Colombia: Corte insta a proteger derechos de venezolanos en Colombia

La Corte Constitucional colombiana le llamó la atención al Ministerio de Educación de ese país al negar un trámite a una venezolana por tener su pasaporte vencido.

«#LaCorteInforma que ciudadanos venezolanos pueden identificarse y adelantar trámites administrativos en Colombia con su pasaporte vencido y sellado por la autoridad migratoria. M.P. Paola Andrea Meneses Mosquera», tuiteó la Corte Constitucional este miércoles junto al Boletín No. 107 y la Sentencia T-304-22.



El tribunal de justicia de Colombia hizo un llamado de atención al Ministerio de Educación para que aplique la Resolución 2231 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual permite que los venezolanos puedan identificarse en el territorio colombiano con el pasaporte venezolano vencido que tenga el sello de ingreso y permanencia de la autoridad migratoria, informó una nota de prensa de la Corte Constitucional.

“Es claro que los nacionales venezolanos pueden identificarse en el territorio colombiano con el pasaporte venezolano vencido que tenga el sello de ingreso y permanencia de la autoridad migratoria. Por lo tanto, dicho pasaporte es un documento de identificación válido para identificarse ante las autoridades colombianas, acceder a los servicios estatales y adelantar los correspondientes trámites administrativos”, indicó la Corte.

El pronunciamiento fue hecho al resolver una tutela que presentó una ciudadana venezolana que solicitó al Ministerio de Educación de Colombia convalidar su título de licenciada en enfermería que obtuvo en Venezuela, pero el trámite le fue negado debido a que su pasaporte se encontraba vencido y no tenía otro documento de identificación válido para las autoridades.

Actuación arbitraria

El Ministerio de Educación respondió que cuando no se cuenta con pasaporte vigente, el solicitante podrá aportar el Permiso Especial de Permanencia (PEP); sin embargo la demandante tampoco contaba con dicho documento porque se encontraba en trámite.

«En ese sentido, la actuación del Ministerio de Educación configuró una vía de hecho administrativa, en tanto su exigencia de solicitar un documento de identificación diferente al pasaporte venezolano no solo carecía de fundamento objetivo, sino que fue producto de una actuación arbitraria que vulneró los derechos de la accionante», señaló la Corte.

Protección Especial para venezolanos

Para advertir la inconveniencia de la repetición de una situación similar, la Sala Quinta de Revisión le recordó al Ministerio de Educación que debe tener en cuenta que el Estado ha dispuesto normas específicas para la protección especial de la población venezolana en territorio colombiano.

“Esta regulación debe ser atendida y debidamente informada en los trámites administrativos que adelante dicha entidad (Ministerio de Educación) en relación con los ciudadanos de ese país”, destacó la Corte.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 3005 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter