Participación al mínimo en Consejos Comunales

Participación al máximo es la consigna que responde al mandato constitucional, es ella la participación es la que da al ciudadano organizado el rol protagónico, para ser sujeto activo y no sujeto pasivo del proceso de cambio; para esto se requiere su plena incorporación al gobierno de su localidad y, más particularmente, de su comunidad o vecindario, por lo que el Consejo Comunal podría ser definido como centro de participación.

En nuestra “Cátedra Comunal” comenzamos a hacer cuatro alertas sucesivas para evitar se perviertan los Consejos Comunales, alejándose de su objetivo y propósito. Las dos semanas anteriores hablamos del peligro de la negación al cambio y de la subordinación indebida de los Consejos Comunales, dejando para está semana la disminución al mínimo de la Participación Ciudadana, y concluir la que viene, con la falta de transparencia o corrupción.

No obstante el mandato constitucional y el empeño insistente del Presidente en que los Consejos Comunales respondan directamente a la voz y a la acción de las mayorías, muchos de los electos para ser voceros de los Consejos Comunales, quieren efectuar su tarea de manera exclusiva y excluyente, se creen dueños de la organización popular y únicos actores del proceso revolucionario y de cambio.

Alerto contra el mal: desgraciadamente comienzo a encontrar, en algunas comunidades, voceros que intentan convertirse en únicos depositarios de la verdad y en únicos administradores y conductores del proceso. Ellos, dentro de los viejos esquemas que debemos superar, quieren decidirlo todo sin contar con la Participación Ciudadana. Ese esquema responde al pasado. Un vocero no es un dueño, el simplemente lleva la vocería, es quien transmite la voluntad del colectivo. No podemos permitir que quien debe hablar en nombre de otros, para ser vocero de lo que los ciudadanos y ciudadanas decidieron, pretenda hacerse dueño de la voz. Debemos rechazar esas actitudes de líderes comunales que no consultan, que no interpretan la voluntad colectiva, sino que, por el contrario, abusan de su posición, para ser ellos quienes deciden, en lugar de voceros de lo que otros aprueban.

Nuestra democracia, por definición, es participativa; en el Preámbulo de la Constitución el pueblo decide “refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica”. Venezuela dejo de ser un Estado de democracia “representativa”, como lo establecía la vieja Constitución de 1961, conforme a la cual los ciudadanos elegían representantes, quienes la conducían por el término constitucional de cinco años, sin que los ciudadanos  tuviesen derecho a participar de la administración; los ciudadanos eran simplemente electores de representantes, y estos últimos ejercían a plenitud y en solitario el mandato de representación recibido.

 Hoy no es ni debe ser así, el gobierno tiene que ser democrático y participativo en todas sus instancias: nacional, regional y local. Las asociaciones populares, particularmente los Consejos Comunales, sólo tienen la opción de ser organizaciones participativas, ya que son la máxima expresión de la corresponsabilidad, la cooperación, la solidaridad y el ejercicio directo de las gestiones de las políticas públicas, así como la de los proyectos propios de las comunidades.

 Incumplen sus funciones los voceros del Órgano Ejecutivo, así como los de los Comités de Trabajo y los Miembros de los Órganos Económico-Financiero y de Control, si se consideran dueños de las instituciones a las que sirven. Su legitimidad está sustentada en la participación ciudadana. 

Que nadie pretenda sustituir a la ciudadanía, que nadie intente desconocer el derecho de sus vecinos a estar plenamente integrado a las funciones del Consejo Comunal. Mayor participación ciudadana es la consigna. Participación al mínimo es la desviación denunciada por el Presidente Chávez. Nosotros con él alertamos sobre este peligro.

cesar_dorta@hotmail.com



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César Dorta

Luchador social y municipalista

 cesar.dorta62@gmail.com

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