Defendamos la Patria

Las recientes declaraciones del Presidente Maduro recalcaron conocidas circunstancias amenazadoras contra la seguridad de la Patria, que deben alertar a los organismos encargados de la protección del Estrado a actuar en consecuencia para la persecución penal de las mismas.

No es un secreto que es una cuestión de sobrevivencia el aprontar la máxima tutela penal a las condiciones esenciales del Estado, como lo son los intereses concernientes a su incolumidad, autonomía, prestigio y decoro. Las agresiones que van contra el desconocimiento de las normas fijadas en base del contrato social, reclaman el más severo castigo.

El que se admita la libertad de opinión y de propaganda a favor de otros regímenes políticos, no puede lucir contradictorio con el deber de fidelidad a la República, consistente en la conservación de las condiciones necesarias para la cohesión de la Nación frente al extranjero y para la buena opinión extranjera respecto de Venezuela, la ausencia de causas internas de disgregación que puedan perjudicar a la solidez y potencia del Estado, también frente al extranjero, y la solidaridad de los ciudadanos con el Estado.

El refugio en el extranjero de quienes no querían adaptarse a la nueva forma de Gobierno Revolucionario o confiaban en la breve duración del nuevo régimen o, en todo caso, preferían a la lucha peligrosa en la Patria, la seguridad del exilio voluntario, ha constituido una patente de corso para que en general, politiqueros fanáticos, agitados por violentas pasiones y por propósitos de venganza, dejándose arrastrar a actividades perjudiciales para los intereses venezolanos, difundan o comuniquen voces o noticias falsas, exageradas o tendenciosas sobre las condiciones internas del Estado, menoscabando el crédito o el prestigio del Estado en el extranjero, y desplegando en la forma en que fuere una actividad que irrogue perjuicio a los intereses nacionales.

Ello es peor aun cuando tales inteligencias o acuerdos con el extranjero ocurren desde el propio territorio patrio, donde ciudadanos radicados en el país, deseosos de inducir al Estado extranjero en hostilidades o guerras contra el Estado venezolano, promueven la guerra o realizan actos de hostilidad contra el Estado venezolano, o cometen otros hechos encaminados a ese fin, tales como propuestas unilaterales, exhortaciones, instigaciones, sugerencias, maquinaciones, intrigas, exhortaciones a la intervención armada extranjera, simulaciones de condiciones inexistentes, inventadas para inducir al extranjero a la guerra contra el Estado, etc., que ponen en peligro la existencia y conservación de las normales relaciones internacionales.

Estas actuaciones delictuales contra la personalidad del Estado también puede consistir en la instigación a los militares a desobedecer a la leyes y a violar el juramento prestado o los deberes inherentes a su estado, o a hacer a militares la apología (manifestación de pensamiento consistente en defender y elogiar un hecho generalmente reprobado, con intento de propaganda, esto es, a fin de excitar a la imitación, o por lo menos a fin de eliminar la repugnancia de otro) de hechos contrarios a las leyes, al juramento, a la disciplina o a otros deberes militares; pues si el estado no puede fiar con seguridad en las fuerzas armadas, que sirven no sólo para la defensa y el ataque bélicos, sino también para el mantenimiento y la reintegración del orden interno, se encuentra en una condición de insidiosa debilidad que le conviene evitar con los medios más enérgicos.

Además pueden consistir en la promoción, constitución, organización o dirección en el territorio del Estado de asociaciones que se propongan desarrollar una actividad dirigida a destruir o deprimir el sentimiento nacional (conjunto de efectos y de ideas que se compendia en el patriotismo), como condición indispensable para la actuación de las energías estatales en todo campo de la vida nacional e internacional, y que el Estado quiere preservar de insidias.

Llegando al extremo de hacer propaganda para la instauración violenta de una clase social sobre las otras, o para la supresión violenta de una clase social o, como quiera que fuere, para la subversión violenta de los ordenamientos económicos o sociales constituidos en el estado, o hacer propaganda para la destrucción de todo ordenamiento político y jurídico de la sociedad, o para destruir o deprimir el sentimiento nacional.

Este breve compendio de delitos de lesa majestad calca perfectamente sobre el tamiz social de nuestra Patria, la cual debemos preservar y defender a toda costa, con los mecanismos jurisdiccionales idóneos como lo son la implementación de las disposiciones penales de la República Bolivariana de Venezuela, en resguardo de su ordenamiento jurídico y de las energías morales que son indispensables para animar y hacer eficaz la actividad del Estado.

 

rmnvarelavarela@gmail.com



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