Ética pública y derechos humanos: detractores de la segregación social

Cada ciudadano lleva consigo elementos éticos que comparte con otros, y al mismo tiempo pueden diferir en formas de pensar con relación a la percepción de la ética y su manera de aplicarla en la sociedad; esta situación varía de acuerdo, a la formación familiar, religiosa, profesional y oficio que desempeñe una persona. Esta diversidad de pensamientos entre los seres humanos puede definirse también como ética, pero visto desde la administración pública o concebida desde un servidor público, se denomina también ética pública.

Como dice el doctor Oscar Diego Bautista, la ética es la disciplina del conocimiento que estudia las actitudes, los hábitos y las costumbres del ser humano. De esta manera, cada acto en el comportamiento del individuo tiene un nombre. La ética estudia la manera de conducirse del género humano, sistematizando dichos actos y definiendo formas deseables de actuación.

La ética pública, según Russian. C (1997): "señala principios y valores deseables para ser aplicados en la conducta del hombre que desempeña una función pública". Desde esta perspectiva, se refuerza el conocimiento del servidor público, para que actúe en el cumplimiento de sus funciones de una forma adecuada, ofreciendo un criterio claro del deber ser o no, esto para lograr el bien común para la colectividad. En otras palabras, el conocer e internalizar la ética pública en el cumplimiento de los deberes de un servidor público, se convierte en un conocimiento que lo lleva a actuar de una determinada manera en cada situación, ofreciendo auxilio con respecto a la elección de lo que es conveniente o no para la colectividad.

La ética pública tiene como objetivo alcanzar niveles de servicio para la colectividad. En tal sentido, las actividades que realizan los servidores públicos están orientadas a alcanzar las metas proyectadas en la comunidad donde ejercen sus funciones, en otras palabras, un servidor público con conciencia ética, busca alcanzar el bien común. La ética pública contribuye al servicio de la ciudadanía, siendo un mecanismo de autocontrol en el uso del poder público. En consecuencia, es un elemento fundamental para obtener una administración pública de calidad promovida por servidores públicos de conducta honesta, eficiente y objetiva.

Así pues, la preocupación por brindar acceso efectivo de las políticas públicas a la ciudadanía sin desigualdad, es un problema moderno, pues tomó mucho tiempo adquirir conciencia sobre esa situación.

La Administración Pública se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública (141 CRBV), estos elemento están estrechamente ligados con la ética (2 CRBV), que ha sido establecida

en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, inspirado en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, la cual influyó enormemente en los postulados constituyentes de 1999, al dar mayor fomento al Poder Ciudadano.

En virtud de ello, en el año 2017, el Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, promulgó el Decreto N° 2.654, relativo a las Normas Básicas de Actuación de los Servidores y Servidoras Públicas, el cual se sustenta en los valores superiores contenidos en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este Decreto, tiene como objetivo establecer principios y criterios de obligatorio cumplimiento en la actuación de los servidores públicos de la administración Nacional, para fortalecer el respeto, garantía y protección de los derechos humanos.

Cabe destacar que, antes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Administración Pública, se mantenía un nivel de segregación social muy alto, agravado por las medidas neoliberales aplicadas, que dificultaban el acceso a la Administración Pública burocratizando los procesos.

A partir del proyecto político de inclusión social, con base en la democracia participativa contenido en la nueva Constitución de 1999, se procura un amplio acceso a los derechos sociales, formulando políticas públicas orientadas a reducir la desigualdad social mediante la democratización de bienes y servicios. De tal manera que, las políticas públicas, posibilitadas por la redistribución de ingresos extraordinarios del petróleo, han impulsado transformaciones sociales sostenidas sobre un proceso de participación popular y de reorganización territorial en todo el ámbito nacional. (Cariola, Fernández & Jungemann, 2018).

De allí que, la creación de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), política pública de vivienda social que otorga opciones a los más pobres para acceder a una vivienda digna, ha generado transformaciones sociales que se visibilizan en la estructura urbana y en la realidad social. Destacando que, esta política se diferencia del patrón histórico de segregación en el país. En este sentido, las comunidades de los nuevos desarrollos habitacionales son sujetos activos de un proceso de reconfiguración de la realidad urbana en términos de convivencia y conflictividad. (Cariola, Fernández & Jungemann, 2018).

La diferencia fundamental de la GMVV es que se aparta de la reestructuración neoliberal y de las políticas de vivienda predominantes en la región que refuerzan los patrones de segregación urbana. Así las cosa, la GMVV implementa la intervención estatal para regular la hegemonía del sector financiero-inmobiliario en el mercado del suelo urbano, retoma el rol rector del Estado mediante el control de los factores claves de la producción, con financiamiento a la construcción y a la adquisición de viviendas sin favorecer la acumulación de dicho sector de capital, y le adscribe un carácter protagónico a la participación de los sectores populares en la ejecución de la política. En este sentido, la GMVV es una política de vivienda y hábitat en una perspectiva de transformación socioterritorial, orientada a la inclusión social. (Cariola, Fernández & Jungemann, 2018).

Finalmente, se concluye que, los servidores públicos con conciencia ética, son garantes de la inclusión social, asegurando el respeto, garantía y protección de los derechos humanos de todas las personas.

Referencias bibliográficas

Alonso, M. (2020). La Responsabilidad Disciplinaria por Incumplimiento delas Normas Básicas de Actuación de los Servidores Públicos en Materia de Derechos Humanos, Revista de Derecho Funcionarial, Número 26. Enero –Abril 2019, pp. 47-73 funeda.net/wp-content/uploads/2020/10/rdf26.pdf.

Referencias consultadas

Galindo, M. (2017). Desde la ética y la moralidad: labrando un buen carácter público, publicado en Correo del Orinoco el 18 de julio de 2017 cgr.gob.ve/site_news.php?notcodigo.

Cariola, C., Fernández, B., Jungemann, B. (2018). La Gran Misión Vivienda Venezuela como política de integración socioterritorial en la Caracas Metropolitana revista de ciencias sociales, segunda época Nº 33, otoño de 2018, pp. 29-5 https://www.researchgate.net/publication/325931184.

 

abogcarlosb @gmail.com



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