Boletín 44 / Decisiones del TSJ impactan el sistema de partidos y la oferta electoral

Representantes de partidos opositores dieron muestra de unidad en rueda de prensa conjunta el 17 de junio | Foto Crónica.Uno

Nuevas decisiones judiciales impactan el sistema de partidos en Venezuela, con repercusiones sobre la oferta electoral. El llamado G-4, como núcleo de la oposición política surgido del voto, está cambiando de faz a las puertas de unos comicios legislativos.

En las parlamentarias de 2015 la oposición aglutinada en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) conquistó 112 diputados, frente a una bancada minoritaria de 55 legisladores del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y sus aliados. En su informe de observación, el OEV dio fe de que el proceso transcurrió de manera satisfactoria.

La bancada de la Unidad quedó entonces constituida por 33 diputados de Primero Justicia (PJ), 25 de Acción Democrática (AD), 21 de Un Nuevo Tiempo (UNT) y 14 de Voluntad Popular (VP). Estas cuatro formaciones representaban poco más de la mitad del hemiciclo entero, conformado por 167 curules.

El 15 y el 16 de junio de 2020 el Tribunal Supremo de Justicia resolvió suspender las actuales direcciones nacionales de Acción Democrática y de Primero Justicia.

La Sala Constitucional emitió sentencias independientes con ponentes distintos (la 0071 del día 15 para AD y la 0072 del día 16 para PJ), pero con iguales decisiones para ambos partidos políticos.

La más resaltante decisión es el nombramiento de una Mesa Directiva ad hoc para llevar adelante lo que el TSJ denomina el "proceso de reestructuración necesario" de cada organización, pero que en la práctica analistas y organizaciones han traducido como la intervención de ambos partidos.

La llamada Mesa Directiva de AD la presidirá Bernabé Gutiérrez, quien fungía como secretario nacional de organización de la formación blanca y cuyo hermano es nuevo rector principal del CNE. En el caso de PJ, el Tribunal Supremo decidió que la encabece José Brito, diputado removido del partido aurinegro en diciembre de 2019 por su presunta vinculación a una trama de corrupción para favorecer a empresarios vinculados a los CLAP, el programa oficial de distribución de alimentos.

Ambas mesas directivas quedaron facultadas por el TSJ para utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de sus organizaciones. La Sala Constitucional también le ordena al Consejo Nacional Electoral "abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Mesa Directiva ad hoc designada".

Los fallos acuerdan la designación de autoridades regionales, municipales y locales en AD y PJ. Los principales pero no únicos defenestrados son los adecos Henry Ramos Allup e Isabel Carmona y los justicieros Julio Borges y Tomás Guanipa.

AD tiene 78 años de trayectoria | Foto archivo

"Ninguno de nosotros es abstencionista. No hay una organización política internacional que no esté al tanto de los esfuerzos que hemos hecho como oposición para conseguir condiciones justas. Saben que en lo que haya esas condiciones la unidad opositora en Venezuela obtendría un triunfo arrollador", reaccionó a la prensa Ramos Allup.

En el caso de AD, el TSJ desempolvó un recurso de junio de 2018 en el cual dos militantes del partido pedían la suspensión de la dirección nacional, de la cual formaba parte el mismo Bernabé Gutiérrez. Denunciaban los accionantes "el atropello de su militancia política mediante el cambio de los directivos de la organización en los estados o seccionales, así como también de las directivas regionales al antojo y libre albedrío de los ciudadanos Isabel Carmona de Serra, Henry Ramos Allup y Bernabé Gutiérrez como máximas autoridades del partido político Acción Democrática". Alegaron que "de manera arbitraria" aprobaron por unanimidad la modificación de la duración del mandato de la directiva de tres a seis años.

The logo of opposition party Justice First (Primero Justicia) is seen during a news conference in Caracas, Venezuela January 26, 2018. REUTERS/Marco Bello

"No se atreven a hacer unas elecciones libres, porque saben que en una elección libre de lo que sea, hasta de un presidente de condominio de un edificio, lo perderían abrumadoramente, y por eso hacen esto para controlar la elección", declaró a medios Guanipa.

