La Administración Publica con la llegada de esta supuesta revolución a perdido el carácter normativo contenido en las leyes que la rigen para convertirse en una actividad funcionando de acuerdo al capricho e interpretación del mandón de turno en el área de su competencia el cual a su parecer y entender procesa o niega las peticiones de los ciudadanos .No hay lugar dirigido por el burócrata militar en la cual la racionalidad este presente y se siga un patrón legal establecido ya que por la propia naturaleza cuartelaría del “Jefe”, este en su sicología de mandar a la tropa con un estilo especifico recurre a sus enseñanzas para manejar las oficinas públicas a la voz de FIRRRR, momento en el cual y en posición de firmes nadie puede hablar tan siquiera sin permiso del superior. El caso lamentable del S.S.O es conocida por cientos de miles de personas a los cuales les toque la inactivación de su Pensión de Vejez en razón de fallas detectadas por el sistema computarizado pero resulta que esto muchas veces es producto de la propia administración y no del usuario . Veamos un ejemplo. A un señor le asignan desde Informática supuestamente pasando por todos los filtros una pensión para “Ama de Casa” establecida esta figura en un decreto del año dos mil siete pero en el dos mil nueve se la colocan a un pensionado que tiene el doble de las cotizaciones necesarias y la edad establecida por la ley del S.S.O o sea por esa Ley tiene derecho pleno a la Pensión que para él es un “salario Diferido”, ya que pago por años las cotizaciones necesarias para ello. Este error no lo paga quien o quienes en informática codifican o procesan, estos exabruptos si no que actúan sobre el usuario (beneficiario) lo cual es ilegal, arbitrario e irracional. La solución de estos burócratas ante estos casos es: el agraviado debe renunciar a la pensión de vejez y luego le darán una Pensión perdiendo su tiempo y además sin poder cobrar todos los meses sin la asignación monetaria de ley lo cual no reintegran automáticamente si no que hay un proceso para ello. Sin embargo, la delincuencia fiscal organizada parece entonces aparecer en el tema pues como este es un caso excepcional que tiene los requisitos de Ley pero hay otros que no, los guisadores en evidencia pero con el control del asunto para no dejarse ver la marramuncia no procesan la renuncia del caso y usted pasar toda la vida sin su derecho establecido en una Ley vigente.
Ahora bien, si el Presidente del I.V.S.S maneja todos los códigos y mecanismos para la anulación y/ o la asignación de las pensiones. ¿Porque estos casos no se procesan y solucionan con la rapidez del caso? .¿O es que en el S.S.O hay una mafia oculta y la delincuencia fiscal organizada manda o el jefe militar del Instituto esta en el guiso? No hay otra. De cualquier forma ocurren cosas como estas a diario y su solución se convierte en un calvario para el pensionado donde a discreción del funcionario de turno le exigen requisitos que de paso son desechados a la hora de la verdad. No es dar pensiones, a diestra y siniestra, es dar CALIDAD de vida al hombre de la Tercera Edad. Esto si seria revolucionario.
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