TSJ: una sentencia memorable

Uno busca al gobierno en la Gaceta Oficial y los medios de comunicación, uno encuentra al Estado en las sentencias del Tribunal Supremo. En la del magistrado Emiro García Rosas del 1º de Julio de 2010, que establece con efecto retroactivo el derecho a pensión y beneficios de los familiares que sobreviven a “incapacitados con enfermedad ocupacional”, el Estado por primera vez reconoce a la clase obrera en su conjunto como sujeto económico, social y de derecho. Establece García Rosas (citando a Marx) “A diferencia de las otras mercancías, la valoración de la fuerza de trabajo encierra pues, un elemento histórico moral”. 

Esta sentencia, que puede leerse en la página Web del TSJ, es una mina de razones utilísimas para analizar el papel de la clase obrera (hoy lenta reserva) como vanguardia de la revolución.

En otra cita de Marx que hace García Rosas leemos: “Es decir, que el obrero adelanta en todas sus partes al capitalista el valor de uso de la fuerza de trabajo y el comprador la consume, la utiliza, antes de habérsela pagado al obrero, siendo por tanto, éste el que abre crédito al capitalista. Y que esto no es ninguna fantasía lo demuestra el hecho de que, de vez en cuando, los obreros pierdan los salarios devengados, al quebrar el capitalista”. (MARX. Obra citada). Y si no que lo digan los 33 mineros chilenos atrapados a 700 metros de profundidad en una mina de Atacama a 834 kilómetros al norte de Santiago. El accidente ocurrió en agosto y la extracción fue calculada para Diciembre, por lo que los patrones se apresuraron a declarar que no pagarían a los mineros atrapados sus salarios correspondientes, porque después del accidente la empresa no era rentable y la declararían en quiebra El historial crediticio del capitalismo es tan malo que la clase obrera mundial debería cortarle el crédito para siempre.

CITAS CITABLES

Si esta sentencia es, por lo justa, memorable, lo es aún más por citar textos no jurídicos provenientes de otras áreas especializadas del pensamiento humano. Las citas extraídas de textos historia, filosofía, literatura, antropología, matemáticas, física, poesía, etc. son usuales en otras latitudes, pero entre nosotros y hasta donde yo se, es la primera vez y esperemos que no la última. Buena señal de avance intelectual en nuestro poder judicial.

EL DERECHO A LA CITA

Está matemáticamente probado (Godel) que un sistema axiomático no puede ser completo. El derecho, axiomático por excelencia, no podría encontrar en sí mismo razones suficientes para juzgar sobre todos los asuntos del quehacer humano, especialmente sobre las cambiantes relaciones sociales, de producción y propiedad, en un proceso de cambios como esta revolución. La cita, el uso inocente (ius usus innocui) de la creación y propiedad intelectual de otro, es tan importante que fue discutida e incluida por las Naciones Unidas en la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, como parte del derecho a la educación y a la libre creación intelectual, y al reconocimiento moral y material por la obra citada.

Que renovadores aires de revolución intelectual hayan llegado hasta el Tribunal Supremo no significa que éste sea o pueda ser revolucionario. Pero después del absurdum del “vacío de poder” y del fallido fallo de reenganche de los saboteadores botados de Pdvsa, la sentencia de García Rosas aporta una nueva visión del TSJ. No nos quita la sed de justicia, pero nos entra un fresquito. Enhorabuena. 

P.D. Con justa preocupación Luís Britto García se pregunta (Ultimas Noticias 22/08/2010) “¿Cuándo reconocerá la Corte (sic) venezolana que la soberanía de Venezuela no está sometida a tribunales o árbitros extranjeros?  Mientras llega la respuesta, recordemos que el TSJ está dividido en Salas, cada una con sus magistrados, algunos de gran probidad y erudición, otros desprovistos de ambas cualidades.

rotheeduardo@hotmail.com


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Eduardo Rothe


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