La arbitrariedad mediática, impunidad y criminalización de las empresas de comunicación

La impunidad a los crímenes mediáticos, es desde hace unos años atrás, el común denominador de los medios de comercialización de la información en Venezuela. Luchar contra la manipulación y la malversación en la utilización de la información, es desde hace tiempo, una carga política que le ha tocado llevar en hombros al gobierno nacional.

Desde el año 2003, esta vigente la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, o llamada por sus siglas Ley RESORTE, sin embargo, por razones desconocidas, ni la ley, ni los comités de usuarios y usuarias, han conseguido la forma o la manera administrativa, jurídica o penal de combatir a las empresas de comercialización de la información, anteriormente llamados medios de comunicación.

Tanto los seudo-organismos internacionales, como la SIP (en manos de los dueños capitalistas de prensa escrita), como los sufragados por los imperios caso especifico de Periodistas Sin Fronteras, la Corte Interamericana de Derechos Humanos e inclusive la Organización de Estados Americanos, solo han servido para salir en defensa de los Medios Golpistas, que desde el año 2000, bombardean incesantemente al Gobierno Revolucionario y al Presidente Hugo Chávez. La impunidad con que se manejan y mueven los medios, es a simple vista una burla a la ética y la legalidad periodística.

El derecho a la información veraz y oportuna esta consagrado dentro de la Carta Magna de Venezuela, sin embargo los medios durante estos años, la han manipulado, tergiversado y modificado a su antojo, sin que hasta ahora, el gobierno nacional pueda conseguir una formula eficaz y efectiva, que le permita de una vez por toda poner orden jurídico y administrativo a los medios.

Para entender la arbitrariedad, debemos definirla, lo cual según el Diccionario Larousse, dice: Forma de actuar que se basa solamente en la voluntad y en el capricho y no en la razón, la lógica o la justicia, en el Diccionario Manual de Sinónimos y Antónimos, conseguimos las siguientes definiciones sinónimas: extralimitación, desafuero, tropelía, atropello, favoritismo, injusticia, iniquidad, ilegalidad, absolutismo, despotismo, ley del embudo (termino coloquial), lo cual nos permite a grosso modo, conceptualizar a que hacemos referencia sobre este termino.

Ahora bien, para entender la situación de impunidad a la que estamos sometidos por los medios de comercialización, haremos referencia a varios escritos jurídicos, inclusive algunos sobre derecho internacional, para fundamentar la base del argumento, para ellos citamos al Pro. Dr. Kai Ambos  (Es Director del Departamento de Derecho Penal Extranjero e Internacional del Instituto de Ciencias Criminales de la Universidad de Göttingen. El 24 de marzo de 2006 fue nombrado Juez del Tribunal Estadual de Göttingen. El 30 de abril de 2008 fue elegido Decano para Estudios de la Facultad de Derecho.), en su trabajo  Impunidad y Derecho Penal Internacional, donde citamos: “la impunidad implica la no persecución penal de conductas (acciones y omisiones), que encuadran en principio en el derecho penal nacional material y que pertenecen a la criminalidad común, pero que –por razones más bien fácticas que normativas – no resultan castigadas".

La Dra. Reina Alejandra J. Baiz Villafranca, en su articulo: Impunidad: Como Actor Desencadenante De La Criminalidad, dice: como bien lo señala Pierre Villaume “…la esperanza de la impunidad es para muchos hombres una invitación al crimen…”, en efecto, cuando una persona no es sancionada por el delito y/o la falta que ha cometido, cree tener todo el derecho de realizar las acciones que estime conveniente para lograr sus objetivos, aun cuando signifique incurrir en conductas delictivas, por las cuales no serán penados. Ahora bien, cuando existe una marcada tendencia al aumento de ciertos tipos delictivos, como los homicidios, los secuestros se genera una reacción social (actitud de la sociedad frente al fenómeno delictivo), que a su vez propicia una respuesta por parte de los diferentes órganos que conforman el Poder Público.

