Comentarios sobre la propuesta de Fuenmayor para la carrera académica universitaria

ecientemente apareció un artículo en Aporrea en el que Luis Fuenmayor Toro esboza sus ideas acerca de cómo caracterizar la carrera académica en las instituciones de educación universitaria (ver: https://www.aporrea.org/educacion/a311574.html). Encuentro insuficiente y problemática esta propuesta de Fuenmayor. Insuficiente porque deja temas importantes sin tocar y problemática porque se fundamenta en concepciones limitadas y erróneas las cuales le conducen a conclusiones equivocadas. El asunto de la carrera académica es uno de los más delicados para despacharlo en pocas líneas y que debe ser debatido amplia y exhaustivamente dentro y fuera de las instituciones de educación universitaria.

Antes de entrar en el tema de este artículo considero necesario hacer unas aclaratorias previas. Toda discusión en torno a cualquiera de los asuntos que se consideren como objeto de regulación mediante una nueva ley, debe hacerse teniendo en cuenta un claro y definido panorama legal. Lo cual no he visto hasta ahora. Pareciera que la discusión en torno a la ley se está haciendo ignorando elementos y conceptos importantes ya planteados en la Constitución de la República bolivariana de Venezuela (CRBV) y de la Ley Orgánica de Educación (LOE). Mediante la LOE fue creado el subsistema de educación universitaria, el cual: "comprende los niveles de pregrado y postgrado universitarios." Pareciera que muchos no han entendido este concepto, el cual es diferente de la vieja idea del sistema universitario. Por ejemplo, la Misión Sucre, que no es una universidad, está integrada al subsistema de educación universitaria. El camino legal a seguir en lo que respecta al subsistema de educación universitario está claramente establecido en la LOE. En esta ley se ordena la redacción de una Ley del Subsistema de Educación Universitaria y de un conjunto de leyes especiales, cada una de las cuales deberá ser luego reglamentada. Debe evitarse la redundancia, las contradicciones y el solapamiento entre esas leyes, respetando la jerarquización entre las leyes.

Está claramente estipulado en la LOE que: "La LEY DEL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA determinará la adscripción [de las universidades], la categorización de sus componentes, la conformación y operatividad de sus organismos y la garantía de participación de todos y todas sus integrantes" (énfasis añadido), que: "La educación universitaria estará regida por leyes especiales y otros instrumentos normativos". Algunos de los asuntos en particular que requieren de una regulación especial son, entre otros: "El ingreso y permanencia de docentes, en concordancia con las disposiciones constitucionales para el ingreso de funcionarios y funcionarias de carrera, así como con las disposiciones que normen la evaluación de los y las integrantes del subsistema" y "La carrera académica, como instrumento que norme la posición jerárquica de los y las docentes, así como de los investigadores y las investigadoras del sistema, al igual que sus beneficios socioeconómicos, deberes y derechos, en relación con su formación, preparación y desempeño." Queda así establecido que deben promulgarse leyes especiales para el ingreso y permanencia de los docentes y para la carrera académica.

Aclarado a grandes rasgos el panorama jurídico, paso ahora a comentar primero en términos generales y luego de manera detallada algunos de los aspectos de la propuesta de Fuenmayor sobre la carrera académica. Primero, Fuenmayor asume que se estaría legislando para la universidad tal cual como está en este momento, considerándola además como institución inmutable, inmune a transformaciones. Según él, hay que legislar el tema de la carrera docente de manera tal que se ajuste al estado actual de las universidades. Segundo, Fuenmayor propone la creación de dos "categorías" de personal académico. Este término resulta inadecuado porque el término "categorías" es usado para describir los niveles del escalafón. Por ejemplo, profesor asistente es una categoría. Fuenmayorr también hace referencia a unas tales "escuelas de formación profesional", lo cual supone una escuelas de fomación no profesional. Tal división entre las escuelas que conforman las facultades no existe en Venezuela. Esa división es usada en las universidades estadounidenses, donde existen escuelas profesionales para la formación en las profesiones liberales. Por lo tanto, Fuenmayor debería afinar su propuesta en cuanto a la terminología.

El centro de la propuesta de Fuenmayor es la diferenciación entre dos tipos de profesores: personal académico y profesional docente. Fuenmayor asume como hipótesis que las universidades no realizan investigaciones científicas en todas las áreas académicas en las que ofrecen oportunidades de estudio. Lo cual es cierto, pero no significa que tenga que seguir siendo así. Deben crearse los estímulos y demandas para que las universidades realicen investigaciones en todas las áreas de su incumbencia, teniendo en cuenta que el desarrollo de estas será siempre desigual y combinado. El supuesto erróneo de Fuenmayor de que aquella situación debe ser perpetuada es por lo menos inconveniente.

