Título Colectivo otorgado a la comunidad Palital del Pueblo Indígena Kariña viola CRBV y LOPCI

La redacción del documento de adjudicación a titulo colectivo de otorgamiento a la Comunidad Palital del Pueblo Indígena Kariña del día 11-10-2.009, no guarda ninguna relación con los derechos protegidos por el espíritu del constituyentista y del legislador en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI)

Los aborígenes Caribes ocupábamos un espacio territorial antes de la colonización del blanco europeo 1498, luego llamado por ellos mismos pequeña Venecia más tarde Venezuela; éstos trajeron a nuestro territorio sus propias estructuras organizativas y orgánicas con el nombre de carta magna o constituciones, evidentemente, bajo esta estrategia, legalizaron robarnos nuestro espacio territorial, impusieron su cultura de exterminio, llegando así, al genocidio más atroz que se conociese hasta entonces.

Se apoderaron de la tierra y de la vida humana, se apoderaron de los espacios territoriales donde hemos vivido los aborígenes, que ellos, llaman indios, que ellos mismos llaman Venezuela, todo por apoderarse de las riquezas de estas tierras, de nuestros espacios de vida; todo para perpetuarse como los dominadores de la tierra, dueños de nuestras vidas, ricos, inmensamente ricos para construir armas cada vez más sofisticadas para quitarnos la vida: Ayer nos quitaron nuestra identidad aborigen, en lugar de nuestra raza Caribe, nos redujeron a una etnia, a etnias indígenas; nos quitaron los nombres aborígenes para reducirnos a nombres extraños que nos impuso el yugo de la cruz cristiana a sangre y fuego catequizados para purgar nuestra existencia libre; nos quitaron el guayuco por la vergüenza de nuestra desnudes, y la ignominia que ellos arrastran de sus crimines y la tensión de una conciencia depravada que esconden detrás de sus pecados y religiones; nos quitaron el habla por la cultura de mentir siempre, la cultura de falsear nuestra verdad, de negar nuestra existencia, por negar nuestros usos y costumbres, de imponer su “civilización”; nos quitaron nuestros amor por vendernos por las pepitas de oro que llevaron a España, Inglaterra y Holanda; se llevaron nuestros corazones desde el corazón de la selva que saquean en el dolor

Un hermano, El Presidente y Comandante Hugo Chávez, hombre de rasgos aborígenes tanto Caribe como de negro, se empeñó que nos  incluyeran en la Constitución Bolivariana en el Capítulo VIII del Título III de los derechos humanos ocho (8) artículos, después de largas discusiones y batallas contra los representantes de este capitalismo,  para protegernos, para proteger nuestra existencia aborigen  como se protegen a los tigres, a los caimanes del  exterminio del hombre blanco, a pesar, de las leyes que sancionan para protegerlos.

Esto equivale a decir, que el espíritu y razón del constituyentista y del propio legislador fue sustentar el criterio y crear las bases de un nuevo orden constitucional de la creación de un estado socialista que pone de primero a las raíces aborígenes de nuestra identidad Caribe,  un paso esencial en la progresividad de nuestra existencia aborigen reconociéndonos como etnias y no como base de nuestra identidad de razas aborígenes, entonces, uno, se vuelve a preguntar ¿ A qué le temen estos dominadores y saqueadores? Lógicamente, de reconocer que somos Caribes y que estábamos aquí antes que ellos, que existíamos antes que ellos y que todo el espacio de vida y territorial nos pertenece como propio, ancestralmente, a los aborígenes, siglos antes, que llegaron ellos con sus estructuras organizativas de poder capitalista.

El legislador de la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas desarrolla el espíritu del Constituyentista Bolivariano al crear claramente el procedimiento de la demarcación de hábitat y tierras, en términos sencillos, para evitarse complicaciones jurídicas procedimentales, a objeto de demarcar hábitat y tierras a los indígenas, especialmente, recogiendo, todo ese espíritu del constituyente; deja claro de una vez que la demarcación es un proceso para indígenas, y precisa, que en este proceso las comisiones tanto nacional como regional no tienen autoridad legal para decidir asuntos, de fondo, derechos que no sean exclusivamente de los indígenas, y que su autoridad está circunscrita a la sustanciación del expediente, es decir, no tienen potestad esas comisiones de tomar decisiones a favor de personas ajenas a los indígenas, pués, solo a sustanciar el cuerpo de los expedientes que la misma Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas lo prevee.

La redacción del documento de adjudicación a titulo colectivo de otorgamiento a la Comunidad Palital del Pueblo Indígena Kariña del día 11-10-2.009, no guarda ninguna relación con los derechos protegidos por el espíritu del constituyentista y del legislador en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), porque, retroatrae, el espíritu de las legislaciones de la colonia del imperio español de manera flagrante, en consecuencia::

1. La Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas no establece que las Comisiones de la Demarcación de Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en caso, nuestro, no tienen potestad de decidir derechos de terceros como así lo recoge el mencionado documento arriba referido. Bajo este criterio, nosotros, los Kariñas de nuestra Comunidad, nos obligan a aceptar la carga de la prueba, contrario a lo que estable el artículo 46  de la Ley Organica de los Pueblos y Comunidades Indígenas ( LOPCI).

2. En la redacción del mencionado titulo colectivo se puede apreciar el carácter clasista de estas Comisiones de Demarcación de Hábitat y Tierras, además, de su carácter nefasto al dejar por fuera de las poligonales, acordadas en Asambleas con la Comisión Regional, a nuestra Comunidad Indígena, es decir, violando la normativa legal (genocidio) tanto constitucional como de la Ley, dejan sin derechos ancestrales a nuestros hijos, nuestras casas, nuestro caño Palital; que a pesar de la transculturización hemos conservado nuestra identidad aborigen, ahora, pretenden al desconocernos, eliminarnos como personas humanas, eliminar nuestras raíces, nuestros espacios sagrados; y bajo este manto de perversión jurídica arremeten contra nosotros los Kariñas de Palital protegiendo, por dinero, a los terceros terratenientes que pretenden desarrollar proyectos urbanísticos, palafitos, hoteles, que seguro contaminarían las aguas limpias que aun tenemos a la orilla, en la margen sur del río Orinoco, en rigor, solo por avaricia y por dinero arremeten para exterminarnos, y redactan documentos como este de adjudicación a titulo colectivo de otorgamiento a la Comunidad Palital del Pueblo Indígena Kariña del día 11-10-2.009para proteger interés contrarios a la Demarcación de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

3. Exigimos se nos respete el ombligo de nuestra existencia Caribe y que se respeten las poligonales acordadas con la Comisión de Demarcación Regional de Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado Anzoátegui, en Asambleas (Conforme al artículo 42 de la Ley Orgánica de los Pueblos y Comunidades Indígenas : “ Vencido el lapso de presentación de los alegatos y defensas, la Comisión Regional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas, conjuntamente con los Pueblos, Comunidades y Organizaciones indígenas involucrados, realizaran los estudios técnicos, socioculturales, físicos, jurídicos y elaboraran el informe de demarcación en un lapso de sesenta días continuo prorrogable por el mismo lapso el cual contendrá los siguientes aspectos…ordinal 2, Situación física de los pueblos y comunidades indígenas involucrados: Ubicación geográfica, extensión, levantamiento cartográfico, toponimia, características, elementos propios y demás datos necesarios para la delimitación del hábitat y tierra indígenas”) y  en nuestra Comunidad Kariña, pués, esta comisión no tiene facultad de violentar este acuerdo.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 5202 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter