Terrorismo opositor e impunidad

Cuando hablamos de terrorismo, todos sabemos de qué estamos hablando. Un hombre desarmado que es tiroteado al salir de su casa, un coche bomba que siembra el pánico en la calle, un paquete que estalla en las manos de quien lo abre. Pero, como a menudo ocurre, dar una definición precisa de un término que creemos conocer bien nos resulta extremadamente difícil. San Agustín expresó esta paradoja al plantearse el significado de un concepto tan habitual como es el de tiempo. ¿Qué es el tiempo? escribió: “si nadie me lo pregunta, yo lo sé, pero si quiero explicárselo a alguien ya no lo sé.” En el caso del terrorismo, el problema surge a veces cuando se nos plantea si determinada organización o determinada acción debe ser considerada terrorista. Cuando simpatizamos con una causa nos resulta difícil llamar terroristas a quienes luchan por ella, porque tenemos la sensación de que el terrorismo nunca puede ser bueno. Es lo que dijo Yasser Arafat en su discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1974: “no se puede llamar terrorista a quien defiende una causa justa, a quien lucha por la liberación de su tierra invadida”.

Los jefes de Estado islámicos reunidos en la conferencia de Kuwait de 1987 hicieron suyo este punto de vista, al proclamar su convencimiento de que era necesario “distinguir entre las brutales e ilegales acciones terroristas perpetradas por individuos, grupos o estados, y la lucha legítima de las naciones oprimidas y subyugadas contra todo tipo de ocupación extranjera”. Esto parece muy razonable ¿pero cabría considerar que son legítimos los atentados indiscriminados contra la población civil si se realizan al servicio de una causa justa? ¿El fin legitima los medios? ¿O hemos de suponer que quienes luchan por causas justas nunca mancharán sus manos en acciones terroristas? No es fácil responder a tales interrogantes y surge la tentación de caer en la conclusión cínica de que quien para unos es un terrorista, para otros puede ser un luchador por la libertad.

Esta reflexión que hago aquí, parte de la convicción de que no debemos resignarnos a esa conclusión. Los hechos que han sucedido en Venezuela en el año pasado y en lo que va de este nos exigen llegar a otras conclusiones basadas en las definiciones que se han adoptado sobre el terrorismo y hacer un compromiso sobre las acciones a tomar para erradicarlo, pero este compromiso no será posible si no se llega a un acuerdo general acerca de las actividades que cabe definir como terroristas.

Tanto las Naciones Unidas como la Unión Europea han adoptado recientemente definiciones de lo que debe entenderse como acto terrorista. De acuerdo con la resolución 1269 de 19 de octubre de 1999 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, destinada a combatir la financiación del terrorismo, un acto
terrorista es:

"Un acto que constituya un delito comprendido en el ámbito de los anteriores tratados que habían abordado aspectos parciales del fenómeno (desde el Convenio de La Haya para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves de 1970, hasta el Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en1997)".

“cualquier otro acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando, el propósito de dicho acto, por su naturaleza ó contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo"

Si analizamos bien, en el contexto de la segunda definición, las actividades que han realizado La Coordinadora Demoníaca, apoyados por los medios, por los militares reunidos en la Plaza Altamira y por la "gentuza" del petróleo, específicamente las realizadas en abril del 2002, las realizadas durante el paro cívico y las del saboteo a PDVSA, podemos concluir sin lugar a dudas que esas actividades son actos terroristas. Cualquier individuo que apoye estas actividades, está apoyando al terrorismo.

Ahora bien, los culpables del golpe de abril del 2002 y de la infame sentencia del TSJ del 14 de agosto de 2002; de los asesinatos, allanamientos y detenciones arbitrarias y delitos de lesa humanidad que ocurrieron durante los días 11, 12, 13 y 14 de abril; del paro-sabotaje petrolero y llamado “Paro Cívico” efectuado entre diciembre de 2002 y enero de 2003; de la pérdida a la nación por más de 10 mil millones de dólares debido a los actos anteriores; de la traición a la patria; de la colocación de decenas de bombas y etc., no pueden andar impunemente por la calle. Son responsables de delitos y deben pagar por ello. La reconciliación, de la que tanto hablan hoy, debe ser solo para la gente de la oposición que fue engañada y arrastrada a esta vorágine satánica. ¡CASTIGO A LOS CULPABLES! ¡NO A LA IMPUNIDAD!

Todas las opiniones expresadas son de la exclusiva responsabilidad del autor. Para comentarios, observaciones, preguntas y sugerencias, envíe un correo electrónico a Manuel Vásquez: laboladevasquez@hotmail.com .


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