Mas adelante citamos:  Definición: En este orden de ideas resulta conveniente precisar lo que se entiende por criminalidad, para ello se puede citar a Martínez, Moira (1997) quien señala que la criminalidad es el fenómeno relacionado con la producción del crimen en una sociedad determinada, dentro de un lapso determinado y susceptible de ser observado como una agregación numérica de delitos individuales y de ser medida en su extensión y volumen (p. 119). La criminalidad es considerada por la mencionada autora como un fenómeno de masas, cuyas características dependen de la sociedad que resulta productora del fenómeno. Para Cabanellas (1996) la criminalidad es el volumen total de infracciones o proporción en que se registran los crímenes en general, y las varias clases de crímenes en particular, en una sociedad o región determinada y durante cierto espacio de tiempo (Tomo II, p. 414). De ellos derivamos que para el presente articulo, la definición mas certera sobre el tema tratado se refiere a: Criminalidad impune: que comprende los delitos que se conocen pero no se castigan, principalmente porque se desconoce el autor (es) del mismo, o bien no se logra recabar los medios de pruebas necesarios para el establecimiento de la responsabilidad penal, o cualquier otro motivo que haga imposible el juzgamiento del responsable (s). Impunidad de hecho: Registra a aquellas conductas dañosas que a pesar de estar descritas como punibles en el ámbito del derecho penal, no son sancionadas. Son delitos, faltas que pasan y pasarán siempre más o menos desconocidos a los ojos de la justicia; crímenes que se conocen, pero cuyos autores escapan a la acción de la justicia por no haber sido determinada su personalidad o no haber podido ser aprehendidos; delitos cuyos autores son conocidos, pero que no se persiguen ni se penan por excepción abusiva, debida a la organización política y social propia de cada tiempo (Enciclopedia Jurídica OPUS, Tomo IV F-I, 1994, p. 487). Impunidad de derecho: Es aquella que se deriva del mismo ordenamiento jurídico, es decir de la Constitución, de la ley, y se refiere a la falta de control social formal (penal) frente a comportamientos dañinos, entre ellos se pueden mencionar: a. El indulto, b. La amnistía, c. El perdón del ofendido, d. La prescripción de la acción penal, e. El derecho de asilo y f. Excusas absolutorias en que la ley, por diversas razones deja sin pena hechos que positivamente son delitos, puesto que ninguna causa de justificación ni de inimputabilidad los discrimina. 

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Administración de Justicia.  

De conformidad con el artículo 2 de la Carta Magna, Venezuela se erige como un ESTADO DEMOCRATICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA, propugnando como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político; en este sentido es necesario precisar que la impunidad se contrapone a la justicia.  

Posteriormente en el artículo 55 de la Constitución, donde se consagra que toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial.  

Definidos los términos y algunas cosas mas, entremos en la materia de los Medios de Comercialización de la información. En primera instancia debemos discutir sobre la administración de los espectros radioeléctricos, en base a ello sabemos, que los mismos están en manos del estado venezolano y que es este a través de las concesiones, quien determina quien y como son utilizados, todo ellos subordinado a CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones), quien regula la prestación de servicios. CONATEL es un ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática, y es quien debería ser garante de lo que vemos y oímos por radio y TV día a día, igualmente los comités de usuarios y usuarias, que velan por el cumplimiento de la Ley Resorte, sin embargo no es así. 

Para entender la situación actual sobre la manipulación y tergiversación de la información, debemos hacer memoria histórica sobre lo que era la Censura en los tiempos del puntofijismo. Invocamos a Eleazar Díaz Rangel en su escrito: "Censura y autocensura después de Enero de 1958" y el discurso pronunciado ante la Asamblea Nacional, con motivo de conmemorarse el Cuadragésimo Cuarto Aniversario del 23 de Enero de 1958.  Por razones obvias, no haremos largos comentarios ni especificaremos fechas sobre estos acontecimientos. 

ROMULO BETANCOURT (1959-1954) 

Asaltan el taller EL INDEPENDIENTE donde se imprimía TRIBUNA POPULAR y otros periódicos, los cuales son suspendidos indefinidamente. Decomisan edición de IZQUIERDA. Se suspenden los diarios CLARÍN, LA HORA y CRÍTICA. Se suspenden EL IMPARCIAL (Maracay), EL TIEMPO (Valera). EL DÍA (Acarigua) y se clausura EL VENEZOLANO. En los diarios más importantes del país había SENSORES OFICIALES.

