Dr. Karim Khan, Fiscal CPI: Denuncia por Violación DDHH a un Adulto Mayor, en Venezuela

Saludamos la sabia decisión del Gobierno Nacional y la CPI, de abrir una oficina de CPI en Venezuela. Presentamos a su consideración este caso, donde un Adulto Mayor fue agredido con lesiones GRAVES. Luego el imputado vuelve a agredir a la Víctima y a la Fiscal I del Ministerio Público, Barcelona Edo Anzoátegui. Llevamos más de cinco años buscando justicia para que MAS NUNCA SE LEVANTE LA MANO A UN ADULTO MAYOR.

Caso:

Dr. Karim Khan, Fiscal Corte Penal Internacional: Denuncio como Adulto Mayor "víctima", en busca de Justicia ya que en Venezuela, fui agredido hace más de cinco años, con "lesiones personales GRAVES, con traumatismo permanente" y aun no la he encontrado, registrada con los códigos BP01-P-2017-001015, MP-27970-2017, en Barcelona, Estado Anzoátegui. Como el "imputado" es guapo y apoyao, vuelve agredir verbalmente a la víctima y a la Fiscal I del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, hace más de tres y medio años, quien oportunamente solicitó la "revocatoria de medidas" al imputado, ambos esperando justicia.

Hechos:

VÍCTIMA: Yo, REINALDO ANTONIO MANRIQUEZ CERDA, cédula de identidad número ochenta y un millón, seiscientos sesenta y tres mil, cuatrocientos diez (E-81.663.410) Adulto Mayor, de 69 años, peso 62 kgs, 1.61 mts y con fecha 08/01/2017 fui agredido en mi Comunidad las Chaguaramas, ubicada en la Parroquia de Valle Guanape, Municipio Carvajal, Estado Anzoátegui, a las 8:30 pm aproximadamente por IMPUTADO: NEIR, cédula de identidad número catorce millones,novecientos sesenta y cuatro mil con seiscientos treinta seis (V-14.964.636) mayor de edad: 42 años, peso 100 kgs y 1.90 mts aproximadamente, por tomar FOTOGRAFÍA AL ALUMBRADO PÚBLICO en calle principal las Chaguaramas con poco alumbrado, a dos postes emblemáticos con lámparas apagados hacia la calle y dos reflectores encendidos alumbrando su casa. Luego me fuí caminando normal para mi casa y fui alcanzado por el imputado tomándome por la espalda el cuello y para el suelo y fui golpeado. Luego la víctima a los dos meses, resolvió el Alumbrado Público para la Comunidad las Chaguaramas con el Gerente de Corpoelec Ing Useche.


IMPUTADO: Con fecha 08/01/2017 a las 9:15 pm, acude al Comando de la Policía Metropolitana ubicado en Valle Guanape, a denunciar a la VÍCTIMA por tomar fotos hacia su casa...Y CONFIESA HABER GOLPEADO LA VÍCTIMA, quedando así registrada en el libro de Participación de la fecha indicada.


VÍCTIMA: No acude esa misma noche a realizar la respectiva denuncia al Comando Policía Metropolitana en Valle Guanape, por dos razones: Golpeado y no tiene vehículo para trasladarse al Comando de la Policía Metropolitana, está a 4 kilómetros de distancia. Al otro día con fecha 9/1/2017 la víctima acudió a FISCALÍA en Barcelona Estado Anzoátegui a formular la denuncia, quedando registrada MP-27970-2017, luego a una semana de su distribución interna le corresponde a Fiscalía primera
CARÁCTER de la LESIÓN: "GRAVE". Con fecha 17/08/2017 y oficio N° 356-0303-4406-17 del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (SENAMECF), certifica que la Víctima tiene: a) Condritis intercostal crónico b) Traumatismo cerrado de tórax c) Fragmentación de cartílagos costales VI, VII Y VIII bilateralmente d) Trastorno de Función: Traumatismo permanente e) Carácter de la Lesión GRAVE.


TRIBUNALES: Con fecha 21/05/2018 (Luego de un año cuatro meses y trece días, de la lesión) se realiza la "audiencia oral de imputación" en el tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Control, Barcelona con código BP01-P-2017-001015. LA FISCAL I del Ministerio Público, Barcelona, Estado Anzoátegui, expone los hechos y solicita se interponga al imputado de las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso. La VÍCTIMA no acepta fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, fundamentando que: el objetivo superior es hacer respetar la dignidad del ser humano y el objetivo específico más nunca levantarle la mano a un adulto mayor. DEFENSA PRIVADA: "nosotros nos acogemos a la solicitud del fiscal..." EL IMPUTADO, no admite los hechos. EL JUEZ toma dos medidas: 1.- La obligación de comparecer a los llamados del Tribunal o el Ministerio Público en relación al presente asunto y 2.- Prohibición de acercarse a la víctima ni directamente ni por medios de terceras personas.


