Ley para el debate apasionado

El debate sobre la Ley de Universidades de Venezuela es apasionante, da gusto ver como los sectores universitarios se convocan en foros y pasillos para hablar del tema. Cada quien supone defender su punto de vista, y quien se ponga a escuchar como tercero, se da cuenta que están mas de acuerdo que en desacuerdo. ¿En que coinciden?, en la necesidad de cambio o transformación. ¿En que están enfrentados?, en el uso o no de término como “socialismo”.

A mi modo de ver las cosas, el uso de la palabra socialismo en un texto legal no es indispensable. La misma Constitución Bolivariana no lo usa, al menos de manera explicita, aunque quien la lea y analice se dará cuenta que es profundamente socialista. Esto se puede demostrar tajantemente en la concepción del Estado allí concebido, obligado a garantizar de todo a los ciudadanos, educación, seguridad, alimentación, trabajo, justicia, igualdad y hasta felicidad. Solo una economía socialista puede facilitarle a un Estado el cumplimiento de tales mandatos. Albert Eisnten lo escribió así “Estoy convencido de que hay solamente un camino para eliminar estos graves males: el establecimiento de una economía socialista, acompañado por un sistema educativo orientado hacia metas sociales”. Vale la pena aclarar que los “graves males” a que se refiere el emblemático científico son: la falta de trabajo, la acumulación de capital, la formación de oligarquías y demás males…típicos del capitalismo.

Chávez, en sus constantes y maratónicas charlas hace referencia a muchos libros, cosa que dice mucho de su capacidad de estudio y lectura, aparte de una memoria que asombró a García Márquez, cuando en un viaje a La Havana, el presidente le citó de memoria una pagina de la novela Doña Bárbara. Entre tantas citas de los últimos días, motivado, supongo por la Ley Habilitante, se ha referido “Al Espíritu de las Leyes” de Montesquieu. Cosa que me ha obligado a recurrir al magnifico Google para revisar un poco de que se trata.

Me ha causado mucha impresión el texto del libro, confieso no haber leído completo, solo algunos resúmenes que aparecen en bloggers cheverísimos. Interesante es el concepto de libertad, y la reflexión que me permito citar textualmente: “Es cierto que en las democracias el pueblo parece hacer lo que quiere; pero la libertad política no consiste en hacer lo que se quiera. En un Estado, es decir, en una sociedad en la que haya leyes, la libertad no puede consistir más que en poder hacer lo que se debe querer y no verse obligado a hacer aquello que no se debe querer. Hay que entender claramente lo que es la independencia y lo que es la libertad. La libertad es el derecho de hacer lo que las leyes permiten; y si un ciudadano pudiera hacer lo que prohíben, ya no habría libertad, porque los otros tendrían ese mismo poder”.  Queda en claro que la libertad está limitada por leyes, generadas por la sociedad organizada como Estado, y que en la gran mayoría de los casos la motiva en sentido común. Si lo referido se lo aplicamos a la autonomía, entendida como la capacidad de darse gobierno y administración propia, estaríamos en condiciones de discutir que la autonomía no es violable, sino limitable cuando el ente que pretende ser autónomo es una parte de un Estado-nación.

¿Quién puede asegurar que la universidad venezolana es autónoma? En mi opinión jamás lo ha sido. Jamás ha sido capaz de captar recursos suficientes producto de investigaciones y programas de formación para el parque tecnológico o social nacional o internacional, por lo que esta sostenida, de manera total por el Estado petrolero venezolano.

Asimilando esta realidad presupuestaria, tampoco es autónoma de hecho. La solo existencia del CNU es reconocer que existe una instancia supra-universidad, creada como mecanismo de contención de algunas de las aspiraciones renovadoras de los años sesenta, con la Ley de Educación Superior del año 70.

El CNU, como una instancia administrativa, inhibe cualquier iniciativa de las universidades. Quien no comparta mi opinión, le propongo reflexione sobre las causas del estacionamiento en las mismas carreras universitarias, los mismos planes de estudios, los mecanismos de evaluación y de ingreso. Ni hablar del reparto del presupuesto entre las universidades grandes y la dadiva a las pequeñas.

Para el caso de las nuevas carreras universitarias, la aprobación del CNU es un requisito, al menos para pregrado, y en los casos del postgrado, se han instaurado algunos mecanismos de certificación, que no son malos, pero que dependen en mucho de criterios bastante discrecionales.

Ahora bien, criticar o no la necesidad de un CNU, o un Consejo Nacional de Transformación, es una de las discusiones que se deben dar para la formulación de una nueva ley, si se requiere hablar de autonomía.

También se debe debatir sobre la experimentalidad. Nunca he estado ganado a esa distinción de “Universidad Experimental”, ya que dentro de las consecuencias que trae es el de no ser ni chicha ni limonada. Ni autónomo ni dependiente. O se es universidad o se es pedagógico o se es politécnico o se es tecnológico, y dicho sea de paso todos deben darse su autogobierno autónomo.

La universidad es ciencia, innovación, creación; un pedagógico es para la formación del maestro, de quien va a enseñar; y los politécnicos y tecnológicos son para la sustentación de la ingeniería y la tecnología del país, lo que algunos han señalado como la universidad pragmática. Así que si me lo preguntan, eliminaría el calificativo de experimental y llamaría a cada institución universitaria por lo que es. De esta manera se mantendría en el tiempo su esencia y se evitarían las desviaciones que hoy se ven y que muchos, por la confusión y/o desconocimiento, no ven.