En una oportunidad la Cámara de Diputados aprobó: " Declarar que la libertad de prensa en Venezuela atraviesa en los actuales momentos por una de sus mas graves y difíciles etapas, debido a la supresión sistemática de diversos órganos periodísticos y a la persecución de profesionales de la prensa, así como el régimen de censura vigente". Y condenó esas prácticas del Ejecutivo Nacional. 

RAÚL LEONI (1964-1969) 

Se clausura el diario LA EXTRA y se suspende VENEZUELA GRÁFICA, por un reportaje sobre la guerrilla escrito por TEODORO PETKOFF desde el cuartel San Carlos donde estaba detenido. Fueron allanados los locales de ÚLTIMAS NOTICIAS, LA ESFERA y EL MUNDO y detenido su editor MIGUEL ÁNGEL CAPRILES. Por continuas presiones, cerraron LA HORA, LA REPÚBLICA y LA VERDAD. También desapareció EL REGIONAL de Valencia. 

RAFAEL CALDERA (1969-1974) 

Hubo ciertas restricciones gubernamentales. Se decomisa el vespertino EL MUNDO. Se confisca la revista PUNTO NEGRO. Allanaron los talleres de los diarios CRÍTICA y LA RELIGIÓN. Un Tribunal Militar le dicta auto de detención a CAPRILES, quién se asiló en la Embajada de Nicaragua y se fue a Panamá y Puerto Rico. El Senado le levantó la inmunidad parlamentaria. Meses después regresó, fue hecho preso por unos días y luego sobreseído el juicio. En aquella ocasión dijo que nunca más se metería en política.

Se decomisa EL REVENTÓN por un reportaje sobre el Servicio Militar y la vida en los cuarteles. A los redactores de la revista. CARLOS RAMIREZ FARÍA, WILLIAM IZARRA, ENRIQUE RONDÓN y PABLO ANTILLANO, les abrieron juicios y finalmente le dictaron auto de detención a IZARRA, quién fue sobreseído. 

CARLOS ANDRÉS PÉREZ (1974-1979) 

Se suspendió por 2 días RADIO CARACAS TELEVISIÓN. Dos años después fue decomisada una edición de la revista RESUMEN, y su editor JORGE OLAVARRÍA, preso. Juicios militares se abrieron contra IRMA BARRETO y DORIS FRANCAI, a esta última por un editorial del periódico RUPTURA, acusada de instigación a la rebelión militar y condenada a varios años de prisión. 

LUIS HERRERA CAMPINS (1979-1984) 

Juicio por un Tribunal Militar contra la periodista MARÍA EUGENIA DÍAZ del DIARIO DE CARACAS por el supuesto delito de revelar secretos militares. Ataques a los editores RAFAEL POLEO y JORGE OLAVARRÍA de las revistas ZETA y RESUMEN. Respectivamente. Al primero se le acusaba de estar al servicio de la ORGANIZACIÓN CISNEROS y al segundo de ser instrumento del GRUPO PHELPS.

Por orden del Gobernador del Distrito Federal, se ordenó el arresto por 15 días a JORGE OLAVARRÍA, AMABLE ROSALES y RAFAEL POLEO. directores de RESUMEN, AUTÉNTICO y ZETA respectivamente, por que ofenden gravemente, la una a la imagen del Padre Libertador Simón Bolívar y, las otras, la dignidad, decoro, tanto del ciudadano Presidente de la República, primera autoridad civil y política del Distrito Federal, como la de las Fuerzas Armadas.

La prensa del interior continúo su desarrollo, pero EL ZULIANO y LA NOTICIA (Zulia) no subsistieron. 

JAIME LUSINCHI (1984-1989) 

Se ejercieron presiones sobre los medios para silenciarlos, con respecto a ciertas informaciones que incomodaban al Presidente y su mas íntimo entorno. Fueron decomisadas revistas españolas que escribieron verdades sobre la visita del Presidente a Madrid (Fue acompañado por su secretaria privada).

