Aplíquenle el decreto del Libertador para que vean que se acaba el dólar Cúcuta (alias dólar today)

Artículo 1°- todo funcionario público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.

1. DECRETO QUE DEBE APLICARSE POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE 2017 PARA ELIMINAR EL BACHAQUEO, LA HIPERINFLACIÓN, LA ESPECULACIÓN CON LOS ALIMENTOS Y MEDICINAS. EL ROBO DE LA GASOLINA Y GASOIL HACIA COLOMBIA Y OTROS PAÍSES. EL ROBO DE LAS MEDICINAS HACIA COLOMBIA, GUYANA, BRASIL, Y LAS ANTILLAS, EL ROBO DE LOS ALIMENTOS EXTRAÍDOS HACIA COLOMBIA, ANTILLAS, GUYANA, BRASIL. EL ROBO CON CUELLO BLANCO DE LOS COMERCIANTES VENEZOLANOS O EXTRANJEROS DE LOS ALIMENTOS Y COMERCIANTES DE DE MEDICINAS. EL BACHAQUEO DE LOS ALIMENTOS Y MEDICINAS DENTRO DE VENEZUELA.

2. ESTE DECRETO SE HARÁ TAMBIÉN CONTRA LOS EXTRANJEROS O NACIONALIZADOS ASÍ COMO

3. Decreto de Simón Bolívar pena de muerte a corruptos Colombia. Debería aplicarse hoy mismo en 2017 en adelante a los funcionarios públicos DE CUALQUIER TIPO DE ELECCIÓN O SELECCIÓN PERTENECIENTES Al ESTADO. SE APLICARA TAMBIÉN A LOS FUNCIONARIOS DE PDVSA. y A los COMERCIANTES especuladores CON LA COMIDA Y MEDICINAS QUE HAYAN GANADO MAS 30% ENTRE EL PRECIO DE COMPRA Y EL DE VENTA de la comida y las medicinas

Decreto de Simón Bolívar pena de muerte a corruptos Colombia

Con tanta corrupción en las instituciones públicas de Colombia y el resto de Sudamérica que causa tanta indignación a los ciudadanos y detiene el progreso y desarrollo de la mayoría de países Latinoaméricanos porque sus fondos no son bien administrados. Un texto publicado en el portal de Venezuela Inmortal, está recorriendo las redes sociales, que habla de un decreto que hizo el Libertador Simón Bolívar para los corruptos en la Gran Colombia.

El 12 de enero de 1824, el Señor General Simón Bolívar, Dictador plenipotenciario del Perú y Presidente de Gran Colombia decreta la pena de muerte para todos los funcionarios públicos que hayan "malversado o tomado para sí" parte de los recursos de la Estado, medida que tomó con el objetivo de disminuir el mal de la corrupción en la Gran Colombia de a aquel entonces.

Decreto emitido por el Libertador desde el Palacio de Lima
Teniendo Presente:


1- Que una de las principales causas de los desastres en que se han visto envuelta la República, ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han invertido en ellos;

2- Que el único medio de extirpar radicalmente este desorden es dictar medidas fuertes y extraordinarias, he venido en decretar, y

Decreto

Artículo 1°- todo funcionario público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.

Artículo 2°- Los jueces a quienes según la ley, compete este juicio, que en su caso no procediere conforme a este decreto, serán condenados a la misma pena.

Articulo 3°- Todo individuo puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el artículo 1°.

Artículo 4°- Se fijará este decreto en todas las oficinas de la república, y se tomará razón de él en todos los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos públicos.

Imprímase, publíquese y circúlese.
Palacio Dictatorial de Lima, a 12 de enero de 1824 - 4° de la República.

Por orden de S. E.
SIMÓN BOLÍVAR

Decretos del Libertador. Publicaciones de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, Tomo I (1813 - 1835) pago. 283. Imprenta Nacional, Caracas, 1961.
Esta pena de muerte para los casos de corrupción se sostuvo durante 39 años. Su abolición legal fue en 1863, bajo la presidencia de Juan Crisóstomo Falcón, con el decreto de garantías, que será recogido en la nueva constitución de 1864. Desde esta fecha, la prohibición de la pena de muerte ha estado inscrita en todas las constituciones de la república, siendo Venezuela el primer Estado abolicionista de la pena capital en el mundo.

gomezlopez65@yahoo.com



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