Caracas, 3 Nov. ABN.- El Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo fue modificado, según consta en una resolución publicada por el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas en la Gaceta Oficial.
La resolución de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) está publicada en la gaceta número 39.049, de fecha viernes 31 de octubre de 2008.
Según la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la contabilidad de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras, casas de cambio y demás empresas sometidas a la supervisión de la superintendencia deberá llevarse de acuerdo con la normativa prudencial y el Código de Cuentas e instrucciones que para cada tipo de empresas establezca las cuales se orientarán conforme a los principios de contabilidad de aceptación general y los principios básicos internacionales aceptados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
En todo caso, la contabilidad debe reflejar fielmente todas las operaciones activas, pasivas, directas o contingentes, derivadas de los actos y contratos realizados.