Se decomisa la revista REPORTE PRIVADO. Las presiones ejercidas sobre los medios fueron posibles mediante el chantaje. De este modo, el Gobierno administraba la entrega de dólares a través del Régimen de Cambios Diferencial (RECADI), que requerían los medios de comunicación para adquirir en el exterior insumos, como el papel, tinta, películas, maquinarias y equipos.

En 1986 fue suspendido el programa PRIMER PLANO de MARCEL GRANIER; y dos columnistas del DIARIO DE CARACAS. JOSÉ VICENTE RANGEL y ALFREDO TARRE MURCI debieron cesar en sus colaboraciones. El director del DIARIO DE CARACAS, denunció (EL NACIONAL, 03/08/87) que su jefe directo, MARCEL GRANIER le decían desde Miraflores lo que debía o no aparecer en primera página o editoriales.

Al editor de LA RELIGIÓN (Cumaná) le dan una golpiza por informar sobre el divorcio del Presidente. Al diario EL VIGILANTE (Mérida) le lanzan una bomba por el editorial donde se comenta sobre las relaciones del Presidente con su secretaria privada.

El coeditor del diario EL NACIONAL, MIGUEL ENRIQUE OTERO, informó a la SOCIEDAD INTERAMERICANA DE PRENSA (SIP) que el suministro de divisas para la adquisición de materiales, sigue siendo utilizado como mecanismo de presión por parte del Ejecutivo, a raíz de ofrecer la verdad sobre cuestiones que se estaban ocultando. El programa PRIMER PLANO salió del aire.

El director del THE DAILY JOURNAL en un artículo informó que el peor período para la libertad de expresión en Venezuela, en los últimos 10 años, se dio en el gobierno de JAIME LUSINCHI. 

CARLOS ANDRÉS PÉREZ (1989-1993) 

En este período se estableció abiertamente la censura y fueron atropellados numerosos periodistas. Fueron suspendidas las garantías constitucionales, incluida la Libertad de Expresión.

Ediciones de las revistas ÉLITE y ZETA y después una del NACIONAL, fueron decomisadas; y fue cerrada la emisora YVKE MUNDIAL. Fue recogida la edición del DIARIO DE CARACAS, por un título de rumores de auto-golpe, y el editor del NUEVO PAÍS. RAFAEL POLEO, se autoexilió en los Estados Unidos para burlar un auto de detención.

El Presidente Pérez declaró que los MEDIOS DE COMUNICACIÓN se han convertido en SECTAS POLÍTICAS, tal cual como ha sucedido hoy en día. 

Esta situación cambia drásticamente en 1998, cuando asume la Presidencia Hugo Rafael Chávez Frías, sin embargo, a pesar de estar garantizados todos los derechos constitucionales y la libertad de expresión plena, esta es utilizada en contra del gobierno de una manera tan brutal y despiadada, que en abril de 2002, después de instigar abiertamente a la rebelión, participan en el Golpe de Estado. A tal descaro llegaron los medios ese 11 de abril, que años después, ha salido a la luz publica la verdad sobre los acontecimientos de ese día, desde su participación anticipada en el golpe (programas de opinión en RCTV, Venevisión, Globovisión y Televen), su participación directa en los hechos (pre-grabación de los militares golpistas desde PDVSA-Chuao), la manipulación informativa en procura de crear mas caos y confusión (grabaciones de Puente Llaguno), hasta romper la Cadena Presidencial, que procuraba en ese momento, evitar mas derramamiento de sangre y que tergiverso toda la información, al punto tal que recibieron el premio Príncipe de Asturias, por el fraude informativo, mas grande que ha producido la televisión venezolana y que hoy en día VENEVISION, no ha sido capaz de desmentir, a pesar de saberse descubiertos.

La distorsión de los dueños de medios, así como de los palangristas que trabajan en medios privados, los políticos de oficio y quienes odian al Presidente Chávez, los ha llevado a extremos insólitos estos años de bombardeo mediático, desde llamar al Presidente loco, homosexual, sádico, aberrado y cualquier otro descalificativo.

