TSJ declaró sin lugar recurso interpuesto por Acumuladores Duncan C.A.

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)

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Credito: TSJ

23-10-17.-La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia de su presidenta, magistrada María Carolina Ameliach, declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Acumuladores Duncan C.A., contra la Resolución Nro. F-CJ-003 dictada por el Director General de Consultoría Jurídica, actuando por delegación del Ministerio del Poder Popular de Finanzas (hoy Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas) en fecha 22 de mayo de 2013.

La resolución impugnada impuso a la parte demandante una multa de cuatro millones cuatrocientos mil seiscientos siete bolívares con noventa y cuatro céntimos (Bs. 4.400.607,94), por incumplimiento en lo previsto en los artículos 7 y 21 de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios vigente para el momento, esto es, la obligación de declarar y vender al Banco Central de Venezuela la totalidad o parte de las divisas obtenidas lícitamente.

Indica el TSJ en la sentencia N° 1079/2017, entre otras cosas, que a Acumuladores Duncan, C.A., se le garantizó en todo momento su derecho a la defensa y al debido proceso, pues fue notificada en el marco del procedimiento administrativo sancionatorio para la determinación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa, con el objeto de verificar las operaciones de exportación realizadas durante los periodos comprendidos entre el 01/10/2007 al 31/12/2007 y del 01/01/2008 al 30/04/2008.

Igualmente se le dio la oportunidad de ejercer sus respectivas defensas y presentar las pruebas que en su criterio desvirtuarían los hechos expuestos. Asimismo, se evidencia que en todo momento se le informó al demandante de los recursos que podía interponer en caso de disconformidad.

En vista de lo antes señalado, la Sala del Alto Juzgado declaró sin lugar los argumentos esgrimidos por la parte demandante, quedando firme el acto administrativo impugnado.


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