Autonomía fuera de contexto

Quienes enarbolan la Ley de Universidades y más puntualmente la Autonomía para justificar lo que no es ni justo ni legal, olvidan que la Universidad y su estatus legal se ubican dentro de un contexto de país al cual pertenecen.

La Autonomía no puede utilizarse como escudo para amparar vicios o injusticias, mucho menos delitos. Y la Ley de Universidades, donde está inmersa, tampoco está ubicada fuera del marco legal del país.

Una autoridad universitaria ejercerá sus funciones de acuerdo con las atribuciones y condiciones que estipule la ley específica vigente, pero, concatenada con el régimen jurídico existente en el país. Y, sí cometiese algún hecho delictivo o hubiese alguna trasgresión, se rebasan los límites que la Autonomía Universitaria ampara e indefectiblemente se cae en el terreno de los órganos jurisdiccionales de la nación.

- En el caso de individualidades o grupos que abusan con la extracción fragmentaria de parte de un sólo artículo de la Constitución vigente como el 350, colocándolo fuera del marco del capítulo a que pertenece, para erigirse en pueblo y desobedecer al conjunto de lo que ella establece y al régimen legal existente, también se actúa fuera de contexto.

Así, en esta nación y el Estado que la representa, violentados por la convocatoria a un paro cívico nacional y su funesta expresión petrolera, publicitados por todos los medios posibles, cuyos daños a la estructura y funcionamiento de nuestra principal industria generadora de recursos, desangraron nuestras finanzas públicas -entre otros perjuicios- mal estarían pensando algunos en no considerarlos delito de gran magnitud, o de lesa patria, donde se ha afectado a toda la población venezolana, . Y como acto delictivo con esas características debe ser en ella juzgado. En ese sentido, ya el Tribunal Supremo emitió sentencia a favor de los demandantes de amparo contra quienes así actuaron desde nuestra empresa petrolera, integrantes de la asociación GENTE DEL PETRÓLEO, el pasado 19/12/02.

Y los otros que, abiertamente desde afuera, apoyaren ese tipo de acciones, asumían el riesgo de complicarse, al caer aquellas en el terreno delictivo. Esto se vió ocurrir en el medio universitario y fué utilizado como argumento, por algunos, para interrumpir las actividades en las casas de estudio.

Valga lo anterior como explicación para que las medidas del Ejecutivo Nacional y especialmente del Ministerio de Educación Superior respecto al pago a las Universidades, se adecuasen a lo justo y a lo legal. Dichas medidas , ante la abrupta caída del flujo financiero, apenas han permitido recolectar, al momento actual, para los sueldos del personal en cumplimiento de sus funciones. Y eso, gracias al proceso de recuperación que se ha venido dando después de la Re-estructuración de la Empresa Petrolera del Estado. Mal podría pensarse, entonces, en el desvío de ese ingreso para pagar a quien se hubiese negado a cumplir, desatendiendo a quienes efectivamente lo hacían.

De esa manera se elaboran las órdenes de pago para iniciar el 2003 y, los centros de educación superior cuyas autoridades decidieron abiertamente no reiniciar actividades total o parcialmente, en algunas de sus facultades o núcleos, tendrían entonces que mostrar, de algún modo, si se cumplía o no, para garantizar el debido pago a las que en primera instancia se lo merecían.

Desde el punto de vista de lo que es justo, éso es lo que ha venido ocurriendo. Y el punto de inicio del problema fué el móvil político que culmina con un tal Paro Cívico -que por sus catastróficas consecuencias se desenmascara como algo peor -y nó la real tramitación de un reclamo laboral-.

Ahora, en atención a lo legal, para reforzar, todo lo que corresponda a las Instituciones del Estado, incluidas las que disponen de autonomía, ante hechos de tan grave de trascendencia nacional y sus implicaciones, tendrían éstas que responder sujetas al régimen existente en el país, de acuerdo con los daños sufridos por la nación. Dentro de ello, el impacto sobre las finanzas y la entrega de recursos, del mismo modo, conforme a los delineamientos legales y normativas del Estado, ajustadas a la nueva situación.

Obviamente, quienes abiertamente propulsaron los daños, deben estar atentos a las responsabilidades que la Constitución y las Leyes de la República establecen .Y a seguidas, los que de alguna manera se expusieron al riesgo de complicidad. .

En el caso de las Universidades, mal podrían ampararse algunos en la Autonomía para eludir el cumplimiento del resto de las Leyes de la República.

El pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre al Artículo 350 de la Constitución es categórico y coloca en tela de juicio a los que lo sustrajeron como justificación para la desobediencia.

La Autonomía expresada en el Art. 109 de la Constitución Bolivariana y especialmente delimitada en el Art.9º de la Ley de Universidades, debe ser fortalecida en base a la conducción justa , honesta , eficiente y de adecuada correspondencia con las leyes del país, por parte de las autoridades universitarias.

… Luego, la Autonomía y las Instituciones que gozan de ella, no deben manejarse fuera del contexto, sobretodo cuando la tarea es la búsqueda de la verdad y de los valores trascendentales.


Ciudad Bolívar, 20/02/03


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Dr. Jesús A. Rodríguez Silva Delegado del M.E.S. / UDO

Médico y Profesor Universitario.


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