TSJ fija en 0,5% el mínimo necesario de votos en las últimas elecciones para validación de partidos políticos

Fachada del TSJ en Caracas

Fachada del TSJ en Caracas

Credito: Venezolana de Televisión (VTV)

28 de Abril.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia estimó que será reconocida la votación obtenida en el último proceso electoral en el que hayan participado los partidos políticos a los fines de completar el 0,5 % necesario para el proceso de validación efectuado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). 

Tal decisión da respuesta a la solicitud de aclaratoria del partido Bandera Roja, según informa el TSJ en una nota de prensa.

La sentencia del TSJ explica en un primer escenario que, la organización con fines políticos que logren el porcentaje mínimo requerido (0,5 %) en doce entidades se dará por validada sin necesidad de someterse al proceso efectuado por el Consejo Nacional Electoral.

En un segundo escenario, aquellas organizaciones que hayan alcanzado el porcentaje requerido en algunas entidades sin lograr las doce en los últimos comicios, deberán validarse en el resto de las entidades federales donde no hayan conseguido ese porcentaje mínimo hasta completar las doce entidades establecidas, teniendo por válidos los porcentajes obtenidos.

Con esto, el proceso de validación de partidos permite al universo de organizaciones que su renovación sea menos complicada, al reconocerse su actividad en la democracia venezolana.

Para el TSJ, quedará en manos del CNE fijar el nuevo cronograma y la cantidad de firmas por estados, incluyendo las organizaciones con fines políticos que ya se sometieron a dicho proceso, pues sus efectos son de forma retroactiva.



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