El Vilipendio contra el Presidente Chávez, ha llegado a tales extremos, que rompe con cualquier tipo de indiferencia, por muy pasivos que queramos ser, debemos reconocer el termino de Vilipendio y utilizamos un extracto del trabajo, El delito de vilipendio y la libertad de expresión en una sociedad democrática, de YUBI CAROLINA CISNEROS MUSSA, de la UCAB, pag. 11, cito. “Con el Históricamente se configura el desacato como un delito de injurias particularmente agravado por la calidad del sujeto receptor (magistrado, autoridad o funcionario público). En la actualidad, se define esta infracción como el hecho de «amenazar, calumniar, injuriar o insultar, de palabra o por escrito, en su presencia o fuera de ella, a un ministro, autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de éstas». La ofensa que exige el tipo delictivo ha de ser de carácter personal y dirigida inequívocamente a quebrantar el principio de autoridad que encarna la persona ofendida. Y el ánimo de desacreditar o menospreciar debe deducirse siempre del significado vulgar y gramatical de las palabras proferidas, en atención a las circunstancias concurrentes de ocasión, lugar y momento, y a la particular investidura de la persona agraviada, siendo indiferente que trascienda o no a terceros; pero, en todo caso, debe mediar vinculación estrecha entre la ofensa y la función, por ser ésta la que particularmente protege la ley. De ahí que esta infracción se encuadre desde el Derecho Penal, entre las que atentan contra la seguridad interior del Estado. La acción excluye cualquier comportamiento violento por parte del delincuente contra la persona del ofendido, ya que, de darse aquél, transformaría el delito en el más grave de atentado. Por lo general, las legislaciones que prevén este tipo de delito no admiten la exceptio veritatis, o prueba de la verdad de la imputación, como causa de exclusión de la antijuridicidad del hecho, en razón de que el prestigio de la autoridad está por encima del interés en dilucidar la posible verdad de los hechos imputados que, de ser ciertos, pueden encontrar su adecuada sanción en otras esferas, y para los que existen otros cauces para su denuncia y corrección. Con alguna excepción (Alemania), casi todas las legislaciones sancionan este delito como una figura independiente de las injurias comunes. El Código Penal francés lo denomina outrage, el italiano habla de oltraggio. El Código Penal polaco tipifica esta infracción en el Art. 132. El peruano en el Art. 328; el venezolano en el Art. 225; el español en el Art. 240; el argentino en el Art. 244.1”, si este delito esta tan claramente conceptualizado para alguien que proviene de una de los laboratorios donde se cocinan las guarimbas y los actos fascistas contra el gobierno ¿Por qué no hemos podido castigar un hecho punible?. La complacencia con los medios a llegado a tales niveles, que en estos momentos se ha tornado difícil el poder controlarlos, a pesar que existen leyes y regulaciones, pero simplemente han convertido la Libertad de Expresión en LIBERTINAJE EXPRESIVO, desquiciado y fuera de control, que procura única y exclusivamente, sembrar el odio y el rencor en los venezolanos.

Sin embargo EL BLOQUE DE PRENSA y LA SOCIEDAD INTERAMERICANA DE PRENSA (SIP), hoy donde se respeta la libertad de expresión, se mantiene una miserable matriz de opinión en contra del Ejecutivo Nacional y en especifico del Presidente HUGO CHÁVEZ FRÍAS. A manera de ejercicio mental, tomemos nuevamente del escrito de Nelson Castellano, lo siguiente: 

El lunes, 06/11/06, RAFAEL POLEO, en el programa ALÓ CIUDADANO, que modera LEOPOLDO CASTILLO en GLOBOVISIÓN, emitió, entre otras ilegales declaraciones, las siguientes;

1.- El 3 de diciembre, después del anuncio del CNE dando como ganador a Chávez, el pueblo debe salir a las calles denunciando el FRAUDE, incitando a la población (en vivo y directo) a la rebelión.

2.- El martes 5; y aun más grave, invita a las FUERZAS ARMADAS a una rebelión y a desconocer el triunfo del Presidente HUGO CHÁVEZ FRÍAS

INTERROGANTES:

1.- Es posible que a este delincuente, fascista, terrorista y golpista se le permita semejantes declaraciones, violando la Constitución Nacional y las Leyes... y aquí no ha pasado nada?

