La simbología estatuaria y los monumentos comunican poder y también una forma de vida, para exaltar la ética, la moral, los méritos, la estimación sobre la libertad, la justicia, la solidaridad, la investigación, la educación y los más altos valores que distingue el cumplimiento de los deberes ciudadanos, la vida en sociedad. Valores concurrentes de rango constitucional, que son parte del acervo y patrimonio cultural de la nación.
En consecuencia queda negado cualquier epónimo, topónimo, estatuaria, monumento que no esté ceñido a esos principios.
El origen de los símbolos, su razón de ser y su actuar, su mensaje comunicativo no puede negar el derecho a la vida, a la cultura que identifica la memoria de los pueblos, a la preeminencia de los derechos humanos, a la búsqueda y consagración de la paz, al legado histórico de la resistencia indígena, al ideario emancipador de Simón Bolívar y de los forjadores de nuestra independencia, en el camino de la máxima aspiración de refundar la República.
En tal sentido se requiere una nueva simbología, transformadora y libertaria distante de la actual, por su expresión colonialista y por negar los preceptos constitucionales expresados, necesario entonces, abrogar, extinguir la estatuaria monumental de Cristóbal Colón, Juan Rodríguez Suárez, y demás conquistadores y dictadores, así como los epónimos que se identifican con un pasado de servidumbre, explotación, muerte y tortura.
Mientras exista la actual estatuaria, monumentos, símbolos, epónimos y topónimos colonialistas el Estado Venezolano tiene la obligación, ¡¡ INSÓLITO!! de protegerlo, restaurarlo y conservarlos, por ser declarado legal y constitucionalmente parte de nuestro acervo y patrimonio cultural.
Sí, así es, lea bien, en voz alta, los protagonistas del mayor genocidio de la humanidad y sus métodos (empalamiento) para el asesinato y la tortura, así como añadidos dictadores, tienen sus plazas, monumentos, nombres de calles y avenidas, orónimos topográficos, que son considerados parte de nuestra cultura, de nuestra identidad, al punto que son declarados, por la Ley (artículo 16 Ley de Geografía, Cartografía y Catastro) como parte de nuestro acervo y patrimonio cultural. ¡¡Vacíe carajo!! ¡¡Que sin razón tan grande!!
¿Es una contradicción la existencia de la estatuaria monumental, los epónimos y topónimos colonialista con la declaración constitucional de Estado Social y Democrático de Derecho?
¿Esa estatuaria, esos monumentos y cognomentos colonialistas constituyen o representan la negación de los valores de libertad, igualdad, justicia, derechos humanos y paz internacional consagrados en nuestra Carta magna y en los convenios suscritos por el Estado venezolano?
¿Mediante esa estatuaria monumental, los epónimos y topónimos colonialistas se honra nuestro sentir patrio, su razón de ser y constituyen ejemplos a seguir para la sociedad?
¿La actual simbología estatuaria y monumental colonialista resguarda y protege la soberanía, la nacionalidad y los intereses y valores culturales de la nación?
La estatuaria, monumentos, cognomentos, epónimos y topónimos expresan la historia total del poder político, económico, religioso, militar conquistador y colonizador, de sus bases materiales a través de sus símbolos.
La declaratoria del día de la resistencia indígena es un paso hacia la historia simbólica del porvenir, hacia la perspectiva de una nueva historia política, mediante las imágenes y representaciones en todas sus formas, que no aparezca aislada, sino incorporada al engranaje de la propuesta de un nuevo orden político, que revaloriza el verdadero y auténtico acervo y patrimonio cultural de la nación venezolana.
Debe perecer, extinguirse la conquistadora y alienante simbología estatuaria y monumental para que surja una historia política antropológica de iconos y símbolos renovados, en la construcción y real valorización de saberes, de las luchas, acciones de entrega de un pueblo y de la humanidad, alejada del crimen, del irrespeto a los valores humanos y a la paz, en armonía con la naturaleza y con la libertad.
Es vinculante y necesario, para la refundación de la república, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declare como principio a nuestro país como un territorio o espacio libre y contrario de estatuas, monumentos, epónimos y topónimos colonialistas, fascistas y de dictadores.
Tiene usted las repuestas juzgando con rectitud en el ejercicio de la crítica. ¡¡Adelante!!