Juicio al Deporte

El deporte nacional sin masificación (II). COV invasor de competencias. Gobierno de Lara premio a sus atletas

Un hombre que oculta lo que piensa, o no se atreve a decir lo que piensa, no es un hombre honrado (Caraciolo Parra 1.819). Desde mi Lara querida 01-02-2025.El deporte patrio deambula sin masificación estratégica alguna, carece de política deportiva. Cada ministro del deporte que ha nombrado el gobierno bolivariano ninguno ha revolucionado el deporte, la actividad física, la recreación

Muy fácil podemos medir cualitativa o cualitativamente los resultados obtenidos por cada Estado en los JDNJ24, aportes de atletas, entrenadores, técnicos y dirigentes a la alta competencia, o mejor dicho a seleccionados nacionales con miras a la representación internacional de nuestros colores deportivos

Aquí hay unos casos prototipo, por deportes, el Estado Apure, poseedor de potente ríos, no le hemos visto un nadador en natación, y un solo pesista extraordinario, Humberto Fuente, la esgrima por un tiempo fue potencia en Bolívar, el apellido Limardo la dignifico, Sucre patento al "Tiburón" Francisco Sánchez en 50 metros libres, al Boxeo, Zulia al atletismo.

Lara, Olinto Silva, ciclismo, Moisés Requena, esgrima, Alfredo Pérez en Boxeo, Mérida, José Rujano, ciclismo de ruta. Asimismo la potencialidad de la natación de Miranda y Carabobo, el atletismo carabobeño, Anzoátegui, Yulimar Rojas en salto triple

Es axioma que no existe política deportiva de relevo. No hay una estrategia, programa-proyecto en la práctica gubernamental de desarrollo deportivo. El coleo nacido en Curpa, Estado Portuguesa, hoy dia este deporte vernáculo, en vez de dominarlo uno de los 5 Estado llaneros, la jerarquía esta en Falcón y el Delta Amacuro

Es de mi interés, cuál estrategia monta el gobierno deportivo nacional, para suscribir la partida de nacimiento certificada a lo que va hacer en el nuevo Estado de Guyana. La geopolítica será el primer plano, amanecerá y veremos

Una de las decisiones políticas que debe tomar el Estado venezolano, en materia deportiva, es la vía legislativa. Esta vigente ley de la materia, atenta contra la igualdad, democracia, autonomía, es hipercentralista y embustera. La estructura dirigente que establece esta norma es incumplible en nuestro país. Ejemplo para elegir una asociación deportiva estatal, se requieren 30 personas voluntarias, a dedicación completa y ad honorem. Sostengo que, a futuro el Estado deberá asumir la dirigencia deportiva

Ahora se suma el Comité Olímpico en invasión de competencias con la anuencia de la dirigencia federativa. Prescribe la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física vigente.- Comité Olímpico Venezolano

Artículo 51. El Comité Olímpico Venezolano, es la organización social creada bajo las formas del derecho privado sin fines de lucro, para promover, desarrollar y difundir los valores, principios y reglas técnicas del movimiento mundial olímpico en la República; así como para la representación internacional del movimiento olímpico del país, sus valores, principios e identidad nacional. Constituye el órgano asociativo superior de las federaciones deportivas nacionales de disciplinas incluidas en el programa olímpico, en materias propias del movimiento olímpico nacional e internacional y se regirá de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional y por lo preceptuado en esta Ley y su Reglamento… Omisis… que la designación de sus directivos y de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional. (Sic)

Atribuciones Artículo 52. Son atribuciones del Comité Olímpico Venezolano:

1. Exaltar, honrar y respetar los símbolos patrios, la identidad nacional así como los valores y principios establecidos en la Constitución de la República y en la presente Ley.

2. Inscribir y acreditar a los atletas venezolanos y atletas venezolanas para participar en los Juegos Olímpicos o demás competencias realizadas bajo el auspicio del Comité Olímpico Internacional.

3. Colaborar con las federaciones deportivas de modalidades olímpicas en su participación en los Juegos Olímpicos y en las demás competencias realizadas bajo el auspicio del Comité Olímpico Internacional.

4. Estimular la práctica de las actividades representadas en los Juegos Olímpicos y en las demás competencias auspiciadas por el Comité Olímpico

Internacional.

5. Ejercer la representación exclusiva del deporte venezolano ante el Comité Olímpico Internacional.

6. Utilizar y aprovechar, comercial o no comercialmente, el emblema oficial del Comité Olímpico Internacional, así como las denominaciones Juegos Olímpicos, Olimpiadas y Comité Olímpico.

