La historia de los logros en materia de derechos humanos y normativas nacionales e internacionales contra la discriminación de las lesbianas, gays, transexuales y demás personas diversas sexuales, está jalonada de luchas y su consecuente respuesta de represión, invisibilidad y permanente resistencia a cualquier avance.
Si bien a finales del siglo pasado y comienzos de este, las legislaciones de algunos pocos países han ido cediendo ante la presión de los movimientos organizados, organizaciones de derechos humanos y organismos internacionales, en la mayor parte del mundo la homosexualidad y los derechos de las minorías sexuales continúan siendo no reconocidos y por lo tanto vulnerados.
Desde el punto de vista legal, el tratamiento que se da desde los diferentes países oscila desde el reconocimiento legal sin discriminación con la posibilidad de unirse civilmente o casarse e incluso adoptar niños/as hasta algunos en los que las relaciones entre personas del mismo sexose penalizan con la muerte. En el medio, legalidad tibia y sanciones leves o más graves como cadena perpetúa.
Por lo tanto, si de avances normativos se trata, los resultados de esta evaluación son nefastos. Puestxs a considerar nuestra situación actual en el mundo, solo podemos concluir que aún falta mucho para que las lesbianas, gays trans y otras diversidades sexuales, tengamos la protección legal del Estado que nos corresponde por derecho, siendo persistentes las conductas institucionales y sociales dehomofobia, lesbofobia y transfobiaen las relaciones imperantes.
Prueba de ello, lo constituye lo sucedido hace pocos días en la República Bolivariana de Venezuela, frente a la simple mención por parte de una diputada de la existencia de un artículo (Art. 8º) que otorgaría derechos legalizando las uniones homosexuales como “asociaciones de convivencia”, dentro de la Ley Orgánica de Equidad e Igualdad de Género.
Este es parte del artículo 8º al que se dio difusión en ese momento:
"Toda persona tiene el derecho a ejercer la Orientación e Identidad Sexual de su preferencia, de forma libre y sin discriminación alguna. En consecuencia, el Estado reconocerá las asociaciones de convivencia constituidas entre dos personas del mismo sexo, por el mutuo acuerdo y el libre consentimiento, con plenos efectos jurídicos y patrimoniales.
Quien en ejercicio de la libertad a que se refiere el presente artículo cambiare de género por causas quirúrgicas o de otra índole tiene derecho al reconocimiento de su identidad y la expedición o modificación de los documentos asociados a la identificación… Asímismo, el estado garantizará los medios médicos asistenciales que sean necesarios para su cabal inserción y reconocimiento social en condiciones de igualdad."
Más allá de las consideraciones específicas de tipo legal y legislativo de este caso, es importante detenerse en lo que sucedió a partir de este anuncio, ya que días después de estas “conflictivas” declaraciones de la diputada Romelia Matute, integrantes de la Comisión Permanente de Familia, Mujer y Juventud informaron presurosas que este artículo nunca había sido discutido como para que fuese incluido en el Informe que será presentado a la Sala Plenaria de la Asamblea Nacional.
Tales informaciones, generaron incertidumbre y un fuerte malestar en las filas de las organizaciones LGBT y personas independientes, que elevaron sus voces mediante comunicados y notas, preguntándose (con buen tino) adónde estaba el espíritu socialista a la hora de legislar (también) para las personas históricamente discriminadas en razón de su orientación sexual.
Lo cierto es que esto no constituye una novedad ni una excepción, es la regla. Pareciera que cuando se habla de socialismo, derechos humanos e inclusión, no se incluye a la población LGBT. No solo porque se lo pudiera considerar como una cuestión menor –esto representaría un avance después de todo–, sino que es mucho mas grave: una amplia mayoría de la sociedad (de la que lxs legisladorxs forman parte) entiende que no corresponde legislar otorgando derechos civiles, legales, educativos y de ninguna índole para aquellxs que desafían las normas del heterosexismo imperantes en nuestra sociedad y por lo cual son claramente sancionadxs..
Los cuestionamientos de fondo, que son los que no se hacen, evidenciarían que lo que se debe revisar son las bases de las relaciones patriarcales, injustas y degradantes que se reproducen normalizadas cotidianamente y que se apoyan en una estructura legal para sostenerlas y legitimarlas. Corresponde justamente a lxs legisladorxs de una nación ir a la cabeza de todo aspecto progresivo de derechos humanos, otorgando sin discriminaciones, los principios de equidad e igualdad para todas las personas que habitan el país.
Pero hay un aspecto más peligroso y que mueve a una genuina alarma, ya que quienes hoy niegan esos derechos, pertenecen ni más ni menos que al Partido Socialista Unido de Venezuela, inscrito en un proyecto que dícese (y es en muchos aspectos) revolucionario. ¿Puede haber revolución socialista cuando se deja a más del 10% de la población fuera de la protección del Estado?
Cuando se legisla con omisiones, se legisla desde la exclusión. Se legisla sabiendo que los derechos humanos de gran cantidad de personas continuarán siendo vulnerados.
No hay manera de afrontar un proceso de cambio si no hay un replanteo firme de las herencias ocultistas que sostienen la ideología de la más rancia derecha. El proceso deberá definir: ¿Inclusión o no inclusión? Si es inclusión, comprende a este más del 10% de su población. Si es inclusión comprende legislar también para este grupo vulnerado.
Si es inclusión, se deben dar herramientas legales para que la protección sea un hecho y no una ausencia del derecho.
El proceso bolivariano se encuentra frente a la gran posibilidad de avanzar o quedarse con las ideas y estructuras de la cuarta república, que se caracteriza por poco digna, injusta, elitista y por sobre todas las cosas conservadoras y vulneradora de los derechos humanos del pueblo venezolano.
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