26-05-21.-TSJ declaró legal pago de contratos en divisas. Emitió la sentencia RC.106 (Exp. 20-164), la cual permite utilizar monedas extranjeras para celebrar contratos en Venezuela.
Los usuarios pueden realizar el pago de dos maneras:Usar la divisa como moneda de cuenta de pago o utilizar como pago exclusivamente en moneda extranjera; esto dependerá del acuerdo que tengan ambas partes.
“La Sala distingue la moneda extranjera utilizada como una moneda de cuenta; y la que se fija como moneda exclusiva de pago. En el primer caso, el deudor se liberará entregando su equivalente en Bs. (art. 318 Crbv) a la tasa corriente a la fecha de pago #JusticiaVe«; explicó este martes 25 de mayo; la ONG Acceso a la Justicia a través de su cuenta en Twitter
En ese sentido, señalaron que la Sala de Casación Civil advierte que no es ilegal un pacto estipulado en moneda extranjera y menos cuando dicha moneda se ha previsto como de cuenta.
La sentencia de la Sala de Casación Civil (Exp. AA20-C-2020-000164) se produce luego de la resolución de un contrato de opción de compra venta y sus addenda que había sido celebrado en 2015; y en el que se cuestionaba la fijación del precio en moneda extranjera, señaló la ONG Acceso a la Justicia.