7. Actuar como órgano asociativo superior de las federaciones deportivas admitidas en su seno, exclusivamente para conocer y decidir sobre los asuntos propios del movimiento olímpico nacional e internacional.

8. Las demás establecidas en la Ley, sus estatutos y reglamentos.

Podemos evidenciar, lo que alego en auto del presente artículo. Este ente llamado Comité Olímpico Venezolano invade competencias atribuidas a las federaciones, y ministerio del deporte, conferidas en disposiciones estatutarias y legales. Lo más grave de la situación la irresponsabilidad y conocimiento de algunos federativos, que avalan con su asistencia y presencia

La nota post , describe " El Comité Olímpico Venezolano (COV) presentó a los representantes de las federaciones deportivas nacionales el Plan Los Ángeles 2028 para lograr una importante delegación clasificada para esta cita deportiva. La actividad se realizó con la presencia del ministro del Deporte, Arnaldo Sánchez, quien resaltó su compromiso con cada una de las disciplinas.

"Estamos trabajando el plan para Los Ángeles 2028 con todas nuestras federaciones deportivas. Un plan con diferentes aspectos como la preparación de cada uno de nuestros atletas con miras a la clasificación a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos, aunado al fortalecimiento de las instalaciones deportivas, los centros de alto rendimiento", expresó.

Esta misma semana nuestras selecciones nacionales deben concentrarse en diferentes centros de alto rendimiento en Táchira, Caracas, Sucre, Carabobo y Lara, que se han colocado para garantizar las mejores condiciones", agregó.

De nuestra parte, con conocimiento y causa, me auto pregunto, qué deporte o disciplina van a Carabobo .Ojala no se les ocurra llevar al ciclismo de pista. El óvalo "Máximo Romero", enclavado al Sur de Valencia ilegal en la distancia , su abandono es total, al igual que los restantes 11 del país

El ministro resaltó que el compromiso más importante es el de poder estar presente en todos los eventos multidisciplinarios e individuales para poder lograr aumentar el número de clasificados en comparación con París 2024

En la anterior entrega les deje transcrito tal cual el artículo 111 de la CRBV, a efecto de que ustedes respetables y especiales lectores pudiesen interpretar el mismo, aportarnos algunos datos de interés. Hoy me corresponde desglosar la citada disposición constitucional, que he venido asomando su reforma hace data, como testigo pertinente este canal informativo

Artículo 111.Todas las personas tienen derecho al deporte y la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. Aquí se inicia e evidenciamos con claridad meridiana el desconocimiento del legislado sobre la materia.

Noten ustedes deja afuera a la actividad física, materia que considero fundamental para el activismo deportivo y elemento de la seguridad social, salud del colectivo humano

La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la ley.

Otra barbarie deja a fue la atención al colectivo universitario, corta hasta el diversificado .El Estado garantizará la atención integral de los y las deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia.

Analicen el constituyentista obvio al desarrollo deportivo, incluye solo al deporte de alta competencia. Esta norma conculca el derecho constitucional de igual, impregnado en el artículo 25 de nuestra sabia CRBV.

El Gobierno del Estado Lara premió a los 55 atletas medallistas dorados de los XXI JDNJO24 con 700 dólares americanos, buena decisión, felicitaciones a todos, incluyendo a los amigos del IDEL por este acierto. Me llega la información, que a los colegas entrenadores no les consideran, por ahora. Ellos también se merecen, son los ideólogos de los triunfos de los atletas en el escenario, esperaremos.

Quien no es solidario para luchar por los demás, tendrá dificultad para hacerlo para sí mismo (Willians Escalona 24-07-2012)

Amigo lector la posología para nuestra vida es, caminar, trotar 45 minutos Inter diarios semanalmente. Invita, organízate con tus panas, familia, esposas, vecino, preferible hazlo en la mañana temprana, oxígeno en la atmósfera menos contaminado, usa franelilla y short, al terminar realiza una sesión de ejercicios físicos durante 30 minutos

Se terminó el espacio. Nos leeremos en la venidera, Dios nos ayudará. Comunicadores somos todos, pero no todos somos comunicadores sociales. Con la verdad no temo ni ofendo



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Willians Escalona Terán

Willians Escalona Terán ("El abogado del deporte") CEDV-1083- CNP 12.592, PNI 10.782, Locutor UCV.31.464-Ipsa.54.795. Facebook Willians Escalona Terán escalonabufete24@yahoo.com Barquisimeto.

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