LA VÍCTIMA, SE OBSERVA: a) Respetando la decisión del Juez, pero no se comparte b) FUERZA: EDAD, La Víctima es un Adulto Mayor 64 años y el Imputado un ciudadano, 42 años aproximadamente. PESO: La víctima pesa 61 kilos, el imputado casi 100 kilos c) LESIONES: personales no son simples sino graves d) CONTRADICCIÓN: el imputado en, audiencia oral de imputación no admite los hechos y con fecha 08/01/17 en la Participación en la Policía Metropolitana de Valle Guanape, confiesa haber golpeado a la Víctima "a confesión de las partes relevo de pruebas" e) PRESENTACIÓN: Imputado, sin presentación periódica ante la oficina de Alguacilazgo f) IMPUTADO: A saber, nunca ha estado detenido.


TRIBUNALES: FISCALÍA PRESENTA ESCRITO ACUSATORIO: Con fecha 09/07/2018 (al mes y dieciocho días, de realizada la audiencia oral de imputación), la FISCAL I del Ministerio Público Barcelona Estado Anzoátegui, presenta el escrito acusatorio ante juez de primera instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, bajo el código BP01-P-2017-001015, MP-27970-2017, el cual en su capítulo VI dice: "Solicitud de enjuiciamiento"


TRIBUNALES: FISCAL I, SOLICITUD DE REVOCATORIA MEDIDAS: Con fecha 12/07/2018 (solo tres días del escrito acusatorio) la Fiscal Provisorio de la Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante oficio N°: ANZ-F1-0796-2018 con fecha 12/07/2018, con carácter de URGENTE, se dirige a Juez de primera instancia en funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, caso BP01-P-2017-001015, MP-27970-2017, solicitando la REVOCATORIA DE MEDIDAS, otorgadas a favor del imputado, a razón de la conducta violenta o intimidatoria del imputado con referencia a la víctima, así como conducta temeraria por dicho ciudadano, contra este represente fiscal... Quedando así justificada su ACTITUD CONTUMAZ.


VÍCTIMA, SE CONCLUYE: Vistos a) Los hechos con las debidas observaciones y la reiteración del imputado a la violación de los Derechos Humanos de la víctima y del Fiscal I del Ministerio PÚblico, Barcelona, Estado Anzoátegui b) TIEMPO, más de cinco años del proceso, esperando justicia c) Sabia desición del Gobierno Nacional y Corte Penal Internacional, de abrir una oficina en la República Bolivariana de Venezuela. Se concluye, presentar a consideración este caso, a la Oficina del Fiscal Corte Penal Internacional, en la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de obtener justicia de forma emblemática y MÁS NUNCA SE LEVANTE LA MANO A UN ADULTO MAYOR.


INFORMACIONES RELEVANTES Y COMPLEMENTARIAS


1.- GUAPO Y APOYAO: A saber el imputado, es integrante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) al tiempo de la lesión era contratista del Alcalde del Municipio Carvajal, Estado Anzoátegui.


2.- PRESUPUESTO MEDICINAS ALTERNATIVAS, para regeneración de cartílagos: 140.28 dólares


3.- DEFENSORÍA DEL PUEBLO: Apoyo y orientación integral en el proceso, código: P-17-0027


4.- BÚSQUEDA DE JUSTICIA, EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITA:

4.1.- RECONOCIMIENTOS PÚBLICOS: A Fiscales del Ministerio Público y Defensoría del Pueblo: a) Agradecimientos Dras. Marielby Patiño y Haidé Padrino, (Fiscal I, MP y Defensora del Pueblo) Anzoátegui (https://www.aporrea.org/ddhh/a253167.html) 04/10/17 b) Tarek: Solicitud de Reintegro a Dra. Lissett López ex-fiscal I, Anzoátegui al Ministerio Público (https://www.aporrea.org/poderpopular/a267759.html) 14/08/2018

4.2.- CASO PRESENTADO EN FORMA PÚBLICA: a) Golpear un adulto mayor en indefensión (https://www.aporrea.org/ddhh/a249486.html) 19/07/2017 b) Propuesta: más nunca levantar la mano a un adulto mayor (https://www.aporrea.org/actualidad/a252581.html) 22/09/2017 c) Adulto Mayor en estado de indefensión legal: Carta abierta a Hermánn Escvarra, ANC (https://www.aporrea.org/actualidad/a264875.html) 14/06/2018

4.3.- CARTA PRIVADA A DR. HERMÁNN ESCARRÁ Asamblea Nacional Constituyente: "Una Burla: actual sistema legal venezolano, cuando levantan la mano a un Adulto Mayor" 14/06/2018.


4.5.- SIETE FISCALES y DOS JUECES: A saber, el caso lleva siete Fiscales I del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y dos Jueces de primera instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Municipal N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui



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Reinaldo Antonio Manriquez Cerda

Ingeniero Mecánico. Ingeniero Social: la energía que mueve al mundo no es el petroleo, sino los Pueblos. Instagram: manriquezreinaldo

 manriquezreinaldo@hotmail.com

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