2.- ¿Qué piensan el Ejecutivo Nacional y CONATEL sobre estas declaraciones violatorias?

3.- ¿Merece ese canal de televisión que se le extienda, a partir de 2007, la concesión del espacio radioeléctrico?

4.- Si durante el gobierno de LUIS HERRERA se ordenó su arresto por 15 días, y en el segundo período de CARLOS ANDRÉS PÉREZ, tuvo que autoexiliarse en Estados Unidos por burlar un auto de detención ¿Qué tiempo merece este apátrida pasar entre rejas, por semejantes declaraciones?.

Mas lejos aun han llegado otros osados cuando el 6 de diciembre de 2007, fue recibido en esta Sala Constitucional, del TSJ un escrito presentado por el ciudadano RICARDO KOESLING, titular de la cédula de identidad N° 3.366.699, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.055, actuando en su propio nombre, e interpuso solicitud de “interdicción civil del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez Frías”, por considerarlo loco, con sus escuálidos (en ambos términos) argumentos.

Quienes nacieron en la cuarta republica, recordaran perfectamente los comentarios que hizo el profesor Earle Herrera sobre la película "El caso Mamera", del cineasta y poeta Luis Correa, donde el gobierno enjuicia al cineasta y prohíbe la película, otros caso fue el del cuento “El Inquieto Anacobero”, de Salvador Garmendia, por el cual se le siguió juicio al autor, a José Ratto Ciarlo, director del suplemento cultural de Últimas Noticias, se le llevó a los tribunales por haber ilustrado un cuento del escritor Argenis Rodríguez que la censura de la Cuarta República de aquel entonces consideró "pornográficos". Las ilustraciones eran dibujos de Pablo Picasso. La película El último tango en París fue prohibida porque el primer gobierno de Caldera consideró que los venezolanos no estábamos maduros para ver la escena de la cinta protagonizada por Marlon Brando. Durante el gobierno de Jaime Lushinchi y el último gobierno de Carlos Andrés Pérez también hubo censura que alcanzó niveles de ridículo (Herrera no lo mencionó, pero luego de las insurrecciones militares de 1992 se prohibió transmitir al aire canciones que consideraban podrían ser subversivas, como el recién estrenado tema "Prohibido Olvidar" de Rubén Blades. En el último gobierno de Rafael Caldera, se detuvo a un astrólogo que pronosticó la muerte del entonces presidente venezolano en base a sus observaciones de un planeta. José Bernardo Gómez, quien además de astrólogo es filósofo y profesor universitario, estuvo tres días en la Disip donde fue interrogado. Sin contar las innumerables canciones nacionales que fueron VETADAS de la radio, como Ali Primera, Los Guaraguaos e incontables gaitas zulianas, como La Grey Zuliana, Que Viva el Gobierno, Miseria, el gabinete del Diablo, etc. 

"Si usted escribía algo sobre o contra los militares en el pasado, usted iba preso y le hacían juicio militar. Si usted escribía algo contra el sistema judicial, lo acusaban por vilipendio". Recordó a Germán Carías, quien fue enjuiciado por publicar en El Nacional una serie de reportajes titulados "Cuando se juzga a los jueces".

Demasiadas referencias en torno a la censura de la cuarta republica, sin embargo, aun estamos esperando que se cierre un periódico, canal o se meta preso a algún palangrista por vilipendiar al gobierno y sus funcionarios. Por supuesto, se hará mención al cierre de RCTV, que no obedeció a otra cosa que el final de la concesión del espectro radioeléctrico del canal UHF 2, ahora en manos de la Televisora Social Tves, con todos sus problemas y saboteos a los que han sido sometidos; de hecho, si tal cosa hubiera sucedido (el cierre), no estuvieran por cable o DirecTV con su RCTV Internacional, por supuesto insultando e incitando al odio, como ha sido su común denominador durante 10 años.

Tanto Omar Camero, dueño de Televen, como el turquito Nelson Mezerhane de Globovisión,  Marcel Granier de RCTV y Gustavo Cisneros de Venevisión, han desmedido su odio hacia el gobierno nacional, tan grande ha sido que los ha llevado al borde de la esquizofrenia y la paranoia, llevando a su rebaño de palangristas a atacar, no solo al gobierno, sino a sus familias, incluyendo niños como el caso del Palangrista - Golpista Nelson  Bocaranda Sardi contra el Alcalde de Libertador Jorge Rodríguez quien denunció, que sus hijos de 12, 8 y 5 años de edad, fueron objeto de difamación por parte del periodista, siendo esto la causa para que los dirigentes opositores Óscar Pérez, Omar Estacio y Richard Blanco articulen un plan contra la integridad física de su familia.

"Este señor, con el desparpajo y la asquerosa condición que lo caracteriza, mencionó el sitio donde el colegio de mis hijos los lleva a su práctica de natación".

La columna denominada Runrunes, publicada en el diario de circulación nacional El Universal, de acuerdo con Rodríguez, conllevó a que "el señor Omar Estacio, presidente del Centro Simón Bolívar y un redomado ladrón en el gobierno de Jaime Lusinchi, el señor Óscar Pérez, alias 'cabeza de motor', imputado por robo de vehículos en el pasado reciente, y Richard Blanco; todos éstos de la banda delictiva que acompaña al alcalde Antonio Ledezma en sus desafueros", realizaran una conversación sobre lo referido en la publicación elaborada por Bocaranda. Aun mas, a la juez Marjorie Calderón, que condenó a los tres comisarios y los seis efectivos de la Policía Metropolitana a treinta años de cárcel por dos de los casos del 11 de abril de 2002, Yajaira de Forero, esposa del comisario sentenciado Lázaro Forero, en medio del dolor por la sentencia, llamó a la colectividad a "Si ven por ahí a la Juez Maryorie Calderón y a su hijo pequeño, me llaman para hacerles pagar con sus vidas la condena de mi esposo”, sin que esto se pueda tomar como una amenaza o incitar a delinquir por lo tanto Globovisión, solidario en las causas, transmitía constantemente la imagen de la juez Calderón, de la Fiscal Haifa y la imagen del abogado acusador, para lograr la colaboración de la colectividad en su captura y posterior ajusticiamiento, si se lograra sancionar, es esta la segunda vez que se sanciona a este canal, podría suspenderse o revocarse la concesión, según el artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social en la Radio y Televisión.

A todo esto Alberto Federico Ravell respondió.- “Hemos retirado las imágenes porque consideramos que ya la colectividad tiene grabado los rostros, sólo nos queda que la colectividad se active, no porque tengamos miedo a una sanción”. 

La Arbitrariedad de los medio de comercialización de la información, así como la  impunidad con que trabajan, denigran y difaman de todo cuanto le huela a Chávez y revolución, esta colmando la paciencia del pueblo; creemos que mas que ya no es el derecho a la libertad de expresión, sino la muestra mas fehaciente de  la Criminalización de Las Empresas de Comunicación y no es necesario hurgar o revolver profundamente en la situación, para dar con los culpables. La inherencia entupida con la cual la SIP o el Bloque Latinoamericano de Prensa pretenden minimizar las acciones del gobierno, solo se esta convirtiendo en caldo de cultivo para que mas adelante, estas mismas políticas manipuladoras se vuelvan en su contra.   

En nota de prensa en la pagina de YVKE Mundial, se lee: El Presidente Hugo Chávez emitió una fuerte advertencia al canal privado Globovisión, enconado opositor al gobierno venezolano, debido a la actitud del medio y de su director, Alberto Federico Ravell, a quien, sin mencionarlo por su nombre, no dudó de calificarlo como "un loco con un cañón" por la forma como ha usado su medio de comunicación para crear alarma, amenazar y amedrentar a funcionarios públicos, y hasta hacer llamados a militares a pronunciarse contra el gobierno.  