Fuenmayor afirma sin ningún sustento científico que la "estabilidad absoluta" de las y los profesores "conspira contra la excelencia académica". Por un lado, no es cierto que las y los profesores de "estabilidad absoluta". Otra cosa es que se haya establecido en nuestras universidades, en mayor o menor grado, hábitos complacientes ante la mediocridad y la improductividad. Por otro lado,la estabilidad laboral está consagrada en nuestras leyes laborales.

Hay otro aspecto inaceptable en la propuesta de Fuenmayor, la limitación de los derechos políticos de un grupo de profesores universitarios. El número de estos profesores sin derechos políticos debe ser no menor del 60% del total de profesores de la universidad. Además, estos eunucos políticos serán contratados a lo máximo con una carga académica de 10 horas semanales dedicadas exclusivamente a la instrucción. Por último, estos profesores no tendrían ninguna injerencia o responsabilidad en el funcionamiento de la universidad.

Este apartheid académico que propone Fuenmayor comprometería los futuros planes de desarrollo de las ciencias, las tecnologías y sus aplicaciones en nuestras universidades. Según su propuesto, a lo más el 40% de los profesores de la universidad deben dedicarse a labores de investigación. Además, excluye la posibilidad de que las y los trabajadores administrativos y obreros se incorporen a labores de investigación. Este último asunto lo detallaré en otro artículo.

En cuanto al tema de los mecanismos de ingreso y de ascenso, Fuenmayor no propone nada nuevo en esencia y muestra desconocer la diversidad de la universidad venezolana. Sobre el ingreso a la carrera académica Fuenmayor sostiene que debe imponerse el concurso de oposición como único mecanismo de ingreso. Fuenmayor desconoce que hay universidades venezolanas en las que se puede ingresar al personal ordinario por vías diferentes al concurso de oposición. Además, las universidades que ocupan los primeros lugares en los "rankings" mundiales no seleccionan a sus profesores por concurso sino por desempeño. Pero, Fuenmayo no solo insiste en el uso de este mecanismo sino que lo empeora politizándolo aún más. Fuenmayor propone que los jurados examinadores estén integrados exclusivamente por aquellos profesores que reúnan las condiciones para ser candidatos a cargos de autoridades, lo cual llevaría inevitablemente a favorecer a aquellos concursantes que simpaticen con las corrientes políticas que esos jurados encarnen. El ingreso o no de un profesor a la carrera docente no debe determinarse mediante una evaluación de ese tipo llevada a cabo por un jurado integrado por potenciales candidatos a autoridades. El concurso de oposición debe ser sustituido por un evaluación de la actuación y producción del profesor durante un cierto lapso y según las necesidades de la institución. Hay ejemplos en nuestro país de universidades que tienen mecanismos de ingreso alternativos al concurso de oposición.

Sobre el ascenso hay un punto en el que estoy de acuerdo con Fuenmayor, el de no considerar las tesis de especialización, maestría y doctorado como trabajos de ascenso. El trabajo de ascenso debería más bien ser una colección de evidencias de la producción del profesor en el tiempo que ha ostentado una categoría determinada. Más que un trabajo de ascenso, el profesor debería presentar un portafolio con sus producciones, de diversos tipos, logradas en un determinado lapso de su carrera. Por ejemplo, un profesor de artes visuales incluiría en su portafolio sus obras (fotografía, cortometrajes, video clips, etc.) y un profesor de ingeniería podría incluir en su portafolio prototipos, patentes, etc. Aquí sería muy importante el rigor en la valoración de esas producciones, la mediocridad no debería tener cabida sin importar el producto que sea evaluado. Hay ejemplos en nuestro país de universidades en las que hay diversas alternativas de trabajo de ascenso.

La universidad venezolana requiere de profundas transformaciones, las propuestas de cambio deberían surgir del seno de las mismas universidades. Sin embargo, como en todo proceso de transformación también se requiere de un impulso externo, el cual concibo en términos democráticos. Nuestra universidad tiene una larga historia de luchas, aciertos, logros, avances, retrocesos y fracasos. Ignorarlos sería un grave error, reproducir estos últimos sería peor. Tampoco se debe ignorar las experiencias en educación universitaria en otros países, ninguna sociedad avanza despreciando los logros alcanzados por la humanidad. La transformación de la universidad no se logrará solo con la aprobación de una nueva ley para el subsistema de educación universitaria.



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Julio Mosquera


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