En el caso de PJ, el Poder Judicial decidió sobre una acción de amparo interpuesta en enero de 2020 por el mismo José Brito junto al también diputado Conrado Pérez, en la cual solicitaban la suspensión de la dirección nacional por atropello a su militancia y otras razones.

"Todos los diputados de AD y de PJ y sus respectivas direcciones regionales y municipales han cerrado filas con los directivos afectados por los fallos del TSJ", refirió una nota de Crónica.Uno del 22 de junio.

No es la primera vez que esto pasa. Ocurrió en años anteriores con partidos como el PPT, el MEP, Podemos, Bandera Roja o Copei. Con sus sentencias número 0071 y 0072, la Sala Constitucional del TSJ elevó a ocho el número de partidos que ha intervenido desde el año 2012, documentó Transparencia Venezuela. Supuestas tensiones y luchas internas en organizaciones políticas se han resuelto judicialmente, aunque la política no sea un asunto a resolver en tribunales, ha considerado el OEV.

Dos en expectación

Al día siguiente de conocidas las sentencias contra estos partidos del G-4, medios reseñaron que el diputado a la Asamblea Nacional Chaim Bucaram introdujo un recurso de amparo ante el TSJ en el que solicita la designación de una junta directiva ad hoc en el partido Un Nuevo Tiempo.

"Nosotros hemos metido el amparo pidiendo que se adjudique a mi persona la presidencia del partido, al diputado Adolfo Superlano la secretaría general y al diputado Kerrins Mavárez la secretaría de organización. Con eso iríamos a las regiones a la reorganización del partido", dijo el 17 de junio Bucaram, cuyo nombre figura en la investigación que reveló una presunta comisión oficiosa para favorecer a empresarios vinculados a los CLAP. El objetivo, argumentó Bucaram, es "poner la tarjeta de UNT a disposición de la militancia y del pueblo venezolano para que pueda votar".

Hasta el 29 de junio, el TSJ no había publicado en su web ningún fallo relacionado con la petición de Bucaram quien, según la actual directiva de UNT, fue expulsado del partido en enero, tras votar a favor de Luis Parra en la constitución de la junta directiva 2020 del Parlamento.

Con Voluntad Popular, también falta el desenlace. El 25 de mayo el fiscal general de la República, Tarek William Saab, introdujo ante el TSJ un recurso de interpretación de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo para determinar si este partido es una organización terrorista y si es susceptible de sanciones por este motivo.

La Sala Constitucional se declaró incompetente para conocer de esa demanda de interpretación y el 16 de junio declinó su conocimiento en la Sala de Casación Penal. Hasta el 29 de junio, esta sala no había publicado en la web del TSJ ningún fallo relacionado con esta materia.

Los partidos del G-4 (AD, PJ, UNT y VP) en primera línea y, junto a ellos, las organizaciones opositoras Encuentro Ciudadano, Copei-ODCA, La Causa R, Proyecto Venezuela, Movimiento Progresista de Venezuela, Nuvipa y Cuentas Claras alertaron en un comunicado del 14 de junio sobre "la pretensión de robarle a los partidos políticos democráticos sus tarjetas y símbolos partidistas para entregárselas a falsos líderes opositores".

Estos 11 partidos se volvieron a expresar el 29 de junio para comunicar 10 condiciones mínimas y fundamentales por las que luchan para poder tener y participar en "verdaderas elecciones libres, justas y verificables", dicen. Participación plena de todos los partidos, restablecimiento de su dirigencia natural y el uso de sus símbolos, colores y bienes, se cuenta en el petitorio. También, un CNE designado por la AN, prohibición de migración de electores, cese de inhabilitaciones, campaña equitativa, revisión auditada de las nuevas máquinas y observación electoral nacional e internacional en todas las etapas.

