La realidad existente es que la gran mayoría de Comunas, o Parlamentos de estas organizaciones, están presuntamente funcionando sin promulgar ninguna Carta Comunal, esto se debe a la falta de un reglamento para la ley Orgánica de las Comunas, documento que pudiera corregir los vacíos, que esta ley tiene, como la no definición de la organización del poder electoral de la Comuna, y uno se pregunta después de registrada la comuna, quien tiene la responsabilidad de organizar la elección del gobierno de la comuna y cuanto es el lapso de tiempo, para elegir la estructura ante mencionada, igualmente quien juramenta a las nuevas autoridades (Parlamentarios).
La mayoría de Parlamentos una vez electos, no saben lo que van hacer, ellos nos cuentan con un equipo de técnicos en legislación, como cuenta los demás entes públicos de legislación.
No saben redactar una Carta Comunal ( Gaceta Oficial) es necesario que el Ministerio de las Comunas, agilices la creación y aprobación del reglamento de la ley Orgánica de las Comunas y comience a dar talleres de formación legislativa, para que los parlamentarios comunales, aprendan como funciona un parlamento, que es un parlamento comunal y como van hacer el reglamento de interior y debate.
Igualmente a los parlamentarios, como no tienen asesores legales (Abogados) el Ministerio de las Comunas, deben revisar las Cartas Comunales entes de que sean publicadas en gaceta oficial.
A fin de evitar que una carta comunal contradiga una ley o viole un derecho constitucional, recordemos que el desconocimiento de una normativa establecida en una ley, no libera a ninguna persona de un hecho punible.
Fortalezcamos el poder popular y estaremos fortaleciendo el proceso revolucionario, solo así podremos consolidar el sueño de Chávez.