Planillas para detener la convocatoria a la Constituyente

Distribuyen documento de adhesión del pueblo al recurso de la Fiscal General

Sede del TSJ

Sede del TSJ

Credito: Archivo

Luego de haber introducido en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso contencioso electoral con nulidad y amparo cautelar para todos los efectos de la Constituyente, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, han surgido iniciativas para promover la adhesión de la ciudadanía a dicho recurso, que pide a la Sala Electoral del TSJ que declare la nulidad de las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE). 

La Fiscal General invoca el artículo 333 de la Constitución e insta a los ciudadanos a restablecer la vigencia de la Carta Magna. En torno a su acción ante el TSJ están siendo distribuidos documentos con planillas de adhesión para ser llevados individual y colectivamente a  la Sala Electoral (piso 4) del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Para ver el texto del recurso de la Fiscal General contra la convocatoria de la Constituyente abra el siguiente enlace:

Archivo con el recurso de la Fiscal

 

Circulan dos modelos de documento de adhesión para ser firmados; uno colectivo y otro individual:

Adhesión Colectiva

Adhesión Individual

Los documentos suscritos deben ser encabezados con la firma de un abogado, sello y número de INPREABOGADO

 

Ciudadanos imposibilitados de ejercer sus derechos ante el TSJ:

A primeras horas de la mañana de hoy viernes 9 de junio de 2017, imagenes distruibuidas vía redes sociales mostraban cierre de accesos al TSJ por la fuerza pública, lo cual fue atribuido por distintas fuentes a la intención de bloquear las adhesiones al recurso introducido por la Fiscal; sin embargo algunas horas después se mostraron videos indicando que había libre acceso por la Av. Baralt bajando desde la Av Boyacá (Cota 1.000), aunque se podían observar conos y controles de la GNB. Esto ha generado quejas de ciudadanas y ciudadanos venezoolanos que se preguntan cómo hacer para poder derefender sus derechos constitucionales y ser atendidos por el máximo organismo judicial del país, cuando se les impide o limita el acceso para consignar sus documentos o para hacer sus diligencias ante el organismo.



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