El presidente venezolano criticó la histérica reacción de Alberto Federico Ravell, director de Globovisión, el pasado 4 de mayo, cuando, minutos después de un sismo, intervino en el canal que dirige para lanzar nerviosas acusaciones contra el gobierno por supuestamente no haber emitido información, lo que sirvió para aumentar la intranquilidad entre la gente que vivía en Caracas y zonas vecinas, que habían sentido el mayor sismo en muchos años.  

Chávez indicó que, apenas ocurrió el sismo, ese día llamó a todos los funcionarios de su gobierno y todos estaban despiertos y trabajando.  

"Entonces viene un loco de estos, porque es un loco. ¡Un loco con un cañón!", dijo el Presidente refiriéndose a Ravell y el uso dado a Globovisión, aunque sin mencionarlos directamente. "Lo digo: eso se va a acabar. Ese loco con ese cañón, se van a acabar o me dejo de llamar Hugo Rafael Chávez Frías. ¡Ya basta! Si van a dar un golpe, prepárense, vengan. Si van a hacer guarimba, vayan, los esperamos. ¡Pero no vamos a tolerar más a un loco con un cañón disparándole a todo el mundo! ¡Ya basta! Llamo al pueblo a que se prepare".  

El Presidente indicó que se usarán todos los recursos dentro de la legalidad democrática del país para acabar con los excesos que han cometido este y otros medios recientemente. "Al pueblo venezolano se lo digo: esto no va a continuar así. Primero, confío en que los órganos del Estado, a quienes corresponde iniciar los procedimientos y la investigación, cumplan con todos los trámites. Confío en que los demás poderes a los que corresponde, cumplan con todos los trámites que tengan que hacer".  

Chávez criticó duramente a Globovisión recordando las amenazas que desde ese canal y desde otros medios se hicieron contra la juez Maryori Calderón, quien emitió sentencia contra los comisarios Lázaro Forero, Henry Vivas e Iván Simonovis, así como otros funcionarios policiales de menor rango, por su participación en el golpe de Estado de abril de 2002. Desde Globovisión se emitieron reiteradas amenazas contra la jueza, se emitió constantemente su fotografía y numerosos datos personales de ella y su familia, lo que ha sido interpretado como una campaña intimidatoria y de amenazas de muerte contra ella.

Creemos que ha llegado el momento de acabar con la impunidad mediática, solo molesta que tenga que haber sido el Presidente Chávez quien debiera asumir esa responsabilidad, y no halla sido una iniciativa de los organismos encargados de administrar los recursos radioeléctricos e impresos, inclusive de proteger la integridad familiar, caso del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente, sin embargo, lo importante es que se haga justicia. Como dice la frase famosa del pensador y filosofo ingles Thomas Hobbes "La justicia puede parpadear algún tiempo, pero acaba viendo." 
 
 

 

LISTA DE REFERENCIAS   

     1. CABANELLAS, G. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Tomo IV F-I. (24ª Edición). Editorial Heliasta. Buenos Aires, Argentina.  

     2. CÓDIGO PENAL VENEZOLANO (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.768. Extraordinaria del 13 de Abril del 2005.  

     3. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (2000). Gaceta Oficial Nº 5.453. Extraordinario del 24 de Marzo de 2000.  

     4. ENCICLOPEDIA JURÍDICA OPUS (1994). Tomo IV (F-I). Ediciones Libra, C.A. Caracas – Venezuela (p. 487).  

     5. MARTÍNEZ, Moira (1997). Síntesis Criminológica. Fondo Editorial Universidad Santa María. Caracas - Venezuela. 

     6. BAIZ VILLAFRANCA, Reina Alejandra J.(Abogada egresada de la Universidad Santa María, Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas (UCAB), actualmente realizando el Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Magíster en Ciencias Penales y Criminológicas (UCAB), Participante del Programa de Formación Inicial (PFI) 2006-2007 de la Escuela Nacional de la Magistratura, Presidenta de la Asociación Venezolana de Derecho Penal (ASOVEDEP)), IMPUNIDAD: COMO FACTOR DESENCADENANTE DE LA CRIMINALIDAD. CC, jun. 2008, vol.36, no.2, p.71-92. ISSN 0798-9598. 

 7. Página web Aporrea, http://www.aporrea.org 

coomunica@ymail.com


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