajes e informaciones adecuadas a este grupo de ciudadanos y ciudadanas, que se aprecia en el artículo 71, aparte de lo previsto en el artículo 72 referente a las tres horas obligatorias de programación infantil de calidad.

En vista de la necesidad de un canal de televisión para niños, niñas y adolescentes, es oportuno el recordatorio del artículo 73 de la LOPNA, que obliga al Estado venezolano al estímulo de la producción audiovisual dirigida a niños y adolescentes “que sean de la más alta calidad, plurales y que promuevan los valores de paz, democracia, libertad, tolerancia, igualdad entre las personas y sexos, así como el respeto a sus padres, representantes o responsables y a su identidad nacional y cultural”. Para ello, el Estado debe establecer políticas al efecto y asegurar un presupuesto suficiente para el cumplimiento de este objetivo.

Existen las bases legales para justificar la creación de un canal para niños, niñas y adolescentes. Existe la posibilidad de aprovechar la señal que recupera el Estado y que fue mal aprovechada por RCTV en perjuicio de los niños, niñas y adolescentes. Existen productores nacionales en capacidad de elaborar programas de calidad de tipo cultural, recreacional, educativo, científico e informativo. Existen canales internacionales con los cuales se puede convenir para la transmisión de programaciones de calidad. Tenemos todo a favor de los pequeños y las pequeñas… ¿Por qué empecinarnos en pensar en un canal para adultos? Nuestros hijos e hijas encontrarían un aliado para su desarrollo integral; los maestros y las maestras otro aliado para los procesos de interacción en el aula; y los padres un aliado en la educación de esta chiquillada.

A esta propuesta del canal Samuel Robinson SRTV (Nombre que ofrezco para su consideración en honor del maestro de los maestros, Simón Rodríguez) añado la necesidad de formar profesionales en esta área, recuperando, por ejemplo, la preparación de técnicos superiores universitarios en recursos para el aprendizaje o tecnología educativa, cuyo perfil se asemeja a los requerimientos de un canal especializado de este tipo.

Hagamos de esta propuesta una ola inmensa, un tsunami que permita avanzar y construir el canal de los niños, las niñas y los adolescentes de Venezuela (SRTV).

jemoronta@yahoo.es


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