Al existir un Ministerio de Educación Universitaria, la instancia CNU debería ser una figura de consulta, de discusión, de análisis y de debate. Podría comisionarse para estudios y propuestas transversales a todo el sistema de Educación Universitaria, pero no como instancia para decidir sobre cual va a ser el presupuesto de la UCV o de la UNEXPO, por ejemplo. Como consecuencia de la existencia del CNU, por régimen de facto, la UCV, la LUZ, la UDO, la ULA y la SB deciden sobre el presupuesto de las demas, y así el pez grande se come al chico.

Alguien dice que la nueva ley convierte al ministro en un rector, o macrorector. No lo veo así. Lo mejor que puede tener una ley es asignar atribuciones y obligaciones. Si son setenta y tantas, al menos se puede saber cuales son la obligaciones y cuales no, para establecer responsabilidades.

Un magnifico rector, debería ser un honorable docto, que baje líneas de investigación, de comportamiento, de institucionalidad; un erudito pues, algo así como un Papa. Viene la pregunta obligada ¿los rectores de hoy lo son?, para no hablar del pasado, y para todos quienes hemos visto la universidad desde dentro y desde fuera, sabemos que los rectores universitarios han quedado entrampados en cuestiones administrativas, cuentadantes son, menesteres para las cuales no han sido formados, en la mayoría de los casos, y lejos ha quedado la función magnifica. La nueva ley debe indicar la forma de administración, o al menos la estructura, para que las autoridades queden para lo que deben quedar: la academia y a investigación, sin menoscabo de tomar decisiones sobre el gasto en programas de inversión y expansión.

La propuesta de ley vetada contempla una estructura universitaria dispuesta en consejos. Un consejo normativo o legislativo, uno ejecutivo, uno disciplinario, uno contralor y uno de apelaciones. Tal vez esta sea una de las causas del veto. Lo inaplicable que el Presidente Chávez adujo para no firmarla, ya que se estaría hablando de una estructura muy amplia para reglamentarla, y ni se diga para ponerse de acuerdo si todos los cargos son de elección popular. En este sentido, esto es un punto muy importante para el debate.

En particular estoy de acuerdo con una división de poderes, que facilite y dinamice las agendas de los, hasta hoy todopoderosos Consejos Universitarios, por lo que la nueva ley debería indicar una estructura de gobierno central de cada universidad, señalando el número de participantes y las atribuciones de cada uno. No creo conveniente dejar para después la reglamentación, ya que continuaríamos en el limbo legal secular. La estructura subalterna, a nivel de departamentos o escuelas es un aspecto propio de cada universidad y en consecuencia queda en lo interno de cada caso.

Imperdonable seria no tocar el asunto concerniente a la participación de la comunidad y entorno universitario. Asunto que a mi parecer es fundamental para el país socialista o capitalista. En este sentido se debe ligar lo comunal con el concepto de municipalización de la universidad.

La nueva ley es más bien tímida al respecto. Por ejemplo, no se invoca a los Consejos Comunales para que postulen aspirantes a ingresar a la universidad que esta en sus predios, o al menos en su municipio.  Tampoco obliga a los Consejos Municipales y/o Comunales a prestar apoyo a planes universitarios de extensión o de formación. Creo que no basta con vocerias o proposiciones, hacen falta obligaciones.

El debate esta abierto, y tal vez se consuma el 2011 en esto, prueba de que la ley es mas apasionante que prioritaria. Visto así es mucho más importante para el país resolver el inmediato el problema de la vivienda a los 130 mil refugiados por las lluvias, y no propiciar marchas y shows para oponerse a una ley. De nuevo viene a mi Montesqieu: “El hombre como ser físico, lo mismo que los demás cuerpos, está gobernado por leyes invariables. Como ser inteligente, viola sin cesar las leyes que ha establecido Dios, y varía las que ha establecido él mismo; hace falta que se conduzca y, sin embargo, es un ser limitado; está sujeto a la ignorancia y al error, como todas las inteligencias finitas; incluso pierde los débiles conocimientos que posee. Como criatura sensible se encuentra sometido a mil pasiones; semejante ser podía olvidar a Dios en todo instante. Dios se lo recuerda por las leyes de la religión; semejante ser podía olvidarse en todo instante de sí mismo; los filósofos le han recordado por las leyes de la moral: hecho para vivir en sociedad podía olvidar a los demás; los legisladores le han hecho entrar en sus deberes por las leyes políticas y civiles.”  Hermoso ¿verdad?, y para que no quede apetito, me atrevo a “pegar” otro pedacito: “La ley, en general, es la razón humana en cuanto gobierna a todos los pueblos de la tierra; las leyes políticas y civiles de cada nación no deben ser más que los casos particulares a los que se aplica la razón humana. Por ello, dichas leyes deben ser adecuadas al pueblo para el que fueron dictadas (...) Deben adaptarse a los caracteres físicos del país, al clima (...) a la calidad del terreno, a su situación, a su tamaño, al género de vida (...) Deben adaptarse al grado de libertad que permita la constitución, a la región (...) inclinaciones (...) riqueza (...) costumbres (...) maneras.”

manuelgragirena1@gmail.com
(*) Ing- Profesor
Puerto Ordaz.


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Manuel Gragirena

Profesor Universitario. Ingeniero Electricista. Especialista en Telecomunicaciones. Diploma de Estudios Avanzados en Educación. Ex Sidorista

 manuelgragirena1@gmail.com

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