10-07-13.-La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) recuerda que la nueva Providencia que establece los requisitos y trámites para la solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas destinadas al pago de actividades académicas en el exterior, se encuentra enmarcada dentro de las áreas y subáreas de formación prioritaria que determina el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, conforme al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Cabe destacar que en la resolución Nº 3.147 del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, establecida en fecha 18 de abril de 2012, y según Gaceta Oficial Nº 39.904 se determinan un total de 172 áreas del conocimiento que conforman las áreas en: Ciencias Básicas; Ingeniería, Arquitectura y Tecnología; Ciencias del Agro y del Mar; Ciencias de la Salud; Ciencias de la Educación; Ciencias del Deporte; Ciencias Sociales; Humanidades; Letras y Artes (cada una presentada con sus respectivas sub-áreas de conocimiento).
Con la aplicación de esta nueva Providencia Nº 116 quienes van a realizar estudios en el exterior cuentan con un mayor lapso de tiempo para la consignación de sus solicitudes ante CADIVI a través del Operador Cambiario Autorizado, ya que las actividades conducentes a certificado cuentan con al menos quince días hábiles bancarios de anticipación a la fecha indicada en la solicitud para el inicio de la actividad académica, y las conducentes a grados académicos tienen hasta diez días hábiles bancarios siguientes a la fecha indicada en la solicitud para el inicio de la actividad académica.
La nueva providencia Nº 116 garantiza la culminación de los estudios en el exterior, y las dudas y controversias que surjan de la ejecución de dicha Resolución serán resueltas por la Ministra o Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Cabe destacar que todos aquellos estudiantes que se encuentren en el exterior con solicitudes de divisas aprobadas bajo las Providencias Nº 055 y Nº 110, deberán cumplir con lo establecido en la nueva Providencia Nº 116 con el objeto de tramitar las solicitudes de AAD correspondientes, a los fines de que pueda culminar la Actividad Académica iniciada.