Desde la acera política opuesta, el Partido Comunista de Venezuela (PCV), aliado del chavismo, rechazó "la judicialización de los procesos internos de los partidos políticos". Por Twitter, tras su reunión ordinaria del buró político del 15 de junio, dejaron constancia de que "ante denuncias de volver a utilizar el TSJ para imponer direcciones acomodaticias e ilegítimas, exigimos total respeto al desarrollo y ejercicio democrático de la vida orgánica de los partidos políticos".

De nueva cuenta

En este contexto, el 17 de junio la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la desaplicación del "Decreto Constituyente para la Participación en Procesos Electorales", publicado en Gaceta Oficial el 27 de diciembre de 2017. "El referido acuerdo establece que quedarán exentos los partidos políticos sobre los que cursen procesos penales ante el sistema de justicia venezolano", informó la estatal Agencia Venezolana de Noticias.

"No podrán participar, desaparecerán del mapa político", había dicho en 2017 Nicolás Maduro acerca de los partidos opositores que no concurrieron a las elecciones municipales del 10 de diciembre de ese año y que llamaron a boicot. Acción Democrática, Primero Justicia y Voluntad Popular, entre otros, no suscribieron esta contienda y alegaron "falta de condiciones mínimas legales y constitucionales" que garantizaran respeto a la voluntad popular; Un Nuevo Tiempo y otros, sí participaron.

Semanas después de aquel comentario presidencial, el decreto de la Asamblea Constituyente estableció que "las organizaciones con fines políticos para participar en los procesos electorales nacionales, regionales o municipales deberán haber participado en las elecciones del periodo constitucional de ámbito nacional, regional o municipal inmediatamente anterior" (artículo 1). Los partidos que no cumplan con esto, debían realizar el proceso de renovación (artículo 2).

Desde el oficialismo argumentan ahora que estas medidas de desaplicar el Decreto Constituyente de diciembre de 2017 propician una más amplia participación de todo el pueblo venezolano y de los partidos políticos en las próximas elecciones legislativas, al tiempo que facilitan la inscripción de los candidatos ante el CNE.

Afecta los derechos de todos

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) ha considerado que la intervención de cualquier partido político por la vía judicial afecta los derechos de todos, y no solo los de los militantes de esas organizaciones, porque distorsiona el proceso electoral. Existen procedimientos que les permiten a los partidos políticos elegir de manera legítima a sus autoridades, y deben ser respetados.

Los últimos hechos relacionados con esta materia producen más distorsiones, porque elevan la interrogante sobre cuál será la actuación de esos partidos con directivas impuestas que, como se desprende de acciones recientes, no necesitarían legitimarse a través de la recolección de firmas.

El OEV ha documentado cómo el sistema político venezolano perdió 88 % de sus partidos entre 2010 (cuando existían 325 organizaciones con fines políticos reconocidas por el CNE) y 2018 (37 formaciones válidas).

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recién consideró que estas sentencias judiciales "desestiman los procesos democráticos internos de dos partidos políticos de oposición y siembran desconfianza en las reglas de juego democráticas de cara a una eventual elección parlamentaria".

La CIDH ha sido informada de que las juntas directivas de los partidos políticos tienen un poder de decisión importante con respecto al rumbo general de las asociaciones políticas, el sistema de postulaciones y las listas de candidatos que pueden concurrir en la contienda electoral; de ahí que corresponda a los procesos internos de cada partido la designación de su junta directiva.

Los procesos internos de los partidos políticos y su funcionamiento se encuentran amparados por el derecho de asociación y de participación política. Pero, con las recientes decisiones judiciales, "se mina la confianza en los eventos electorales del país" y, lo que es más preocupante, se crean "nuevos obstáculos para superar la crisis institucional", sostiene la Comisión.

Un informe de 2018 del Observatorio Global de Comunicación y Democracia concluyó que en Venezuela se ha ido conformando un nuevo ecosistema de partidos, donde las principales organizaciones de oposición fueron anuladas. El pluralismo político ha recibido duros golpes que disminuyen la capacidad de los ciudadanos para tener una oferta electoral diversa.



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La fuente original de este documento es:
OEV (https://oevenezolano.org/2020/06/boletin-44-decisiones-del-tsj-impactan-el-sistema-de-partidos-y-la-oferta-electoral/)



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