(VIDEO) Argentina: En jornada histórica aprueba legalización del aborto

Movimientos y organizaciones de mujeres celebran la legalización del aborto

Movimientos y organizaciones de mujeres celebran la legalización del aborto

Credito: Agencias

30.12.20 - En una jornada histórica, la Cámara de Senadores aprobó por 38 votos a favor el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo y el aborto será legal en Argentina. En tanto, 29 senadores votaron en contra y hubo 1 abstención y 4 ausentes.

La nueva norma, que ya tenía el visto bueno de la Cámara de Diputados, fue aprobada en el Senado por 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención.

Durante 12 horas, la Cámara Alta debatió el proyecto con discursos fervientes a favor de que las mujeres y personas gestantes tengan derecho a decidir sobre su cuerpo: "No es fácil deconstruirse, tambalean las estructuras. De repente, estamos ante lo nuevo por crear- Estamos atravesando un cambio de paradigma y ese cambio lo lideran las feministas", aseveró la senadora Silvina García Larraburu.

Ahora la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que elevó el Gobierno Nacional al Parlamento a fin de legalizar y despenalizar el aborto, pasa al poder Ejecutivo nacional para su promulgación.

Luego de la promulgación se procederá a la reglamentación, "instancia en la que se introducirán algunos cambios que no modifican el espíritu de la norma", explicó la periodista de teleSUR, Carolina Silvestri.

Destacó que, con 68 senadores presentes y cuatro ausentes, la cámara alta "por fin escuchó el reclamo histórico del feminismo" en el país suramericano.

El Senado aprobó minutos después el segundo proyecto del Poder Ejecutivo para la salud integral de los cuerpos gestantes: el Plan de los mil días para aquellas personas que deseen maternar.

La aprobación del proyecto sobre la ley nacional de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo fue por unanimidad de los 65 senadores presentes en la sesión.

"No estamos imponiéndole nada a nadie, estamos pidiendo la interrupción voluntaria para las mujeres que así lo necesiten. El Estado debe acompañar a todas las mujeres, a las que desean ser madres y a las que no, sin juzgar y condenar", aseveró Guadalupe Tagliaferri.

De los seis indecisos que había, los seis votaron a favor. Uno de ellos, la legisladora Lucila Crexell planteó: "Esta demostrado que la prohibición y la criminalización no disuade a las mujeres de los abortos. ¿Qué cambió desde 2018 cuando se rechazó el proyecto? Nada. Las mujeres siguen abortando en clandestinidad y soledad".

¿Qué establece la Ley?

El expediente consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

El aborto se permitirá hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de saludo con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento. En caso de menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. En los casos de adolescentes de entre 13 y 16, deberá tener un acompañante o "referente afectivo".

Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Para ello deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.

Los centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice efectivamente la prestación.

Con información de Telesur / El Destape Web



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