¿Cuál es la diferencia entre expropiar empresas y quemar fábricas?

Por dónde se le mire, el concepto expropiación en el derecho y en las diferentes acepciones conlleva la responsabilidad del expropiante de cancelar en base a un justiprecio la cosa expropiada.

Cuando el motivo de expropiación es por causa de utilidad pública, está más que justificado.

Cuando la expropiación se produce por daños al ambiente, por especulación o acaparamiento, por prácticas monopólicas, por violación a leyes vigentes sobre las mínimas condiciones de convivencia democrática es un acto de justicia y soberanía.

Llama la atención, y mire que si llama la atención, que algunos connotados dirigentes de lo que alguna vez fue una izquierda radical, subversiva, contestataria, anti-imperialista, come candela; sean los principales defensores de los intereses de dueños nativos y de las transnacionales, que en no muy remotos tiempos los perseguían y desprestigiaban desde sus medios. El calificativo más barato que les endilgaron fue el de asesinos.

Y sigue llamando la atención que ni los dueños de las empresas expropiadas se han atrevido a argüir nada que se parezca a lo que dicen estos liberales de nuevo cuño.

Hasta el momento y por lo que se sabe ni han fracasado las empresas expropiadas ni han sido afectadas las reivindicaciones de trabajadores y trabajadoras.

En cambio, cuando se le mete candela a una fábrica, eso sí es grave y cruel. El dueño cobra su seguro, pero obreros y obreras quedan en la calle. O la quema de autobuses. O la confiscación sin derecho a pataleo.

¡Qué paradoja! Entre esos vociferadores tarifados, se encuentran varios de los que en la década de los años sesentas, ordenaron quemar fábricas y autobuses y amenazaron con colgar de los postes del alumbrado público a los adversarios.

¡Qué vaina catire! ¡Cómo se caen las caretas!

rgustavogonzalezp@gmail.com


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Rafael Gustavo González Pérez


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