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La enmienda
Por: Asalia Venegas
Fecha de publicación: 18/12/08
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La oposición venezolana ha cometido tal cantidad de felonías que el hecho de que altere el sentido de un párrafo del Discurso de Angostura, con fines evidentes de manipulación política, no extraña. La frase que dice "las repetidas elecciones son esenciales en los sistemas populares", fue cortada. La propuesta hecha por el Presidente de la República para la Enmienda Constitucional del Artículo 230 de la Constitución ha generado diversas reacciones, apenas se asomó dicha posibilidad.

Como lo establece la Constitución en sus artículos 340 y 341, la propuesta de enmienda puede provenir o por la recolección de 15% de las firmas del padrón electoral o por iniciativa de 30% de los integrantes de la Asamblea Nacional. Éste último mecanismo fue asumido como válido para impulsar dicha modificación. Los ataques de los voceros opositores a la iniciativa mencionada han girado en torno a tres ideas.

Inconstitucionalidad: la oposición plantea su inconstitucionalidad alegando que la propuesta de reelección presidencial fue negada cuando se adversó el proyecto de reforma en diciembre de 2007, obviando, con fines distorsionadores, que el 230 es el que establece la reelección presidencial de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período. La reforma constitucional está taxativamente prevista en el Capítulo II, artículos 342 a 346.

La oposición asume como banderas contra la enmienda la alternabilidad y pluralismo político que prevé la Constitución en cuanto al ejercicio del poder. Acusan, no se podía esperar menos, que el presidente Chávez pretende perpetuarse en el poder de aprobarse la enmienda. Dejan de lado aviesamente premisas fundamentales de la Constitución, como son: "el ejercicio democrático de la voluntad popular"; "la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente..." ¿A quién se invoca? ¿De quién depende la decisión final? Es el pueblo, ahora visible, incluido y protagonista de su propia historia, el que decidirá si a través de esta enmienda al artículo 230 de la Constitución, el Presidente puede ser reelecto, ser candidato de nuevo y, seguro, que competirá con muchos otros candidatos. La enmienda es constitucional y garantiza la alternabilidad y participación democrática.

Periodista/Profesora universitaria
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Asalia
Venegas


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