En gaceta modificaciones de manual de contabilidad para bancos y otros entes financieros

Caracas, 3 Nov. ABN.- El Manual de Contabilidad para Bancos, Otras Instituciones Financieras y Entidades de Ahorro y Préstamo fue modificado, según consta en una resolución publicada por el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas en la Gaceta Oficial.

La resolución de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) está publicada en la gaceta número 39.049, de fecha viernes 31 de octubre de 2008.

Según la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la contabilidad de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras, casas de cambio y demás empresas sometidas a la supervisión de la superintendencia deberá llevarse de acuerdo con la normativa prudencial y el Código de Cuentas e instrucciones que para cada tipo de empresas establezca las cuales se orientarán conforme a los principios de contabilidad de aceptación general y los principios básicos internacionales aceptados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

En todo caso, la contabilidad debe reflejar fielmente todas las operaciones activas, pasivas, directas o contingentes, derivadas de los actos y contratos realizados.



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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)



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